INSTITUCION EDUCATIVA JUAN DE DIOS URIBE - MANUAL DE CONVIVENCIA a
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  MANUAL DE CONVIVENCIA a
  SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION Y PROMOCION

     

  

 

 

 
SECRETARIA DE EDUCACIÓN PARA LA  CULTURA
DE ANTIOQUIA
 
 
 
 
MUNICIPIO DE ANDES
NÚCLEO DE DESARROLLO EDUCATIVO NRO. 702
 
 
 
INSTITUCIÓN EDUCATIVA "JUAN DE DIOS URIBE"
 
 
 
 
 
MANUAL DE CONVIVENCIA
 
 
TABLA DE CONTENIDO
 
 
CAPÍTULO I                                                                                                                                              
                       
Definiciones                                                                                                                                                        
 
CAPÍTULO II                                                                                                                                             
 
Marco Legal
 
CAPÍTULO III
 
 Marco Teórico
 
CAPÍTULO IV
 
Identidad Institucional
 
CAPÍTULO V
 
HORIZONTE INSTITUCIONAL
 
CAPÍTULO VI
 
CONTEXTO PARA LA FORMACIÓN DEL SER HUMANO
 
CAPÍTULO VII
 
DERECHOS DE LOS ALUMNOS
 
CAPÍTULO VIII
 
DEBERES DE LOS ALUMNOS
 
CAPÍTULO IX
 
Estímulos
 
CAPÍTULO X
 
Correctivos y Sanciones
 
CAPÍTULO XI
 
Clasificación de las faltas
 
Leves
Graves
Gravísimas
 
CAPÍTULO XII
 
Características que agravan o atenúan la responsabilidad de la comisión de una falta
 
CAPÍTULO XIII
 
Manual de procedimiento
 
CAPÍTULO XIV
 
INSTANCIAS DE DIÁLOGO Y CONCERTACIÓN
 
CAPÍTULO XV
 
UNIFORMES
 
CAPÍTULO XVI
 
ORGANIZACIÓN:
 
 
1.         DIRECCIÓN:
a.         Rectoría
b.         Coordinación Académica Sede Juan de Dios Uribe
c.         Coordinación de Convivencia Sede Juan de Dios Uribe
d.      Coordinación Académica y de Convivencia Sede Luis Gutiérrez
e.         Direcciones de Grupo
f.          Profesorado
 
2.         SERVICIOS GENERALES:
 
a.         Secretaría
b.         Biblioteca
c.         Tesorería
d.         Secciones docentes
e.         Talleres y laboratorios
f.          Ayudas educativas
g.         Granja experimental
h.        Transporte
i.          Cafetería
j.          Organizaciones estudiantiles
 
3. ORGANISMOS ASESORES:
 
Consejo General de Profesores
Equipo de Dirección
Consejo Académico
Equipos docentes
Asociación de Padres de Familia
Consejo de Padres
Junta Técnica del ITA.
Comité Técnico industrial
Gobierno Escolar
Consejo Directivo
Consejo Académico
Personería Estudiantil
Consejo de estudiantes
Comisiones de Evaluación y Promoción
CAPÌTULO XVII
 
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÒN
 
 
CAPITULO I
 
 
DEFINICIÓNES
 
MANUAL DE CONVIVENCIA
 
Un reglamento es un instrumento de educación y formación, y no una colección de amenazas. Es un documento acordado según las necesidades de funcionamiento del plantel, para los que libremente quieran pertenecer a él. Forma personalidades sanas, enseña a portarse con altura y justicia en todas partes. Está basado en la razón y la amabilidad, y no en la represión. Previene y sanciona errores y exageraciones cometidas voluntariamente; no está al margen de la problemática personal y general de los alumnos.
 
 
DISCIPLINA:
 
Se entiende por disciplina la adaptación consciente y voluntaria de los diferentes estamentos de la comunidad educativa al ambiente escolar, con el fin de lograr los propósitos básicos y los objetivos del plantel, engendrada en la actividad creativa.
 
Son más formativos los estímulos que las sanciones, las esperanzas o promesas compensatorias que las amenazas. No se podrá construir un sistema educativo apoyado simplemente sobre un código de sanciones. Para conseguir la disciplina se proponen las siguientes metas y estrategias:
 
  
CAPÍTULO II
 
MARCO LEGAL
 
TODAS LAS NORMAS CONSIGNADAS EN EL MANUAL DE CONVIVENCIA, están respaldadas en un marco conceptual y conservadas a la luz de la Constitución Política de Colombia de 1991, Circular 42 de 1984, Decreto 1423 del 6 de mayo de 1993, El Plan Decenal de Educación, Ley General de Educación 115 del 8 de febrero de 1.994, el decreto 1860 de 1994, la Circular 19 del 14 de marzo de 1994, Ley 1098 de 2006 “Ley de Infancia y al Adolescencia”, el Decreto 0230 del 11 de febrero de 2.002 y el decreto 3055 del 12 de diciembre de 2.002, decreto 1286 de 2.005, decreto 1290 de 2009 y el Sistema Institucional de evaluación y Promoción
Se apoya también en las siguientes sentencias de la corte Constitucional: Sent T-002/92; Sent T-429/92; Sent T-500/92; Sent T-064/93; Sent T-065/93; Sent. T-316/94; Sent T-386/94; C-555/94; Sent T-569/94; Sent T-075/95; Sent T-366/97; Sent T-393/97; Sent T-459/97; Sent T-880/99;
 
 
CAPITULO III
  
MARCO TEÓRICO:
 
La educación se entiende como un proceso continúo de experiencias en donde el alumno es el centro. Esta debe propiciar en él la capacidad para pensar clara y críticamente, tener iniciativa y responsabilidad y enfrentarse con madurez a la realidad de su vida, pudiendo proyectarse con todas sus riquezas al futuro como individuo y como miembro de una sociedad. Dentro de este postulado debe concebirse el sentido mismo de la disciplina.
 
Es difícil encontrar una sociedad en la historia de la humanidad, un pueblo, una civilización, que no haya tenido en cuenta ciertas normas disciplinarias necesarias que pretenden enseñar al hombre a actuar de manera aceptable, para sí y para los demás. Estas normas deben ser productivas y satisfactorias, es decir, fuentes adoptivas a la vida y a sus problemas de orden fisiológico, intelectual, moral y social.
 
La disciplina debe ser el resultado del ejercicio de la libertad; es por esto por lo que el liceo debe estar programado en su currículo y en su atmósfera total para un uso progresivo de la autonomía.
 
A la disciplina del alumno contribuyen las diversas tareas que debe realizar el liceo: Instrucción, formación y orientación; mediante esto el alumno logrará cada vez en mayor medida, conseguir su autodisciplina, su autorregulación. La disciplina es el resultado de toda la labor escolar, el currículo debe estar organizado de tal manera que no la entorpezca, sino, por el contrario, la fomente.
 
El mejor ambiente para el individuo no es el de la represión y el miedo físico o social. Lo ideal es una atmósfera adecuada, familiar y amigable que haga vivir a los alumnos como personas dentro de un grupo; una atmósfera en la cual estén ausentes las represiones y el castigo como finalidad, y donde el respeto por los derechos de los demás constituya el fundamento de la disciplina.
 
 
CAPITULO IV
 
 
  1. IDENTIDAD INSTITUCIONAL
 
Nombre del establecimiento: Institución Educativa Juan de Dios Uribe
Numero y Nombre de sedes que posee: Dos sedes
Institución Educativa Juan de Dios Uribe, Planta San Luis
Institución Educativa Juan de Dios Uribe, Sede Luis Gutiérrez (anteriormente, Escuela Luis Gutiérrez
Dirección Calle 47 No. 47-30 Teléfono: 8414-050
Subregión: Suroeste       Municipio: Andes
Núcleo educativo (Código que lo identifica dentro de una subregión específica): 702
 Municipio: Andes      Subregión a la cual pertenece: Suroeste
Fecha (referida al momento en que se inscribe y se presenta el PEI. al Jefe de Núcleo.): 14 de septiembre de 2.007
Código DANE: 10503400740
 
 
 
 
  1. EMBLEMAS INSTITUCIONALES
 
 
  1. ESCUDO 
 
 
Está formado por dos páginas de un libro, con una antorcha gris encendida, separándolas, que tiene grabado el año 1905, año de fundación, esta antorcha tiene una llama de vivos colores rojos, amarillos y naranja.
 
La página del lado izquierdo de color amarillo tiene grabados tres piñones engranados de color plateado que simbolizan la especialidad industrial, por su parte la página de la derecha tiene el Cerro Mont Blanc al fondo, con el sol naciendo por allí, y una palma gigantesca, símbolo que rememora la palma que siempre estuvo unos metros adelante de la entrada principal de la Institución.
 
En la cimera de la escudo tres capiteles enmarcan y engalanan la antorcha del conocimiento, grabados en los capiteles están los conceptos: ciencia, virtud, técnica.
 
En dos franjas de color gris en la parte inferior de las páginas está el nombre de la Institución.
 
El cerro Mont Blanc, aparte de ser un símbolo guardián del San Juan y de la Institución Educativa Juan de Dios Uribe, su verde ostentoso representa también la especialidad de la Media Técnica agropecuaria.
 
El haz de luces de la antorcha con tonalidades multicolores reflejan  en ellos la pasión por el conocimiento, la sabiduría que fluye a borbotones, la creatividad que da el estudio, la fortaleza de las ideas y la independencia del pensamiento crítico.
 
El amarillo de los dos fondos de las páginas es el color de la luz del sol y proclama a los cuatro vientos el orgullo de su ancestro andino. El verde preconiza la exuberancia de la naturaleza andina.
 
El color amarillo que refulge con intensidad en el escudo, representan la alegría, la felicidad, la inteligencia, el honor, la lealtad y la energía, cualidades que deben abanderan los propósitos educativos de la Institución.
 
 
 




 
 LA BANDERA
 
Compuesta de dos franjas de igual tamaño con los colores gris y verde, que encadenan, por una parte, la simbología de las dos especialidades técnicas de la Institución: el gris color del metal por la modalidad industrial y el verde oscuro por la especialidad agropecuaria. El verde, además, enmarca el significado universal para la naturaleza.
 
 
El verde, además representa: la armonía que debe caracterizar las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa, crecimiento mental y como persona social de cara al futuro, lo esplendoroso de la naturaleza que rodea la Institución, el Cerro Mont Blanc que mira al sol como los alumnos deben emprender la consecución de sus sueños.
 
La seguridad  y el equilibrio emocional que relaciona el color verde constituye  un área del desarrollo humano, que a la par del conocimiento da una estabilidad que dignifica el ser social.
 
La esperanza que enarbola el color verde en su más profundo significado heráldico crea un lineamiento que fortifica el anhelo y persistencia hacia el logro humano integral.
 
El verde expresa matices de  juventud y es el resultado del acorde armónico entre el cielo azul y el sol amarillo.
 
El gris, por su parte, significa estabilidad. Inspira creatividad y simboliza el éxito.
 
 
 
 
 
 
 
 
  1. HIMNO
  
 
 
 
 
 
 
CAPÍTULO V
 
HORIZONTE INSTITUCIONAL
 
 VISIÓN:  
 
 En el año 2.011, la Institución Educativa Juan de Dios Uribe tendrá educación técnica y tecnológica, que forme profesionales con proyección empresarial y formación humanística, capaces de desempeñarse laboralmente en procesos agroindustriales pertinentes al municipio y la región.
 
MISIÓN: 
 
Formar estudiantes en los campos tecnológico y científico,conscientes de las necesidades, carencias y valores del entorno y conectados con una realidad universal, que los haga críticos, pensantes y transformadores, así mismo, abiertos a un nuevo concepto de la relación hombre-naturaleza, y valoradores de los principios humanos y sociales.
 
Desarrollar acciones curriculares que formen a los estudiantes en competencias generales laborales y específicas en las especialidades agropecuaria e industrial, para su inserción en el mundo laboral, en el emprendimiento, y la preparación para el acceso a la educación superior.
 
Implementar la política inclusión de grupos de niños y jóvenes excluidos del sistema educativo por extraedad, por tener necesidades educativas especiales o por pertenecer   a población vulnerable.
 
Integrar los procesos formativos, pedagógicos, deportivos, recreativos y culturales de las dos sedes, como una estrategia que dinamiza y que valora los contextos sociales de la comunidad educativa.
 
 
 FILOSOFÍA:
 
La Institución Educativa Juan de Dios Uribe propende por la formación humanística, basada en el respeto de los derechos humanos, que forme ciudadanos íntegros, capaces de reconocer y desarrollar sus capacidades y habilidades, que sean autogestores de su propio desarrollo, desempeñándose en el campo laboral o intelectual del municipio, del departamento y de la nación, con criterios de diversidad, integralidad, participación, solidaridad y reflexión crítica, científica, investigadora, con innovación para la preservación del medio ambiente.
 
 
  PRINCIPIOS EDUCATIVOS:
 
La Institución Educativa se guiará en sus procesos formativos por principios que finalmente, permitirán ciudadanos formados en el arte del buen vivir.
 
 LA FORMACIÓN INTEGRAL DE LOS JÓVENES:
 
Se promoverá la formación de personas críticas, reflexivas, con proyectos de autorrealización que tengan en cuenta la realidad nacional y global.
 
 EDUCACIÓN PARA LA AUTONOMÍA Y LA RESPONSABILIDAD:
 
Nuestros jóvenes serán seres humanos con capacidad para tomar decisiones libres, autónomas y responsables, en armonía con el medio en el que se desenvuelven.
 
 RESPETO POR LAS DIFERENCIAS INDIVIDUALES Y COLECTIVAS:
 
Un ser humano, ciudadano del mundo, consciente de la diversidad en la cual se desenvuelve.
 
 PROMOCIÓN DE LOS VALORES FAMILIARES:
 
Formando seres humanos capaces de participar activamente en la formación de la unidad familiar, mediante el cumplimiento de sus responsabilidades y la manifestación de valores como la ternura, es respeto, y la tolerancia,
 
 LA CIVILIDAD Y LA PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA:
 
Generando procesos de participación democrática y conocimiento de la Constitución, además de la promoción y práctica de los derechos y deberes de todos los seres.
 
 
 LA INVESTIGACIÓN EN ARMONÍA Y RESPETO A LA NATURALEZA:
 
Desarrollando comportamientos éticos como seres humanos miembros de una familia y una comunidad, futuros profesionales que favorezcan el equilibrio armónico con la naturaleza, abiertos a nuevas realidades y paradigmas desde la investigación, la autocrítica y la confrontación productiva.
 
 
 4.1.6 VALORES
 
REFLEXIÓN CRÍTICA: La razón debe prevalecer sobre la emoción y considerar las conclusiones razonables. La mente debe permanecer abierta a interpretaciones alternativas y a nuevas ideas y perspectivas.
 
 No puede darse pie a la manipulación de las ideas ni a la imposición, lo que debe conseguirse la formación de un pensamiento crítico, independiente y sustentado en la verdad y el respeto por los demás.
 
AUTOCUIDADO: Comprende las dimensiones físicas y mentales y se evidencia como la facultad de valoración de las facultades y las instancias en que se ejercitan.
 
Esto puede conllevar al desarrollo de la autoestima y abstenerse de lo que pueda dañar estos niveles de satisfacción, como la drogas sicoactivas u otras amenazas de carácter social y sexual.
SOLIDARIDAD: Se propende porque la formación de los niños y jóvenes consolide su inclinación a compartir y a ayudar a los demás, poniendo al alcance de ellos nuestras fortalezas. Esta sensibilidad se empieza a tejer desde las aulas para que se consolide en la sociedad.
 
PARTICIPACIÓN: La participación es necesaria para construir la democracia. Suaviza los conflictos y favorece los acuerdos.
 
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”
 
La participación puede ser además un acicate de la eficacia, un nuevo estímulo para mejorar la calidad, porque la participación abre el campo de las iniciativas, y mejora el contenido y el modo de la crítica. Por otra la participación adquiere un significado especial para cada uno de los distintos sectores que integran la comunidad escolar. La participación de los alumnos ha de ser considerada como importante contribución a su formación cívica.
 
RESPETO A LA DIFERENCIA: Los escenarios escolares son propensos a los conflictos por las diferencias de toda índole, lo que conlleva a ambientes escolares tensos. La convivencia y la pedagogía deben integrarse para que los estudiantes afiancen el respeto a las diferencias, mirando éstas como otras opciones valederas de sus compañeros, en pensamiento y acciones.
 
 CAPÍTULO VI
 
CONTEXTO PARA LA FORMACIÓN DEL SER HUMANO
 
OBJETIVOS:
 
Completar la formación integral de sus alumnos con una sana pedagogía y el estudio de las ciencias que les brinden un mayor conocimiento del mundo, de la vida y del hombre.
Identificar en los alumnos sus intereses, aptitudes y habilidades, y capacitarlos para obtener el título de Bachilleres.
Preparar al alumno para continuar estudios superiores o desempeñarse eficientemente en la comunidad.
 
Buscar el conocimiento, equilibrio e integración de valores de tipo vital, intelectual, ético, social, religioso, político utilitario como fundamento de la vida del individuo.
Enseñar que la salud es condición esencial para el desenvolvimiento individual y social y que su conservación depende del conocimiento y práctica de ciertas normas.
Formar al alumno para hacer uso adecuado del tiempo libre, con el fin de recuperar el potencial de energía disminuida por la actividad diaria y lograr el enriquecimiento de su personalidad.
Inducirlo a apreciar los valores de la nacionalidad mediante la conservación y fomento del patrimonio cultural colombiano.
Afianzar el principio de que la familia es la célula esencial de toda sociedad y enseñar al alumno a cumplir sus funciones como miembro digno y responsable de ella.
Crear conciencia en el alumno de la necesidad cada día más angustiosa de conservar los recursos naturales y de restituir los que se han perdido.
Formar al individuo dentro de los principios de la democracia, para que sea miembro activo de la sociedad.
Buscar la integración de las actividades escolares con la carta constitucional, en cumplimiento del artículo 41 de la misma.
Estructurar procesos de gestión para la vinculación de las instancias locales, regionales y nacionales, para el afianzamiento de los programas y proyectos institucionales.
Buscar la creación de espacios de participación, con el fin de favorecer la convivencia, prevención de riesgos socio-afectivos y físicos.
Fomentar en los alumnos procesos de aprendizaje significativos, que involucren sus estructuras de pensamiento hacia las formas del ser y el hacer en contexto.
Formar estudiantes en las modalidades industrial y agropecuaria, en competencias laborales, generales y específicas, que generen procesos de transformación a través de acciones de emprendimiento en la región.
Incorporar el proceso la investigación al proceso cognoscitivo 
    Formar estudiantes en los campos tecnológico y científico, conscientes de las necesidades, carencias y valores del entorno. 
 Incentivar la formación de la capacidad crítica y reflexiva sobre los múltiples aspectos de la realidad y el ejercicio de los valores éticos, morales, religiosos y de convivencia en sociedad.   
 
19. Ampliar y profundizar el razonamiento lógico y analítico para la interpretación y solución de los problemas de la ciencia, la tecnología y la vida cotidiana.   
 
Propiciar el conocimiento y comprensión de la realidad nacional para consolidar los valores propios de la nacionalidad colombiana, tales como: la solidaridad, la democracia, la justicia, la convivencia social y la cooperación.                                                                                                                            
EJES ARTICULADORES DEL PROCESO DE FORMACIÓN DEL SER HUMANO.
 
El ser: dimensionar el ser humano como un individuo en total responsabilidad consigo mismo y con su entorno
El saber: fomento a la adquisición del conocimiento a través de las diferentes fuentes
 
El Hacer: todas las áreas del plan de estudios deben propender por la formación de alumnos competentes con habilidades y destrezas en su propio saber
 
 
El convivir: propender por valores como el respeto, la tolerancia y la autoestima, en su relación con los demás.
 
El trascender: permite al alumno ser participe en procesos de creación e investigación en los procesos de la feria de la ciencia, exploradores de la ciencia
 
 
PARADIGMAS ORIENTADORES DE LA EDUCACIÓN
 
 
La complejidad: Edgar Morin ilustra profundamente este concepto: “No se puede concebir la unidad complejo de lo humano por medio del pensamiento disyuntivo que concibe nuestra humanidad de manera insular por fuera del cosmos que lo rodea, de la materia física y del espíritu del cual estamos construidos, ni tampoco por medio del pensamiento reductor que reduce la unidad humana a un substracto puramente bio-anatómico. Las mismas ciencias humanas están divididas y compartimentadas. La complejidad humana se vuelve así invisible. Además el nuevo saber por no estar religado, tampoco está asimilado ni integrado. De allí la necesidad para la educación del futuro de una gran religazón de los conocimientos resultantes de las ciencias naturales con el fin de ubicar la condición humana en el mundo, de los resultantes de las ciencias humanas para aclarar las multidimensionalidades y complejidades humanas y la necesidad de integrar el aporte inestimable de las humanidades, no solamente de la filosofía y la historia, sino también de la literatura, de la filosofía, la poesía, las artes”.
 
2. La globalización: La institución debe insertarse a las nuevas exigencias del mundo global ajustando sus planes de estudio en contexto con lo local, regional y mundial.         
 
 
CAPITULO VII
 
DERECHOS DEL ALUMNO:
 
  • Expresar libre y respetuosamente ideas e inquietudes personales.
  • Elegir y ser elegido por sus compañeros como representante al Consejo Estudiantil, Consejo Directivo y Personero de los estudiantes.
  • Exigir el cumplimiento oportuno de los compromisos adquiridos previamente con administrativos y docentes.
  • Disfrutar de un ambiente sano y adecuado que contribuya a la formación integral, tanto dentro como fuera del aula, capacitándolo para la convivencia pacífica, tolerante y solidaria.
  • Recibir orientación para la solución de problemas sociales, académicos y disciplinarios.
  • Conocer y ser informados del proceso disciplinario, académico y formativo, antes de efectuarse en los registros.
  • Ser atendidos en sus justos reclamos hechos con cultura, participando activamente en la solución de los problemas.
  • Presentar ante las directivas de la Institución, peticiones e iniciativas a través del Personero Estudiantil.
  • Ser estimulado por su buen comportamiento que ponga en alto el nombre de la Institución en la Comunidad Educativa, y hacer la anotación de estos eventos en la hoja de vida.
  • Justificar la no asistencia a clases y presentar los trabajos y evaluaciones en los diez primeros días posteriores a la inasistencia.
  • Disfrutar de los servicios que prestan las diferentes Instituciones que funcionan en el Liceo.
  • Utilizar las herramientas e implementos didácticos que posee la Institución para el proceso de aprendizaje.
  • Recibir en forma completa la intensidad horaria establecida por la Institución para las diferentes áreas.
  • Recibir prácticas extracurriculares, con el aval del Consejo académico y Directivo cuando los profesores de las áreas lo estimen conveniente.
  • Ser orientado y corregido con respeto, justicia y objetividad.
  • Recibir explicaciones claras y oportunas acerca de los programas académicos (logros-contenidos) y la manera como van a ser evaluados, teniendo en cuenta que en cada área se deben tener como mínimo cuatro conceptos de evaluación.
  • Conocer el sistema de evaluación cualitativa y los códigos que se utilizan como indicadores de los conceptos: Excelente, Bueno, e Insuficiente.
  • Tener un director (a) de grupo que oriente los procesos y atienda las necesidades grupales.
  • Conocer el manual de Convivencia y el Manual de Procedimiento aprobado por los organismos competentes.
  • Ser informado oportunamente y tener acceso a la hoja de vida y al Contrato Pedagógico.
  • Hacer uso adecuado de los materiales, instalaciones, espacios deportivos, laboratorios, sala de informática que posee la Institución.
  • El Estudiante que tenga algún impedimento para realizar actividad física, presentará certificado médico que exprese la imposibilidad o limitación parea realizarla.
  • Concertar con los estudiantes cuando se organicen eventos, para recibir clases en jornada contraria, o días no hábiles.
  • Disfrutar de la placa polideportiva en la hora que corresponde a Educación Física, aunque el profesor titular no se encuentre, previo permiso de los coordinadores.
  • Ser formado en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia y en la práctica del trabajo y la recreación para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.
  • No ser obligado a recibir la educación religiosa que imparta la institución.
  • Tener un representante en los Consejos Directivos del establecimiento, escogidos democráticamente por ellos.
  • Elegir el personero de los estudiantes como defensor y promotor de sus derechos y deberes, y que presente ante el Rector del establecimiento las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos del estudiante.
  • A no ser excluido del establecimiento cuando reprueba por primera vez un determinado grado, siempre que no esté asociado a otra causal expresamente contemplada en el Manual de Convivencia.
  • Solicitud y eficiencia de directivas y profesores en el desempeño de sus cargos.
  • Trato cortés de directivos y profesores.
  • Cumplimiento de la jornada laboral y dedicación a las funciones de sus cargos por parte de directivos y profesores.
  • Recibir una educación integral y actualizada, acorde con su desarrollo bio-psicosocial.
  • Ser informado oportunamente sobre horarios, calendarios, reglamentos, normas legales y generales, actividades curriculares, derechos y deberes, cambios de horario, cuando no se le vaya a dictar clases y todo lo que sea de su incumbencia.
  • Ser evaluado en forma justa y pedagógica, y de acuerdo con las disposiciones legales.
  • Conocer las notas de cada período, antes de ser consignadas en las planillas.
  • Hacer sugerencias sensatas y que beneficien al plantel.
  • Obtener permisos para ausentarse del establecimiento justificadamente.
  • Presentar reclamos justificados cuando haya situaciones problemáticas, aportar y recibir elementos para la solución de las mismas.
  • Ser escuchado y presentar descargos antes de ser sancionado.
  • Manifestar sus opiniones libremente y pertenecer a asociaciones legales.
  • No ser discriminado por ningún concepto.
  • Conocer las anotaciones que le hagan en la ficha de seguimiento.
  • Presentar evaluaciones extemporáneas por inasistencia justificada.
  • Que se le dicten las clases con eficiencia y buena preparación.
  • Recibir los estímulos a que se haga acreedor.
  • Recibir de profesores, directivas y compañeros un buen trato a la altura de su dignidad como persona dentro y fuera de la institución.
  • Disfrutar integralmente de sus vacaciones y períodos de descanso académico.
  • Disfrutar responsablemente de las instalaciones, dotación y servicios que corresponden a las actividades curriculares y extracurriculares debidamente planeadas.
  • Recibir cuidado, asistencia y protección dignos, sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, lengua, religión, opinión política o filosófica.
  • Que se le propicie el descanso, el esparcimiento, el juego ya participación en la vida artística, cultural, científica y política de la institución y su entorno.
  • Ser respetado como persona en todos los aspectos.
  • Ser protegido en su integridad física y moral como ser humano
  • Ser promovido anticipadamente al grado siguiente siempre y cuando llene los requisitos.
  • Recibir una educación integral que lo capacite para asumir responsabilidades y tomar decisiones a través del desarrollo del Proyecto Educativo Institucional.
  • Ser respetado por profesores, compañeros y demás personas de la comunidad educativa, en cumplimiento de los derechos humanos.
  • Ser tenidos en cuenta en los procesos educativos relacionados con: Planeación, evaluación y administración dentro de la vida Institucional
 CAPÍTULO VIII:
 
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA JUAN DE DIOS URIBE
 
  • Los deberes de los estudiantes de la Institución Educativa Juan de Dios Uribe en cuanto se integran a un sistema de valores que se inculcan en el Plantel, favorecen el desarrollo de su personalidad.
  • El estudiante debe participar activa y responsablemente en el desarrollo del Proyecto Educativo institucional.
  • Respetar y cumplir las normas establecidas en el presente manual de convivencia.
  • Respetar física y verbalmente a todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
  • Debe participar activamente en las actividades culturales, deportivas, sociales y académicas que se planeen en la Institución.
  • Escuchar y respetar el punto de vista de los otros.
  • Participar activamente en los procesos de elección de los representantes al Consejo Estudiantil y el Personero de los estudiantes, programados en la Institución.
  • Ser puntual con las obligaciones inherentes a su condición de estudiante y a no perturbar el normal desarrollo de las actividades escolares.
  • Fomentar el sentido de pertenencia cívica y mantener buena presentación personal, llevando adecuadamente el uniforme.
  • Contribuir a la protección y conservación del ambiente.
  • Participar en los eventos cívicos, sociales, culturales y ecológicos que programados por la Institución.
  • Proceder con cordura, apelando al diálogo racional y democrático para solucionar los problemas académicos, disciplinarios y sociales, respetando los conductos regulares.
  • Estar permanentemente dispuesto a aportar elementos que contribuyan a solucionar las situaciones problemáticas existentes.
  • Tener en cuenta los conductos regulares según las normas establecidas para presentar iniciativas, hacer recomendaciones y sugerencias.
  • Comportarse en la Comunidad Educativa con decoro, altura y modales propios de quien se está formando.
  • Presentar al coordinador en forma oportuna y auténtica, las excusas y documentos que justifiquen sus faltas de asistencia.
  • Responder por los daños y perdidas de los enseres de dotación asignados por la Institución o estamentos que funcionen en el Liceo.
  • El estudiante debe entrar y salir de la Institución, por los lugares asignados y no utilizar para ello las mallas, paredes, techos o ventanas.
  • El estudiante debe permanecer dentro de la Institución toda la jornada y no ausentarse sin la debida autorización del Coordinador General de Disciplina o del coordinador de disciplina semanal.
  • Todos los estudiantes deben asistir diariamente a las respectivas clases en los horarios establecidos, en forma puntual.
  • Los estudiantes no pueden llevar los uniformes de diario y educación física a las prácticas realizadas en la granja experimental.
  • La asistencia a las prácticas en la granja experimental es obligatoria en los horarios establecidos.
  • Llevar el uniforme debidamente según modelo indicado, dentro y fuera del Liceo, evitando usarlo en tiempo libre.
  • Respetar los trabajos, las instalaciones, las cosechas, Material didáctico, fauna y flora en la granja experimental.
  • Informar cualquier anomalía que atente contra el normal desarrollo en la Granja.
  • Utilizar la ropa adecuada y protección necesaria para realizar las diferentes tareas en la granja.
  • Mantener el aseo permanente en la granja.
  • Responder con honestidad y sin fraude las pruebas académicas.
  • Aceptar con respeto los llamados de atención y los procesos disciplinarios.
  • Conservar un ambiente sano, sin vicios como fumar, consumir alcohol o drogas psicoactivas, sin actos destructivos o violentos. (Código del menor, Art. 235. Decreto 1860 art. 17 No. 1
  • Cuidar las paredes y los espacios físicos, tener manejo adecuado en todos los espacios del Liceo, no rayar las paredes ni utilizar grafitis en ninguna de sus formas.
  • No portar armas: Cuchillos, navajas, armas de fuego o cualquiera otra que sirva para lesionar o matar.
  • No traer al Liceo libros, revistas, láminas, juegos, música que vaya en contra de las buenas costumbres o interrumpa las actividades académicas o culturales; institucionales y extracurriculares programas por el Liceo. (Cf. Código del Menor art.335)
  • No traer al Liceo Walkman, grabadoras y otros equipos que distraigan las actividades pertinentes al hecho académico o alteren la disciplina.
  • No propiciar escenas o actos que vayan en contra de la moral.
  • Cumplir las horas reglamentarias del Servicio Social del Estudiantado.
  • Acatar y cumplir todas las decisiones legisladas a través del Consejo Académico y aprobadas por el Consejo Directivo.
  • Responder por el aseo del salón de clase según la organización de los equipos previstos para ello. Mantener limpia el aula en todo momento.
  • Escuchar atentamente las observaciones e instrucciones formativas que se realizan en la Institución.
  • Los estudiantes deben manejar el noviazgo con respeto y dignidad dentro y fuera de la Institución.
  • Los estudiantes tienen el deber de representar con altura y dignidad a la Institución cuando ésta lo requiera.
  • Los estudiantes tienen el deber de adelantar las clases en ausencia de algún profesor, siempre y cuando estén autorizados por la Coordinadores.
  • Los estudiantes del Liceo, no deberán, ni podrán realizar dibujos obscenos, ni escribir palabras o frases morbosas en las paredes, tableros, sillas, gradas y otros enseres de la Institución.
  • Disciplinarse para la utilización del Servicio de Conciliación escolar, corrigiendo las faltas leves o levísimas que han ameritado la Conciliación personal, para no hacer de ella un pasatiempo.
  • Los estudiantes deben asistir a las Clases de Agropecuaria con ropa adecuada cuando se les autorice para ello.
  • Los estudiantes no deben jugar con los balones en los pasillos, corredores ni dentro del aula de clase.
  • Retirar (cancelar) la matrícula, cuando por cualquier circunstancia no regrese definitivamente al Plantel.
  • Que busquen por todos los medios lícitos su adelanto moral, intelectual y físico, y que procuren formarse para servir a la comunidad.
  • Que se porten en todo tiempo y lugar con el decoro que corresponde a toda persona de bien.
  • Que acaten y cumplan las disposiciones reglamentarias y las órdenes impartidas.
  • Que se presenten al plantel correctamente vestidos, con su respectivo uniforme completo y bien.
  • Que guarden entre sí y con sus directivos armonía y respeto.
  • Que traten a sus compañeros con el respeto y dignidad con que quisieran ser tratados por ellos.
  • Que utilicen un vocabulario correcto y decente y eviten toda palabra o chiste de mal gusto.
  • Que asistan puntualmente a las clases y actos de comunidad reglamentarios ordenados por sus directivas y en la forma indicada.
  • Que cumplan con las lecciones, tareas y demás trabajos académicos.
  • Que adquieran los útiles y demás materiales de enseñanza, indispensables para el normal desarrollo de las asignaturas.
  • Que aprovechen el tiempo y procuren que sus compañeros lo hagan.
  • Que colaboren con los profesores en el mejor desarrollo de los programas y en la disciplina en las clases y demás actividades.
  • Que sean siempre leales al plantel y procuren poner muy en alto su prestigio, defender sus intereses y propender por su adelanto moral, intelectual y material.
  • Que traten los bienes del plantel con cuidado y esmero y procuren mantenerlos en buenas condiciones y aseados.
  • Que utilicen las puertas señaladas.
  • Que propongan actividades o reformas que propicien el progreso de plantel y participen activa y responsablemente en organizaciones constituidas en la institución.
  • Que informen oportunamente sobre cualquier irregularidad que observen y que sigan los conductos regulares en casos de problemas o dificultades.
  • Que participen responsable, racional y sanamente en el descanso, el esparcimiento, el juego, el deporte, el arte, la cultura, la ciencia, la política y la ecología.
  • Que se presenten al establecimiento teniendo en cuenta los hábitos de higiene como medio preventivo para la salud social.
  • Que traten la naturaleza como recurso necesario e indispensable para al supervivencia humana.
  • Es deber participar en las elecciones para escoger: El representante de grupo, el representante al consejo directivo y el personero de los estudiantes.
  • Que utilice adecuadamente el transporte, teniendo en cuenta las normas de transito.
  • Que utilice la libre expresión en los periódicos, murales, grafitis y periódico institucional en el marco del respeto por el otro.
  • Que se presente al establecimiento sin haber consumido ni ingerido ninguna sustancia psicoactiva o psicotrópica, no debe portarla, consumirla ni expenderla.
  • Que no porten ningún tipo de arma, y así poder resolver los conflictos de la mejor forma, conservando el derecho universal a la vida, el respeto y la integridad física.
  • Que se presenten al plantel, actos de comunidad, encuentros deportivos, culturales, etc., correctamente vestidos, con su respectivo uniforme, completo y bien llevado según sea el caso.
 
 CAPÍTULO IX
 
ESTÍMULOS
 
PROMOCIÓN ANTICIPADA: El estudiante tiene derecho a ser promovido en forma anticipada durante el primer período académico, según lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción y el decreto 1290 de 2.009.
 
 
Los estudiantes que durante el año lectivo hayan observado excelente rendimiento académico, cultivo de valores: éticos, personal, y excelente comportamiento se les otorgará un diploma de excelencia.
 
Los estudiantes que por su colaboración, espíritu de servicio a través de las monitorías hayan contribuido al crecimiento educativo de la Institución, se le otorgará una placa.
 
Los estudiantes que se distingan por su espíritu cívico y sentido de pertenencia a la Institución tenga la mejor hoja de vida y mayores logros académicos y de formación personal, se le entregará una mención especial.
 
El mejor estudiante de cada jornada, resaltado por su espíritu de servicio y dedicación a la labor educativa será estimulado con una condecoración.
 
Se entregarán condecoraciones o menciones especiales a los mejores estudiantes de cada grupo.
 
Se otorgará una condecoración al estudiante del grado undécimo que obtenga los mejores resultados en las pruebas de estado y al mejor bachiller
 
Al finalizar el año lectivo se le otorgará matrícula de honor al estudiante que en cada grado tenga la mejor hoja de vida y mayores logros académicos y de formación personal.
 
Los estudiantes que se distingan por su buen comportamiento, disciplina, rendimiento académico e integridad moral, serán tenidos en cuenta para llevar las banderas de la Institución en los diferentes actos representativos del Liceo.
 
Representarán a la Institución en eventos deportivos, recreativos y culturales, los estudiantes que se hayan distinguido por su buen comportamiento y por su rendimiento académico. 
 
Condecoraciones y menciones de honor: al mejor alumno en forma integral: académico, cultura, puntualidad, excelencia académica, valores, liderazgo, compromiso, espíritu de superación.
 
Resaltar públicamente el comportamiento y los logros del alumno.
 
Anotación positiva en el observador del alumno.
Izada del Pabellón Nacional.
 
Representar al establecimiento en casos especiales.
Ser nombrado como monitor o representante del grupo.
Llevar al grupo a lugares de interés científico, cultural o técnico.
 
Conceder al alumno puntaje en algunas áreas, por períodos.
 
Al mejor grupo por período se le dará un día de actividad libre con su director de grupo.
 
Resaltar en acto de clausura con la medalla al mérito LICEO “JUAN DE DIOS URIBE” al mejor alumno por grado; escogido por la respectiva comisión de evaluación y los alumnos representantes de grupo.
 
Eximir al mejor alumno de cada grado de los pagos de ese grado, que autorice las normas vigentes.
 
Promover anticipadamente a los alumnos que sean merecedores por los avances de sus logros al grado siguiente.
 
Los estudiantes con problemas disciplinarios NO SE PODRÁN RESALTAR, CONDECORAR O ESTIMULAR, así se hallan destacado académicamente, a nivel deportivo o culturalmente.
 
 
CAPÍTULO X
 
CORRECTIVOS, SANCIONES Y ESTÍMULOS
 
 
COMPORTAMIENTO
 
Es el acatamiento a las normas que rigen la buena marcha de la Institución, implica la puntualidad, el orden, el respeto y la actitud positiva o negativa que se asume frente a los estímulos educativos, donde se adaptarán de forma consciente y voluntaria los estamentos de la comunidad educativa al ambiente escolar, con el fin de lograr los propósitos básicos y los objetivos del plantel, engendrada en la actitud creativa. Para ello se valorará la actitud de los estudiantes de acuerdo al artículo 230 en su escala valorativa: Excelente, sobresaliente, aceptable, insuficiente, deficiente, clasificando las faltas en leves, graves y gravísimas.
 
Para conseguir el comportamiento se proponen las siguientes metas y estrategias:
 
Crear una atmósfera de actividad educativa operante y permanente, para lo cual de debe:
 
Lograr la participación de los alumnos en las distintas actividades escolares y vocacionales.
Realizar con entusiasmo todas las labores.
Desarrollar las actividades recreativas con adecuación a edades e intereses.
Mantener en servicio los recursos informativos durante la jornada de estudio.
Buscar la funcionalidad en las comunicaciones.
 
Desarrollar los hábitos necesarios de autodominio y auto dirección, para lo cual se debe:
 
Seguir voluntariamente el desarrollo de las actividades programadas.
Mantener el orden en ausencia de las autoridades.
Tener en cuenta las iniciativas de cualquier miembro de la institución.
 
Programar actividades adecuadas al grado de madurez alcanzado, para lo cual se debe:
 
Actuar de acuerdo con el grado de experiencias y conocimientos generales.
Contribuir a fomentar el orden con base en las normas de la institución.
Dar ejemplo de comportamiento ordenado y correcto.
Servir de estímulo, con las experiencias, a la formación, orientación y desarrollo de la personalidad.
 
Facilitar las relaciones personales, para lo cual se debe:
 
Cumplir las reglas elementales de las buenas relaciones humanas.
Respetar la libertad de comportamiento ajeno.
Manifestar con tranquilidad, lealtad y respeto, el sentimiento propio.
 
 
Facilitar los procesos de aprendizaje, para lo cual se debe:
 
Utilizar el material adecuado en cada área.
Elaborar con los alumnos el material didáctico necesario para sus prácticas, hasta donde los recursos lo permitan.
Tecnificar con ayudas educativas los procesos de enseñanza.
Evaluar periódicamente el aprovechamiento de los recursos educativos.
Elaborar un plan que responda a las actividades docentes.
Correlacionar las diferentes asignaturas en cada departamento académico.
Distribuir adecuadamente a la especialidad del profesor las diferentes asignaturas.
Realizar cambios y ajustes en los programas desarrollados.
Crear incentivos que lleven a alcanzar las metas perseguidas
 
Educar en la responsabilidad y el comportamiento social, para lo cual debe:
 
Responder adecuadamente a las iniciativas de las entidades administrativas.
 
Orientar las actividades vocacionales hacia las diferentes  carreras u oficios
Brindar oportunidades de orden cultural y deportivo.
Propiciar la proyección de la institución a la comunidad, para lo cual se debe:
Ofrecer conferencias a los padres de familia con base en las necesidades detectadas.
Facilitar la capacitación a las personas de la comunidad.
Compartir los medios de recreación con la comunidad.
Promover actos sociales de recreación y cultura.
 
Procurar la autorrealización en función de valores, para lo cual se debe:
 
Participar de las actividades extraescolares que realiza el colegio.
Aprovechar las aptitudes de cada estudiante en las actividades planeadas.
Promover eventos cívicos en que participen sus estudiantes
Realizar conferencias de carácter informativo y formativo.
 
Preparar a los alumnos para responder a los cambios súbitos de la sociedad actual, para lo cual se debe:
 
Aceptar, con espíritu positivo, las adaptaciones y ajustes en los procesos educativos del plantel, debido a situaciones imprevistas de fuerza mayor.
Promover e intervenir en los programas de actualización de investigación.
Mostrar espíritu de innovación y superación.
Manifestar flexibilidad ideológica en las investigaciones y discusiones.
 
 
CAPÍTULO XI: 
 
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS
 
Los estudiantes de la Institución Educativa Juan de Dios Uribe que incurran en la violación de las normas que contempla el régimen de comportamiento y convivencia, serán sancionados de acuerdo a la clase de falta.
 
 
A. FALTAS LEVES
 
DEFINICIÓN DE FALTAS LEVES: Se consideran faltas leves aquellas que perjudican o entorpecen el normal desarrollo de la actividad académica y la buena marcha y convivencia de la Institución.
 
 Se consideran faltas leves:
 
1.Impuntualidad a las clases sin causa justificada
 
PARÁGRAFO: El ingreso de los estudiantes en horarios diferentes de la entrada al Colegio se permitirá con justificación previa del padre de familia o acudiente, sin embargo, cuando la excusa no se presente o la justificación no fuere aceptada, el estudiante también podrá entrar, pero se le llevará un registro acumulativo de llegadas tarde. Tanto los alumnos del área urbana, rural o semi-rural justificarán en coordinación su llegada tarde.
En la primera y segunda llegada tarde se hará un diálogo respetuoso y amable con el estudiante, invitándolo a reflexionar sobre la importancia de la puntualidad. En al tercera llegada tarde se le hará la ficha y se citará, si se considera necesario, verbalmente o por escrito al padre de familia con el fin de concertar correctivos que vayan a favor de la formación del educando.
2. Permanecer en los salones de clase durante los descansos.
3. Conversaciones que interrumpan las clases.
4. Desórdenes leves en actos generales y de la comunidad. *
5. Falta de cuidado en la higiene personal, en los útiles escolares y en el aseo de la Institución.
6. Arrojar basuras a los techos, pisos, patios, escritorios y alrededores del plantel.
Sanción accesoria: Para esta falta el estudiante inmediatamente deberá recoger la basura que tiró y las demás que están a su alrededor, utilizando correctamente le bote de basura.
7.Incumplir con la programación del aseo del salón de clase.
SANCIÓN ACCESORIA: Quien incumpla con el aseo asignado deberá hacerlo durante una semana, con vigilancia del educador de la última hora, tiempo que le será tenido en cuenta al educador dentro de la jornada laboral.
8. Conversaciones en clase o en actos generales de la comunidad, que interfieran en el desarrollo de los mismos.
9.   Hacer chistes de mal gusto, utilizar apodos para compañeros o personal de la Institución y decir expresiones con ánimo de ridiculizar u ofender.
10.   Masticar chicle en actos comunitarios intra o extra institucionales.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante deberá botar el chicle en el lugar adecuado.
11. Realizar tareas y trabajos en la clase que no le corresponde.
12. Falta de comedimiento para atender las observaciones.
13. Ausentarse del salón sin autorización.
14. Provocar desórdenes leves fuera de clase o de la Institución.  
15. Ingerir alimentos dentro del salón de clase.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante deberá inmediatamente guardar o botar el alimento que está ingiriendo.
16.Fumar dentro de la Institución o en actos que la representen.  
 SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante deberá botar el cigarrillo en el lugar adecuado.
17. Utilizar vocabulario soez dentro y fuera de la Institución.
18. No presentarse a clase estando dentro del Establecimiento.
19. Salir del salón en cambio de clases.
20. No presentarse a las actividades culturales, recreativas y a las recuperaciones sin excusa justificada.
21. Portar el uniforme de diario o de Educación Física en forma inadecuada, no llevándolo según los requerimientos explícitos en el manual de convivencia.
Parágrafo: Cuando el estudiante se presente sin el uniforme que le corresponde y no presente la excusa o no se le justifique, podrá ser devuelto a su casa a cambiarse, previa comunicación telefónica con su acudiente.
22. Combinar el uniforme con prendas y accesorios diferentes a los requeridos por el uniforme.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante debe retirar la prenda en el momento de recibir la    observación.
23. Utilizar los muros, las ventanas y el enmallado de la Institución para comprar alimentos y otro tipo de artículos.
 SANCIÓN ACCESORIA: Al estudiante se le decomisará el artículo comprado y se le   devolverá al siguiente descanso o al final de la jornada.
24. Entrar a las aulas de clase a las que no pertenece sin el debido permiso.
25. anejar inadecuadamente el mobiliario del aula.
26. Portar o utilizar Walkman, grabadoras u otros equipos, dentro de las clases, prácticas en los talleres o la granja y en todas las actividades cívicas y culturales.
SANCIÓN ACCESORIA: Al estudiante le será retenido el artículo y regresado a los padres de familia.
27. Retrasarse en la devolución de libros prestados en la Biblioteca.
28. No regresar a la cafetería pocillos y envases.
29. Pegar chicles en paredes, muebles, pisos o compañeros.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante debe dejar limpio el lugar y hacer los pagos por daños si la falta diere lugar a ello.
30. Descuido en la utilización de los servicios sanitarios.
31. Escribir nombres, apodos o mensajes en las paredes, sillas, tableros u otros enseres de la Institución.
 SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante debe limpiar o pintar dicho lugar y dejarlo en las mismas condiciones en que lo encontró.
32. Obstaculizar el acceso o salida de las aulas y servicios sanitarios.
33. Manifestaciones de noviazgo, románticas o de afecto excesivas.
34. No presentar en forma reiterada (tres o más veces) el material correspondiente a cada clase
35. Usar un maquillaje inadecuado que afecten la presentación personal y del uniforme.
36. No entregar puntualmente las citaciones a padres de familia o acudientes.
37. Utilizar espejos u otros elementos de maquillaje en los salones o actos comunitarios.
38. Juegos inadecuados en espacios recreativos de la Institución.
39. No tomar frecuentemente notas en clase.
40. Permanecer en los corredores o en la cafetería, una vez terminado el descanso.
41. Silbar o rechiflar en salones de clases, pasillos y demás espacios donde intervenga la Comunidad Educativa.
42. Dañar el jardín o dejar basuras en éste.
43. Manejar inadecuadamente los útiles y objetos de los compañeros.
44. Usar gorros, cachuchas, sombreros, pañoletas con el uniforme de diario o de Educación    Física. Igualmente usar estos elementos durante la jornada académica con cualquier traje.
45. No respetar el horario y los turnos de la Cancha Polideportiva de la Institución.
46. Comprar cualquier clase de bebida o comida en la tienda de la Institución en horarios de clase, en el cambio de ellas o durante los actos cívicos, culturales, religiosos o académicos.
47. Utilizar el celular en actividades académicas, culturales, cívicas, desfiles, laboratorios, conferencias, visitas institucionales, pasantías, prácticas de las especialidades, reuniones y ceremonias religiosas. El celular deberá permanecer en modo de vibración silencioso o apagado.
48. Usar dentro de la Institución o eventos que la representen, trajes con textos, dibujos o letreros obscenos o que irrespeten la dignidad humana.
 
 
B. FALTAS GRAVES
 
DEFINICIÓN DE FALTAS GRAVES: Es el incumplimiento reiterado de los comportamientos inadecuados del estudiante dentro y fuera de la Institución y toda violación de los deberes y compromisos que vulneren el interés y bienestar general de la comunidad.
 
Son consideradas faltas GRAVES:
 
1.Consumir de manera no autorizada los productos de la granja o el predio de la Institución o lugar de prácticas.
SANCIÓN ACCESORIA: Cancelar el valor de los mismos.
2.Realizar quemas en los basureros, zonas recreativas, aulas de clase o en cualquier otro sitio de la Institución.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante deberá cancelar el valor del daño a que se diere lugar.
 
3.Reincidencia en faltas leves: diez faltas
PARÁGRAFO: Se considera falta grave cuando se han cometido diez faltas leves
4.Guardar o prestar ayuda para asegurar el producto de una falta. 
5.Participar en desórdenes grupales que interfieren con el normal devenir institucional, tales como: Tirar maicena, quebrar huevos, tirar agua u otros elementos a cualquier miembro de la comunidad educativa, dentro o fuera de la Institución.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante debe dejar limpio el lugar y hacer los pagos por daños, si la falta diere lugar para ello.
6.El incorrecto comportamiento en los desfiles
7.La utilización de sustancias orgánicas o químicas nocivas o de mal olor.
8.Rechazar con actitudes físicas o verbales las llamadas de atención frente a la comisión de una o varias faltas.
9.Emplear un vocabulario descomedido y trato descortés para con los compañeros, educadores, directivos, personal administrativo y operativo o cualquier miembro de la Comunidad.
10. Atentar contra los recursos ecológicos, como árboles, jardín, animales y otros. 
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante deberá cancelar el valor de los daños ocasionados.
11. Atentar contra los bienes físicos de la Institución. (por aclarar)
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante deberá cancelar el valor del daño o reparar la afección causada.
12. Esconder, destruir o rayar libros o cuadernos de los compañeros.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante debe cancelar y reparar los daños y presentar los cuadernos totalmente desatrasados con letra legible.
13. Participar en peleas, enfrentamientos vulgares y agresivos dentro y fuera de la Institución.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante deberá cancelar el valor del tratamiento médico a que diere lugar la agresión proferida.
14. Reventar botellas u objetos de vidrio en las instalaciones del Liceo.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante debe recoger y hacer el aseo del lugar.
15.Incumplir las actividades culturales, cívicas y recreativas, que programe la Institución. 
16.Utilizar los muros, el enmallado, puertas, ventanas o techos del Plantel para entrar o salir sin autorización de la Institución.
PARÁGRAFO: El estudiante saldrá del Establecimiento únicamente con consentimiento y autorización del padre de familia y el coordinador.
En caso que el alumno tenga cita médica debe presentar dicha citación al coordinador. Para las citas médicas se recomendará que éstas se pidan en jornada contraria a la académica.
17.Cuando se presentare alguna emergencia o situación imprevista se llamará al acudiente y se le hará entrega de su hijo.
18. Cometer fraude en las evaluaciones y presentación de trabajos. 
19. Asociarse en grupo o grado, para infringir las normas o disposiciones de la Institución.
20. Manchar el Uniforme de Diario, o Educación Física con letreros o dibujos
21. Mostrar rebeldía o desacato injustificado a las órdenes de superiores.
22.Mala utilización del servicio de transporte.
23.Mala utilización de los equipos de talleres y la granja.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante debe cancelar el valor de los daños ocasionados.
24.Estropear y/o hurtar los libros de la biblioteca 
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante debe cancelar el valor o reparación del libro.
25.Realizar chismes o comentarios mal intencionados que creen discordias o afecten la sana convivencia dentro de la Institución.
26.Discusiones o comportamientos inadecuados presentados en eventos realizados por la Institución o a la que se asista como público o participante.
27.Irrespeto a los símbolos patrios.
28.La no presentación a las actividades académicas especiales en forma reiterativa
29.Faltar a la Institución sin justificación
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante debe justificar por escrito y con firma del acudiente su inasistencia.
30.Utilizar el nombre de la Institución para fines personales sin autorización.
31.Negarse rotundamente a traer el acudiente cuando éste sea solicitado.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante no entrará al Colegio hasta que éste no se presente con el acudiente. La Institución buscará los mecanismos para que padre de familia o acudiente se entere de la notificación.
PARÁGRAFO: Cuando en el aula u otro espacio pedagógico en actividades de grupo ocurriese un daño a los bienes o enseres de la Institución, y previa investigación no se pudiese detectar el o los culpables, solidariamente todo el grupo pagará los daños ocasionados en forma inmediata.
SANCIÓN: La negativa a pagar los daños se convierte en falta gravísima.
32.Escribir o dibujar en paredes, tableros, puertas, sillas y otros enseres de la Institución, palabras, nombres o dibujos obscenos.
33.Dañar carteleras, destruir símbolos patrios, quebrar vidrios, dañar puertas o
chapas, pintar grafitis u otros en puertas, baños, paredes y destruir bienes o enseres de la institución. 
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante debe recuperar el bien dañado o afectado y pagar los daños ocasionados.
34.Hurto de los útiles escolares de los compañeros.
35.Portar o guardar armas blancas, de fuego o contundentes, dentro del establecimiento o en sus prácticas, representaciones o eventos por fuera de la Institución.
SANCIÓN ACCESORIA: Al estudiante le será retenida el arma y ante la primera ocurrencia entregarla al Padre de Familia.
36.Presentarse al Establecimiento bajo el efecto de sustancias sicoactivas (alcohol, drogas estimulantes o depresoras).
PARÁGRAFO . Cuando el estudiante se presente a la Institución bajo el efecto de sustancias sicoactivas no se permitirá por ningún motivo el ingreso a la Institución.
37. Consumir y vender drogas sicoactivas o depresoras por fuera de la Institución, donde la Institución no esté participando o no esté representada.
38.Participar en peleas, enfrentamientos vulgares y agresivos, dentro y fuera de la Institución.
39.Incumplimiento del contrato pedagógico
PARÁGRAFO: Todas las faltas cometidas por alumnos con contrato pedagógico se consideran graves y se les juzga como tales.
40.Consumir licor portando el uniforme fuera de la institución.
41.Alterar registros de asistencia
42.Proferir expresiones soeces o vulgares en presencia de cualquier miembro de la comunidad educativa.
43.Hacer uso de los medios y equipos tecnológicos para irrespetar la privacidad y la dignidad humana, con fotografías, filmaciones y otras acciones.
44.Falsificar o suplantar la firma de los padre de familia y/o acudiente para permisos, excusas y autorizaciones.
 
 
 
 C. FALTAS GRAVÍSIMAS:
 
DEFINICIÓN DE FALTAS GRAVÍSIMAS: Son aquellos actos que atenten directamente la integridad física, moral e intelectual, obstaculizando la convivencia y la armonía de la comunidad educativa.
 
 POR FALTAS GRAVÍSIMAS: Cancelación de la matrícula, expulsión inmediata del Liceo de uno a tres años, con la disciplina deficiente y consignación en la hoja de vida.
 
Son consideradas faltas GRAVÍSIMAS:
 
1. Destruir los cultivos de la granja o lugar de prácticas.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante deberá cancelar el valor del cultivo dañado.
2. Utilizar pólvora o cualquier tipo de explosivos que puedan causar daños.
SANCIÓN ACCESORIA: El estudiante deberá cancelar el valor del daño a que se diere lugar.
3. Agredir a compañeros, profesores, personal administrativo o de la Comunidad educativa en general.
4.Portar, vender, comprar o consumir drogas psicoactivas estimulantes o depresoras dentro del establecimiento educativo, en sus prácticas, eventos o representaciones: clases, prácticas, talleres, paseos, obras de teatro, convivencias, correrías ecológicas, días de campo, pasantías, campeonatos, concursos, intercambios deportivos y culturales.
5. Suministrar o inducir a otro u otros a consumir drogas psicoactivas, estimulantes o depresoras en la Institución educativa en sus prácticas o representaciones:
6.Ocasionar heridas con cualquier clase de arma o maltrato físico violento intencional.
7. Atentar contra la vida de los demás u ocasionar su muerte.
Cometer fraude mediante la suplantación de otros, el alterar registros: de calificaciones, notas o documentos manejados y/o expedidos por el Liceo, sustracción o pérdida de documentos de la Institución, sustracción o pérdida de documentos particulares.
8.Falsedad en documentos, los certificados de estudio, los recibos de pagos, documentos de identidad.
9.La comisión de hechos graves calificados como delitos por las leyes.
10.Manipular sustancias químicas con un uso no autorizado, que puedan ocasionar u ocasionen daños a la planta física, los bienes o las personas.
11.Pertenecer a sectas satánicas, o practicar magia negra
12.Atentar como autor intelectual o material contra los bienes físicos de la Institución, la propiedad privada de sus compañeros, docentes, directivos y empleados. Igualmente contra los materiales o herramientas educativas.
13.Participar en actos de corrupción de menores.
14.Ser autor o partícipe de acoso sexual.
Realizar actos y/o exhibiciones sexuales dentro de la Institución o en prácticas o actos que la representen.
PARÁGRAFO 1. La comisión de una falta gravísima será sancionado con comportamiento deficiente, cancelación de matrícula o expulsión hasta por tres años. 
 PARÁGRAFO 2. Todas las sanciones de expulsión, cancelación de matrícula y negación del cupo para el año siguiente será aplicada por el Consejo Directivo, lo mismo que modificar una de ellas cuando haya respuesta favorable a un recurso de reposición.
 
 
CAPÍTULO XII
 
A.   DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE ATENÚAN LA RESPONSABILIDAD DE LA COMISIÓN DE UNA FALTA.
 
Se consideran como circunstancias que atenúan la responsabilidad de la comisión de una falta las siguientes:
1 Haber observado buena conducta anterior.
2 Haber obrado por motivos nobles o altruistas.
3 Haber confesado voluntariamente la comisión de la falta, antes de haberse iniciado la acción disciplinaria.
El haber sido inducido a cometer la falta por un compañero o superior.
Su edad, desarrollo sicoafectivo, mental y volitivo
El haber obrado por motivos nobles o altruistas.
El haber observado buen comportamiento anterior.
Ignorancia invencible.
El haber sido inducido a cometer la falta por alguien mayor en edad y /madurez sicoafectiva.
 Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causan dolor físico o síquico.
 Procurar voluntariamente después de cometida la falta, anular o disminuir sus consecuencias.
 
B.   DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE AGRAVAN LA RESPONSABILIDAD DE LA COMISIÓN DE UNA FALTA.
 
Se consideran como circunstancias que agravan la responsabilidad de la comisión de una falta las siguientes:
 
1. Haber incurrido dentro de los dos (2) años anteriores en faltas disciplinarias que dieron lugar a la aplicación de la sanción de suspensión.
2. El haber procedido por motivos innobles o fútiles.
3. El haber preparado ponderadamente la falta.
4. El haber obrado con la complicidad de otra u otras personas.
5. El haber intentado atribuir a otro u otros la responsabilidad de la falta.
6. El haber cometido la falta aprovechando la confianza que en él había depositado un superior.
7. Ser reincidente en la comisión de faltas.
8. El cometer la falta para ocultar o ejecutar otra.
9. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa.
10. El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada en él.
11. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas.
12. El haber colocado el sujeto pasivo de la falta (sobre quien se ejerce la acción) en incapacidad de resistir o en condiciones de inferioridad física o síquica.
13. Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso puede resultar peligro común.
14. El haber preparado ponderamente la falta o con complicidad de otras personas.
15. Hacer más nocivas las consecuencias de la falta.
 
PARÁGRAFO 1: La autorización para participar en las prácticas extra institucionales de apoyo o profundización de la especialidad de agropecuaria e industrial, será dada por el rector en forma específica a cada uno de los estudiantes, siempre y cuando estén acompañados por un docente de la especialidad.
 
PARÁGRAFO 2: Los estudiantes que realicen prácticas en la granja y en los talleres no podrán reclamar usufructo de ellas, ya que ésta es de tipo formativo-pedagógica, es bueno tener claro que la granja y los talleres se deben autofinanciar ya que la Institución no cuenta con recursos propios para sostenerla y sacarla adelante.
 
Cuando la Institución implemente proyectos productivos en ambas especialidades con participación activa de los alumnos en tiempo extracurricular y de los profesores por fuera de la jornada laboral, previa reglamentación del Consejo Directivo, se les podría dar participación económica.
 
PARÁGRAFO 3: Todo estudiante tiene derecho al debido proceso y a la defensa, previo el procedimiento adecuado en el Manual de Convivencia.
 
 
CAPÍTULO XII
 
MANUAL DE PROCEDIMIENTO
 
  1. CORRECTIVOS
 
La disciplina del establecimiento y la sanción de sus faltas tendrán como esencial fundamento el cultivo del honor en los educandos y la orientación de sus actos por medio de la educación de la voluntad.
 
Quedan, en consecuencia, proscritos los castigos dolorosos y afrentosos, y en general, todos aquellos que tiendan a deprimir y menoscabar carácter y la dignidad del hombre.
 
Para lograr el buen comportamiento de los alumnos, además del buen ejemplo de sus educadores, de las observaciones de carácter privado, de la ocupación permanente, y en fin, de todas las formas de estímulo aconsejables pedagógicamente, podrán tomarse las siguientes medidas correctivas:
 
 
B. PASOS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL DEBIDO PROCESO
 
1. Comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario a la persona a quien se le imputan las conductas punibles de sanción.
2 .La formulación de cargos imputados que se pueden ser verbal o escritos, siempre y cuando en ella conste de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que estas conductas dan lugar (con la indicación de las normas reglamentarias que consagran las faltas) y la calificación provisional de las conductas como faltas disciplinarias.
3. El traslado al imputado de todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados.
4. La indicación de un término durante el cual, el acusado puede formular sus descargos (de manera oral o escrita), controvertir las pruebas en su contra o allegar las que considere necesarias para sustentar sus descargos.
5. El pronunciamiento definitivo de las autoridades competentes mediante acto motivado y congruente.
6. La imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron.
La posibilidad de que el encartado pueda controvertir, mediante los recursos pertinentes, todas y cada una de las decisiones de las autoridades competentes.
 
 
C. MANUAL DE PROCEDIMIENTO POR FALTAS LEVES:
 
Ø Cada una de las fichas será diligenciada por el docente o directivo docente que observe la falta cometida por el estudiante.
Ø Los descargos realizados por el estudiante serán tenidos en cuenta para la valoración y aplicación de la sanción.
Ø La aplicación de la medida de exclusión de actividades académicas y/o pedagógicas por días, afectará calificación del comportamiento del estudiante en el periodo académico respectivo, con valoración aceptable.
Ø Cuando el alumno cometa la falta No. 5, el acudiente deberá asistir en compañía del estudiante a una charla pedagógica de convivencia en fecha programada por la Institución.
Ø Cuando el alumno cometa la falta No.10 el padre de familia o acudiente deberá asistir en compañía de su hijo a una charla pedagógica programada por la Institución, y además será sancionado con un día de suspensión de actividades académicas y/o pedagógicas.
Ø A partir de la falta No. 15 al alumno se le incrementará un día de sanción con respecto a la falta No. 10, y en un rango de cinco faltas (15, 20,25, 30………).
Ø Las faltas 5, 10, 15 y 20 serán valoradas por el coordinador, quien aplicará la respectiva sanción, previa presencia del acudiente o de persona que lo tuviera que remplazar, en caso de no presentarse por voluntad propia y o por una fuerza mayor.
Ø En las faltas leves que no tienen sanción de suspensión de actividades académicas, cuando el alumno se niegue a firmar, se llamará al Personero Estudiantil para que firme en nombre del estudiante.
Ø A partir de la falta 25 y cada 5 faltas serán valoradas por la respectiva comisión de convivencia, siendo necesaria la asistencia del acudiente y/o padre de familia. En caso de no presentarse el acudiente por decisión propia o por una fuerza mayor, la Institución le designará quien lo represente.
Ø En cualquier instancia de los procesos disciplinarios que atienda el coordinador o la comisión de convivencia, ante la ausencia del acudiente y/o padre de familia, la Institución solicitará el acompañamiento de un funcionario de la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o de Bienestar Familiar para que supla la ausencia del representante legal.
Ø La concurrencia de faltas leves no serán causal para valorarla como    faltas grave.
Ø En las faltas No. 20 y 40 se le enviarán comunicados a todos los entes gubernamentales encargados de la protección del menor.
Ø Los docentes tendrán la autonomía de citar a los padres o acudientes de los alumnos cuando así lo estimen convenientes.
Ø Las faltas serán acumulativas durante el todo el año lectivo
Ø El padre de familia o acudiente que no asista a las charlas programadas por la Institución, deberá presentarse al día siguiente con su respectivo hijo o acudido a la coordinación.
Ø Ante la negativa del padre de familia a asistir a las dos charlas programadas por la Institución, se le harán comunicados por escrito a los entes legales (comisaria de familia, ICBF, juzgado de menores, personería municipal) con el fin de que tomen los correctivos suficientes para la educación de su hijo o acudido.
Ø El educador tendrá hasta los tres días hábiles de clase siguientes a la conducta o conductas que hicieron al estudiante acreedor a la ficha, para escribirla en el formato de seguimiento disciplinario.. En caso de que el educador esté incapacitado, en capacitación o ausencia por fuerza mayor, deberá anotar la ficha el primer día que se reintegre al sitio de trabajo.
Ø Cualquier educador puede llamar al padre de familia en el transcurso del proceso
Ø En todas las fichas que ameriten sanción, el alumno tiene derecho a presentar recurso de reposición dentro de los 3 días hábiles siguientes ante quien lo haya sancionado (coordinador, comisión de convivencia)
 
Ø El estudiante podrá presentar el recurso de apelación, dentro de los tres días siguientes a la comunicación de la negativa del recurso de reposición, o hacerlo subsidariamente, cuando presente el recurso de reposción. Este recurso será estudiado por:
Ø Cuando la sanción la aplique el Coordinador de Convivencia, ante la comisión de convivencia del grado.
Ø Cuando la sanción la aplique la comisión de convivencia, ante el Consejo de profesores del grado.
Ø Cuando el alumno repare la falta por daños ocasionados a bienes de la Institución o bienes de sus compañeros, se le exonerará de la sanción y la ficha se anulará.
 Para la asignación de la calificación del período le serán valoradas las faltas y el comportamiento general por parte de la comisión de convivencia del grado. 
Ø Las comisiones de convivencia del grado, que estará integrada por el coordinador de convivencia, los directores de grupo y dos docentes que dicten clases en el grado.
 
  1. MEDIDAS POR FALTAS GRAVES
 
1.Por la primera falta grave se aplicará una   sanción de hasta tres días por fuera del Establecimiento, con previo conocimiento del acudiente. Esta sanción la aplicará el coordinador de convivencia.
 
2.En la jornada nocturna los estudiantes mayores de 18 años se desempeñarán como sus propios acudientes.
 
3.Para la segunda falta grave se darán hasta cuatro días de suspensión, aplicada por el coordinador de convivencia.
 
PARÁGRAFO: En la básica primaria si solo hubiere un grupo por grado la integrará el coordinador de convivencia, el director de grupo y un docente que de clase en el grupo
 
4.Para la tercera falta grave se aplicará una sanción de hasta cinco días hábiles se suspensión, aplicados por la comisión de convivencia.
 
5.Por la cuarta falta grave se aplicará una sanción de hasta seis días hábiles de suspensión, aplicados por la comisión de convivencia.
 
6.Por la quinta falta grave se aplicará una sanción de hasta ocho días hábiles de suspensión, aplicados por la comisión de convivencia.
 
7.Por la sexta falta grave se aplicará una sanción de hasta diez días hábiles de suspensión, aplicados por la comisión de convivencia.
PARÁGRAFO: A partir de esta falta a los niños hasta los diez años de edad se les aplicará el 50% de los días estipulados de sanción.
 
8.Por la séptima falta grave se aplicará una sanción de hasta doce días hábiles de suspensión, aplicados por la comisión de convivencia.
 
9.Por la octava falta grave se aplicará una sanción de hasta catorce días hábiles de suspensión, aplicados por la comisión de convivencia.
 
10.Por la novena falta grave se aplicará una sanción de hasta dieciséis días hábiles de suspensión, aplicados por la comisión de convivencia.
 
11.Por la décima falta grave se aplicará una sanción de hasta dieciocho días hábiles de suspensión, aplicados por la comisión de convivencia.
 
12.A partir de la falta once se aplicará una sanción de hasta dieciocho días hábiles de suspensión, aplicados por la comisión de convivencia.
 
13.A los niños hasta los 10 años se les aplica el 50% de la sanción a partir de la sexta falta grave inclusive.
 
Parágrafo 1: Si después de cinco días hábiles de citado el padre de familia o acudiente para comunicarle el inicio del proceso por una falta de cualquier índole o la aplicación de una sanción, éste será remplazado por el personero estudiantil y un padre de familia de la Asociación de Padres de Familia de la Institución. Si el personero estudiantil no se presentare, el juzgamiento y/o aplicación de una sanción podrá hacerse con la presencia del representante de la asociación de padres de familia. De esta acción se informara por escrito al padre de familia o acudiente.
 
Parágrafo 2: Un estudiante que haya incurrido en cualquier falta grave quedará con comportamiento insuficiente en el período académico respectivo.
 
Parágrafo 3: Todo estudiante sancionado con suspensión de actividades académicas, deberá regresar al Establecimiento completamente desatrasado y cumplir con el calendario de recuperaciones que le programe la Institución e igualmente informado de las actividades desarrolladas.
 
14La Institución le deberá garantizar a los estudiantes que regresen de sanciones las recuperaciones de los contenidos y trabajos realizados durante la suspensión.
 
Parágrafo 4: Las diferentes instancias que aplican sanciones podrán cambiar, según circunstancias atenuantes o por conveniencia académica o de comportamiento, las exclusiones de actividades académicas por trabajos pedagógicos con presencia en la Institución, mas no en las clases. El tipo de trabajo pedagógico se establecerá de común acuerdo con el padre de familia o acudiente. Será competencia de la instancia que juzga la falta determinar.
 
 
  1. MEDIDAS POR FALTAS GRAVÍSIMAS:
 
1. La comisión de una falta gravísima será sancionada con, la cancelación de la matrícula o la expulsión hasta por tres años.
 
 2. Todas las sanciones de expulsión, cancelación de matrícula y negación del cupo para el año siguiente serán aplicadas por el Consejo Directivo.
 
 
  1. OTRAS MEDIDAS ESPECIALES:
 
1. El estudiante que no se presente a las Actividades Académicas Especiales en forma reiterativa, estará sujeto a las disposiciones del Consejo Académico de la Institución y podrá ser sancionado con la exclusión de la Institución para el año siguiente, por reincidencia en bajo rendimiento académico.
 
2. Cuando se acumulen varias faltas sin que se falle sobre la sanción a aplicar, la instancia encargada sólo podrá hacer efectiva la sanción contemplada en la última. Para tal efecto el coordinador surtirá nuevamente los pasos del debido proceso expidiendo un nuevo pliego de cargos donde se adicione la o las faltas nuevas cometidas. Estas faltas seguirán contando para el acumulado de faltas y sus posteriores medidas o correctivos.
 
3. Cuando en forma simultánea en una situación se cometa una falta leve y grave por el estudiante, se sancionará por la grave y no se le hará la respectiva ficha en la leve.
 
4. Cuando en forma simultánea en una situación se cometa una falta grave y gravísima por el estudiante, se sancionará por la gravísima.
 
5. Cuando a un estudiante cometa una falta grave y antes de ser fallado cometa una gravísima se llevará al consejo directivo para que éste sancione la falta gravísima.
 
6. Los estudiantes con serios problemas disciplinarios podrán ser excluidos de las condecoraciones u otros estímulos, así se hayan destacado académicamente, a nivel deportivo o cultural.
 
7. Ningún estudiante con bajo rendimiento académico y/o problemas de comportamiento podrá representar a la institución en eventos deportivos, académicos o culturales. Le corresponderá a los coordinadores y a los directores de grupo conceder o negar las respectivas autorizaciones.
 
En caso de discrepancias insalvables en este campo, la decisión será tomada por el rector.
 
8. Las pérdidas o daños intencionales de las herramientas utilizadas en granjas y talleres serán responsabilidad del alumno, si se identifica, o del grupo en caso de que no pueda clarificarse el autor; el grupo o alumno deberán pagar las herramientas en dinero en forma inmediata.
 
 
  1. PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS DE REPOSICIÓN Y APELACIÓN
 
1.Cuando el estudiante incurra en faltas Leves que ameriten sanción con exclusión de actividades académicas u ocurrencia de faltas Graves, se requerirá la presencia del Padre de Familia o acudiente para darle aviso de los correctivos aplicados en el proceso disciplinario. Cuando se trata de faltas gravísimas debe llamarse al estudiante y al padre o acudiente para que conozcan la razón del proceso iniciado, lo mismo cuando haya que notificarle la decisión tomada por el Consejo Directivo.
 
2.El problema objeto de sanción es dialogado en la coordinación, o en su defecto en la rectoría, en presencia de todos los implicados en la comisión de la falta. El estudiante podrá argumentar su defensa en forma verbal o por escrito anexando pruebas. Este deberá hacerlo en los tres días hábiles siguientes a la notificación de los cargos disciplinarios al mismo estudiante y/o a los Padres de familia, según el caso.
 
3.Todas las decisiones disciplinarias tienen el recurso de reposición y apelación, los que deberá interponerse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la sanción, los cuales deben resolverse a más tardar en los cinco días hábiles siguientes para las faltas leves y graves. 
 
4.Todos los recursos de reposición se interpondrán ante la instancia que aplicó la sanción.
 
5.El recurso de apelación de las faltas leves se interpondrá ante la respectiva comisión de convivencia. Para las dos primeras faltas graves el recurso de apelación se interpondrá ante la comisión de convivencia y para las demás faltas graves la apelación se hará ante el rector.
 
 
6.Para las sanciones que aplique el consejo directivo la apelación se interpondrá ante la Secretaría de Educación del Departamento.
 
7.El acudiente debe presentar la evidencia del recurso de apelación hecha ante la Secretaría de Educación para que el pueda asistir a las actividades académicas de la institución hasta que la secretaría emita el fallo.
 
8.Todos los recursos de reposición deben hacerse por escrito por el acudiente, y en casos de extrema fuerza mayor por el personero estudiantil. Mientras se resuelve el recurso de reposición por exclusión de actividades académicas, cancelación de matrícula o expulsión, el estudiante podrá seguir asistiendo a las clases. Para las faltas gravísimas el plazo para resolver el recurso de reposición será de diez días hábiles.
 
9.Cuando se trate de negación de cupo para estudiar el año siguiente, que la profiere el Consejo Directivo, el recurso de reposición se presenta ante el mismo Consejo Directivo, dentro de los tres días siguientes a su notificación y tendrá ocho días hábiles para resolverse.
 
 
PARÁGRAFO1: Las comisiones de convivencia estarán integradas por los directores de grupo, un docente que dé clase en el grupo y el coordinador de convivencia. En la básica primaria, cuando sólo hay un grupo por grado, la comisión de comportamiento estará integrada por el director de grupo y el coordinador de convivencia y un docente que dé clase en el grupo, y de no haber un docente que dé clase, por el director del grupo y el coordinador de convivencia.
 
Parágrafo 2. Si después de cinco días hábiles de citado el padre de familia o acudiente para comunicarle el inicio del proceso por una falta de cualquier índole o la aplicación de una sanción, éste será remplazado por el personero estudiantil y un padre de familia de la Asociación de Padres de Familia de la Institución. Si el personero estudiantil no se presentare, el juzgamiento y/o aplicación de una sanción podrá hacerse con la presencia del representante de la asociación de padres de familia. De esta acción se informara por escrito al padre de familia o acudiente.
 
 
10.Todo estudiante sancionado con suspensión de actividades académicas, deberá regresar al Establecimiento completamente desatrasado e informado de las actividades desarrolladas.
 
 11. Las diferentes instancias que aplican sanciones podrán cambiar, según circunstancias atenuantes o por conveniencia académica o de comportamiento, las exclusiones de actividades académicas por trabajos pedagógicos con presencia en la Institución, mas no en las clases. El tipo de trabajo pedagógico se establecerá de común acuerdo con el padre de familia o acudiente. Será competencia de la instancia que juzga la falta determinar
 
 
 
  1. NEGACIÓN DEL CUPO
 
La Institución podrá negar a sus alumnos el cupo para estudiar en año lectivo siguiente por las siguientes circunstancias:
 
1. Incumplimiento del contrato pedagógico.
3. Por reiterado bajo rendimiento.
4. Por tener evidencias de consumo, incitación al consumo, porte, venta, compra de drogas (alucinógenos) dentro y/o fuera de la Institución.
5. Por actitudes, incitación o hechos de violencia
 
Se les podrá negar el cupo a estudiantes provenientes de otra Institución y a los exalumnos de la Institución Educativa Juan de Dios Uribe, por las siguientes circunstancias:
 
Quien tenga antecedentes de porte, compra, venta, consumo de drogas sicoactivas estimulantes o depresoras o que incite a otros a su consumo, dentro o fuera de la Institución.
Quienes vengan con serios problemas disciplinarios.
Los que tengan antecedentes en corrupción de menores, en cualquiera de sus modalidades delictivas.
 
 
 
  1. CONCURRENCIA DE FALTAS:
 
1. Si el estudiante con la misma acción viola varios tipos disciplinarios, se aplicará la sanción que corresponda a la falta más grave.
 
2.Cuando se cometan varias acciones que afecten una o varias disposiciones disciplinarias, para éste último caso se aplicará la que corresponde a la falta más grave.
 
3. Cuando se cometan varias faltas de la misma naturaleza (leves y Graves) se calificará con la categoría de gravedad.
 
4. COPARTICIPACIÓN: El estudiante que realice la falta disciplinaria o determine a otro a realizarla, se le impondrá la sanción establecida por la falta cometida.
 
 5.COMPLICIDAD: El estudiante que preste colaboración para la falta disciplinaria o preste una ayuda posterior para encubrirla, cumpliendo promesa anterior a la comisión de la falta, será sancionado con la misma sanción que establece la falta.
 
 6.Los estudiantes no podrán ser suspendidos temporal o definitivamente de la Institución, cuando no exista seguimiento puntual (Hechos favorables o contrarios al Manual de Convivencia y las normas que nos rigen) en la ficha de seguimiento y con el debido proceso, datos tenidos en cuenta por parte del Consejo Directivo o las demás instancias competentes para proceder a expedir los actos administrativos para las sanciones de suspensión, cancelación de la matrícula, expulsión o negación del cupo para el año siguiente.
 
PARÁGRAFO UNO: En el evento de encontrar un estudiante menor de edad en casos de tenencia, tráfico o consumo de sustancias que produzcan dependencia, el Rector o a quien delegue informará a los Padres de Familia y al Defensor de Familia sobre la situación detectada en el menor. .
 
PARÁGRAFO DOS: La instrucción de los procesos que implique sanción de suspensión o expulsión será competencia del rector o del coordinador de convivencia.
 
 DEL DERECHO A LA DEFENSA: Todo estudiante tiene derecho a la defensa
 ( Decreto 1860. Art.1 y ley 1098 de 2006).
 
 
  1. PROCEDIMIENTOS
 
1. Cuando el estudiante incurra en faltas Leves que ameriten sanción con exclusión de actividades académicas u ocurrencia de faltas Graves, se requerirá la presencia del Padre de Familia o acudiente para darle aviso de los correctivos aplicados en el proceso disciplinario. Cuando se trata de faltas gravísimas debe llamarse al estudiante y al padre o acudiente para que conozcan la razón del proceso iniciado, lo mismo cuando haya que notificarle la decisión tomada por el Consejo Directivo.
 
El problema objeto de sanción es dialogado en la coordinación, o en su defecto en la rectoría, en presencia de todos los implicados en la comisión de la falta. El estudiante podrá argumentar su defensa en forma verbal o por escrito anexando pruebas. Este deberá hacerlo en los tres días hábiles siguientes a la notificación de los cargos disciplinarios al mismo estudiante y/o a los Padres de familia, según el caso.
 
3. Todas las decisiones disciplinarias sólo tienen el recurso de reposición, el que deberá interponerse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la sanción para las faltas leves, graves y gravísimas, el cual debe resolverse a más tardar en los cinco días hábiles siguientes para las faltas leves y graves. En caso de las faltas Graves se interpondrá el recurso ante el rector, y para las Gravísimas (cancelación de matrícula o expulsión) ante el Consejo Directivo. Todos los recursos de reposición deben hacerse por escrito por el acudiente, y en casos de extrema fuerza mayor por el personero estudiantil. Mientras se resuelve el recurso de reposición por exclusión de actividades académicas, cancelación de matrícula o expulsión, el estudiante podrá seguir asistiendo a las clases. Para las faltas gravísimas el plazo para resolver el recurso de reposición será de diez días hábiles.
 
4. Cuando se trate de negación de cupo para estudiar el año siguiente, que la profiere el Consejo Directivo, el recurso de reposición se presenta ante el mismo Consejo Directivo, dentro de los tres días siguientes a su notificación y tendrá ocho días hábiles para resolverse.
PARÁGRAFO UNO: Ante la comisión de faltas leves, graves y gravísimas el estudiante sancionado podrá informar al Personero de los estudiantes, quien podrá intervenir en cualquier parte del proceso, acompañando al estudiante en el desarrollo del proceso disciplinario. Si el personero no es informado lo podrá hacer por iniciativa propia.
 
NOTA: Para la aplicación de las diferentes sanciones, se cumplirá lo estipulado en la ley de infancia y adolescencia.
 
  1. Cuando pasados cinco días hábiles de haberse citado al padre de familia o acudiente y éste no se presentare, será remplazado por un padre de familia, miembro de la asociación y el personero estudiantil. Si por alguna circunstancia no hubiera personero estudiantil o no se presentare, se procederá con la presencia del representante de la Asociación de padres de familia. Luego de juzgada la falta y tomada la decisión al respecto se le comunicará al padre de familia y/o acudiente por escrito.
 
  
  1. ESCALA DE CALIFICACIÓN DE CONVIVENCIA
 
1.FALTAS LEVES
 
O Faltas                                            Excelente
1 a 2 Faltas                                      Sobresaliente
3 a 6 faltas                                       Aceptable
7 a 9 faltas                                       Insuficiente
10 faltas en adelante                                 Deficiente
 
2.FALTAS GRAVES
 
1 a 2 faltas                                       Insuficiente
3 faltas en adelante                                   Deficiente
 
3.FALTAS GRAVÍSIMAS
 
Para cualquier número de faltas Deficiente
 
 
CAPÍTULO XIV
 
INSTANCIAS DE DIALOGO Y CONCILIACIÓN
 
A.ORIENTACIONES Y CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS PARA LOS CASOS DE INDISCIPLINA QUE HAN OCASIONADO LLAMADOS DE ATENCIÓN Y/O SANCIONES
 
COMPROMISO: Parte de un proceso de autoevaluación del estudiante, basado en el Manual de Convivencia, los derechos y deberes del hombre y sobre su compromiso como ser humano en proceso de formación y crecimiento integral continuo. Este compromiso es realizado por parte del estudiante en presencia del padre de familia y el Coordinador y es anexado a la ficha de seguimiento. Este se realiza ante petición del estudiante, sugerencias de padres de Familia o acudiente o de Institución misma.
El Compromiso como instancia de diálogo, es una medida preventiva.
 
CONTRATO PEDAGÓGICO: Consiste en definir con el estudiante, en presencia del padre de Familia o acudiente, el director (a) de grupo y el coordinador, las acciones que han afectado el proceso disciplinario y/o convivencia, para entrar a estipular compromisos y acciones que motiven cambios en el estudiante, siendo estos apoyados por los Padres de Familia y la Institución según lo establecido en el PEI y el Manual de Convivencia.
 
CONTRATO ACADÉMICO: Consiste en definir con el estudiante, en presencia del Padre de Familia o acudiente, el director (a) de grupo y el coordinador, los aspectos deficientes de su proceso académico para entrar a estipular compromisos y acciones que motiven cambios en el estudiante, siendo estos apoyados por los Padres de Familia y la Institución, según lo establecido en el PEI y el Manual de Convivencia.
El contrato Académico como instancia de diálogo y conciliación, es una medida preventiva-curativa.
 
DIRECCIÓN DE GRUPO: Es un espacio donde se establece un diálogo entre el director de grupo y los estudiantes, para abordar temas formativos, asignar responsabilidades curriculares y extracurriculares, acompañar a los estudiantes en su proceso, evaluar resultados con el fin de aplicar correctivos.
 
DIALOGO PERMANENTE CON LOS COORDINADORES: Con el fin de suscitar cambios favorables a nivel de comportamiento, rendimiento académico y acciones disciplinarias que giran en torno a la integralidad del estudiante y favorezcan los procesos de mejoramiento personal y grupal.
 
ENTREVISTA PERSONAL ENTRE DOCENTE-ESTUDIANTE: Cuando se observen irregularidades en el comportamiento del estudiante, con el fin de escucharlo y darle pautas que le ayuden a superar las dificultades. Esto exige por parte del docente una actitud de acompañamiento , para rescatar valores que a veces no se alcanzar a percibir en el estudiante.
 
ENTREVISTA INFORMAL CON PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES: Con el fin de conocer más al estudiante, poner a los padres de familia al tanto de la situación con respecto a su hijo (a) para así orientarlo mejor y buscar su oportuna colaboración.
 
B.DEL DERECHO DE PETICIÓN: ( Decreto 1860/94 Art. 17, numeral 4-5)
 
1. Ante situaciones de problema o conflicto, se debe tratar de solucionarlos con la persona con la cual se presentó la situación, bien sea compañero (a), docente, directiva, personal administrativo u operativo.
2. Acudir al director (a) de grupo como persona encargada en primera instancia para lograr la armonía y las buenas relaciones, en caso de no haber podido solucionar en forma favorable y positiva la solicitud de la persona interesada.
3. Después de haber acudido a los dos instancias anteriores y no solucionar el conflicto, el director de grupo acude con el estudiante (s) a la coordinación.
4. Para peticiones personales o grupales, solicitar la intervención del representante de los estudiantes o el personero y finalmente ante el Consejo Directivo.
5. Las peticiones para apelar decisiones ante el Consejo Directivo, serán realizadas por los padres de familia o acudientes, o en su defecto por el Personero de los estudiantes.
 
 
CAPÍTULO XV
 
UNIFORMES
 
PARA DAMAS:
 
-           Zapatos negros clásicos, sin tacones.
-           Calcetines blancos (No se admiten tobilleras).
-           Blusa blanca, sport, manga corta
-           Corbata de un cm. de ancho, de la misma tela del jumber.
-           Jumber: tela de cuadros, modelo adoptado, largo hasta la rodilla.
 
PARA VARONES:
 
-           Zapatos negros clásicos.
-           Medias azules (no se admiten tobilleras).
-           Pantalón: Azul oscuro clásico, oscuro
-     Camisa blanca sport, como la de las damas (colegial, manga corta), con el      escudo institucional bordado en el lado izquierdo.
 
Los estudiantes de la jornada nocturna están excluidos del uso del uniforme de gala, a cambio deberán usar el uniforme de Educación Física tres días a la semana.
 
            EDUCACIÓN FÍSICA:
 
            (Damas y caballeros)
-           Sudadera: Color verde, modelo sencillo.
-           Camiseta blanca y verde, modelo adoptado.
-           Tenis blancos de tela (tipo Croydon)
-        Medias color blanco.
 
EL OVEROL PARA LAS PRÁCTICAS EN LOS TALLERES Y EN LA GRANJA
 
Los alumnos de los grados octavos a undécimo deberán portar para las prácticas en los talleres y la granja, un overol con las siguientes características:
 
Confeccionado en dril azul petróleo, cierre por delante hasta el pecho, bolsillos adelante y atrás, escudo institucional bordado en el lado izquierdo, iniciales del nombre de la Institución, pintadas en la espalda, manga corta y botas para quienes van para la granja.
 
Para las prácticas en la granja se deben usar botas negras y en los talleres, zapatos cubiertos
 
 
CAPITULO XVI
 
LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL
 
A. EL GOBIERNO ESCOLAR
 
Todos los establecimientos educativos deberán organizar un gobierno para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo dispuesto en el artículo 142 de la ley 115 de 1994.
 
El gobierno Escolar estará constituido por los siguientes órganos:
 
Ø El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del Establecimiento.
Ø El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del Establecimiento.
Ø El Rector como representante del Establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.
Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean remplazados. En caso de vacancia, se elegirá su remplazo para el resto del período.
 
 
  1. FUNCIONES DEL RECTOR (Ley 115 1994, ley 715 de 2.001 y decreto 4791 de 2.008)
 
  • Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
  • Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.
  • Representar el Establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar
  • Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución.
  • Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
  • Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades o irregularidades del personal a la Secretaría de Educación Distrital, municipal, departamental o quien haga sus veces.
  • Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.
  • Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.
  • Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.
  • Realizar la evaluación anual de desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.
  • Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario, de conformidad con las normas vigentes.
  • Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación
  • Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos.
  • Responder por la calidad de la prestación del servicio en su Institución
  • Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa, al menos cada seis meses.
  • Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la presente ley.
  • Publicar una vez en el semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a su cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.
  • Orientar el gasto en la forma que mejor cumpla los propósitos del servicio educativo.
  • Respetar los principios de igualdad, moralidad, imparcialidad y publicidad con respecto a contratos y actos que tengan por objeto bienes y obligaciones.
  • Celebrar los contratos dentro de los términos que fije la ley.
  • Informar públicamente sobre cuentas del Fondo de Servicio Educativo.
  • Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar.
  • Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para tal efecto.
  • Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el Establecimiento.
  • Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la Institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la Institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
  • Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
  • Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
  • Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia.
  • Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional.
  • Promover actividades de beneficio social que vinculen al Establecimiento con la comunidad local.
  • Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo.
  • Las demás funciones, afines o complementarias con las anteriores, que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.
  • Elaborar el presupuesto, flujo de caja y demás anexos presupuestales
  • Elaborar sustentadas las modificaciones al presupuesto
  • Celebrar contratos, suscribir actos administrativos y ordenar los gastos, previo cumplimiento de requisitos.
  • Realizar reportes de información requeridos por los organismos de control en condiciones que estos señalen.
  • Suscribir estados contables
  • Presentar a las autoridades educativas informe de ejecución acumulado y excedente de recursos si los hay
  • Publicar mensualmente informe de ejecución de los recursos
  • Publicar mensualmente la relación de contratos y convenios
  • Presentar en audiencia pública, informe de gestión anual, a más tardar el último día del mes de febrero.
  • Enviar al inicio de la vigencia a la entidad territorial, certificada copia del acuerdo del presupuesto del fondo, numerado, fechado y aprobado por el Consejo Directivo.
  • Las demás que le asigne el Gobernador o Alcalde para la correcta prestación del servicio educativo.
 
 
2.         CONSEJO DIRECTIVO:
 
El Consejo Directivo esta ordenado por la Ley General de Educación en sus Artículos 143 y 144 y tendrá como objetivos:
 
 
Ø Tomar las decisiones que sean necesarias para el funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra autoridad.
 
Ø Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre docentes y administrativos con los alumnos del plantel.
 
  
  1. INTEGRANTES CONSEJO DIRECTIVO
 
1). El Rector del establecimiento educativo, quien lo convocará y presidirá.
 
2). Dos representantes de los docentes de la institución; elegidos en asamblea, por mayoría simple
 
3). Dos representantes de los padres de familia, Serán elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia y el Consejo de padres del establecimiento, uno por cada uno, para un período de un año, podrán ser re elegidos.
 
4). Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último grado de educación que ofrezca la institución, elegido por el Consejo de Estudiantes.
 
5). Un representante de los exalumnos, elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinan la mayoría de ellos, o en su defecto, por quién haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.
 
En caso de que no hubiera organizaciones de exalumnos o el representante de los estudiantes del año anterior no tenga disponibilidad de ocupar dicho cargo, se citará a una asamblea de exalumnos, y allí los asistentes elegirán su representante al Consejo Directivo.
 
7). Un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector productivo, que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo, elegido por el Consejo Directivo de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.
 
Para el nombramiento del representante de los sectores productivos será elegido por el Consejo Directivo de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones, a quienes se les enviará comunicados solicitándoles el envío de nombres de personas, una por cada una, que tengan disponibilidad de ocupar esta representación.
 
Si se agotara esta opción sin resultado positivo se podrán enviar comunicados a personas naturales del sector productivo, y de allí, el Consejo Directivo elegirá el representante.
 
NOTA: Como secretario del consejo, actuará uno de los secretarios titulares del establecimiento.
 
 
  1. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO:
 
  • La aprobación del presupuesto de la vigencia
  • La elaboración del reglamento para manejo de tesorería
  • La autorización para modificaciones al presupuesto
  • La elaboración del reglamento para contratación inferior a los 20 SMLMV (salarios mínimos legales mensuales vigentes)
  • La definición del procedimiento para la utilización de bienes muebles e inmuebles.
  • La definición del procedimiento para la realización y participación de estudiantes en eventos: pedagógicos, científicos, culturales y deportivos.
  • Autorizar la explotación de bienes
  • Aprobar el reglamento interno para gastos de viaje, transporte, hospedaje y manutención de educandos, y docente acompañante.
  • Autorizar contratación de servicios técnicos y profesionales
  • Autorizar cuantías para la realización de actividades pedagógicas, científicas, deportivas y culturales.
  • Aprobar la inscripción y participación de educandos en competencias deportivas, culturales, pedagógicas y científicas.
  • Aprobar el plan de compras
  • Autorizar el uso de bienes y servicios de la Institución educativa, a título gratuito u oneroso.
  • Tomar las decisiones que se requieran para el funcionamiento de la institución y que sean de su competencia.
 
  • Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del plantel educativo, después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento.
 
  • Adoptar los reglamentos y manual de convivencia de la institución, de conformidad con las normas vigentes.
 
  • Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles y para la admisión de nuevos alumnos.
 
  • Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
 
  • Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector.
 
  • Adoptar mediante acuerdo el plan de estudios, el manual de convivencia y el Proyecto Educativo Institucional.
 
  • Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
 
  • Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
 
  • Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno, que han de incorporarse al reglamento, y que en ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.
 
  • Participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
  •  
  • Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
 
  • Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.
 
  • Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas, y la conformación de organizaciones juveniles.
 
  • Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.
 
  • Reglamentar los procesos electorales previstos en el Decreto 1860/94.
 
  • Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes del municipio, el Departamento, la Nación y los efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos.
 
  • Darse su propio reglamento.
 
  • Definir los criterios de promoción para la educación media, de acuerdo con el Consejo Académico, mientras el Ministerio de Educación Nacional se pronuncia al respecto.
 
  • Determinar los períodos académicos en que se dividirá el año lectivo y el tiempo destinado a las actividades complementarias o de nivelación, según recomendaciones del Consejo Académico.
 
  • Aprobar las adiciones y traslados presupuestales que se requieran en la ejecución del presupuesto del plantel.
 
  • Fijar las tarifas de matrícula y pensión de estudios para los alumnos, de acuerdo con las disposiciones oficiales.
 
  • Aplicar las sanciones a los alumnos, contempladas en el reglamento o manual de convivencia, en los siguientes casos:
 
ü Cuando se trate de cancelación de matrícula por el resto del año lectivo.
ü Cuando se trate de expulsión del establecimiento hasta por tres años.
ü La negación del cupo escolar
 
  • Estudiar y decidir sobre los recursos de reposición o apelación en los procesos disciplinarios.
 
  1.  REUNIONES - QUÓRUM Y DECISIONES:
 
1).El consejo se reunirá ordinariamente cada mes, y extraordinariamente, cuando lo estime pertinente.
 
2).Habrá quórum para deliberar y para tomar decisiones con la mitad más uno de los miembros.
 
3).Las decisiones se aprobarán por la mayoría simple de los asistentes a la respectiva sesión, aunque se procurará lograr el consenso.
 
4).El voto será por aclamación, a menos que el caso amerite votación escrita y secreta, lo que se convendrá en la misma sesión.
 
5).Las determinaciones del Consejo Académico tendrán carácter confidencial, y solamente su presidente será competente para notificarlas a quién corresponda.
 
6).De toda reunión se levantará el acta respectiva, que debe ser firmada por su presidente y secretario. En casos especiales, se requerirá la firma de todos sus miembros asistentes.
 
 
  1.  FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO:
 
1). Presidente:
 
a). Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias.
 
b.) Citar a reuniones extraordinarias cuando lo considere conveniente o a solicitud de por lo menos tres (3) miembros del Consejo Directivo.
 
c). Presentar proyectos sobre administración del plantel, en todos los aspectos, en procura de optimizar cada día el proceso educativo.
 
d). Firmar las actas e informes del Consejo Directivo.
 
e). Rendir los informes que se le soliciten al Consejo Directivo por los funcionarios o entidades competentes.
 
f). Informar a la comunidad educativa o a quién afecten las decisiones tomadas por el Consejo Directivo.
 
g). Ejecutar los planes y programas trazados por el Consejo Directivo.
 
h). Informar al Consejo Directivo sobre las últimas disposiciones legales que tengan relación con su competencia.
 
i). . Hacer llamados de atención a los miembros del Consejo Directivo en caso de incumplimiento de sus deberes.
 
 
 2). Secretaria:
 
a). Asistir puntualmente a las reuniones.
 
b). Elaborar las actas e informes del Consejo Directivo.
 
c).Firmar y leer las actas del Consejo Directivo en las sesiones.
 
d). Llevar la correspondencia y el archivo del Consejo de acuerdo con las técnicas y la ética debidas.
 
e). Abstenerse de comentar por fuera del Consejo las determinaciones de éste y remitir a quién solicite información ante el presidente, único facultado para hacerlo.
 
f). Hacer las respectivas llamadas, o comunicados para citar los miembros del consejo directivo.
 
3). Docentes:
 
Serán nombrados por el Consejo de Profesores para un período de un año, podrán ser elegidos y tendrán las siguientes funciones:
 
a).       Asistir puntualmente a las reuniones.
 
b).       Representar a los docentes del plantel ante el Consejo directivo.
 
c).        Ser los voceros del estamento docente y presentar sugerencias, proyectos e inquietudes ante el Consejo Directivo.
 
d).       Plantear alternativas de solución a los conflictos internos que se susciten.
 
e).       Participar activa y responsablemente en las diferentes acciones emprendidas por el Consejo Directivo.
 
f).        Las demás que acuerde el propio Consejo Directivo.
 
 
4). Representante de los Padres de familia
 
 
a).       Representar y defender los intereses de los padres de familia del plantel.
 
b).       Asistir puntualmente a las reuniones.
 
c).        servir de mecanismos de comunicación entre los padres de familia y el Consejo Directivo.
 
d).       Presentar proyectos, sugerencias e inquietudes que redunden en beneficio de la comunidad educativa.
 
e).       Participar activa y responsablemente en todas las actividades del Consejo Directivo.
f).        Plantear alternativas de solución a los conflictos internos que se presenten.
 
 
5). Representante de los Alumnos:
 
Será un alumno del último grado que ofrezca al institución, elegido democráticamente por el Consejo de Estudiantes, de conformidad con las disposiciones vigentes, su período será de un año y no podrá ser reelegido, a menos que pierda el grado y entre a repetirlo. Sus funciones son:
 
a).       Representar al alumnado y defender sus intereses y derechos.
 
b).       Asistir puntualmente a las reuniones.
 
c).        servir de mecanismos de comunicación entre los estudiantes y el Consejo Directivo.
 
d).       Presentar proyectos, sugerencias e inquietudes que redunden en beneficio de la comunidad educativa.
 
e).       Participar activa y responsablemente en todas las actividades del Consejo Directivo.
 
f).        Plantear alternativas de solución a los conflictos internos que se presenten.
 
 
6).  Representante de los Exalumnos
 
 
7). Representante del Sector Productivo
 
 
Funciones:
 
a).       Asistir puntualmente a las reuniones.
 
b).       Representar y defender los intereses del estamento que los eligió.
 
c).        Presentar proyectos, inquietudes y sugerencias en beneficio del plantel y la comunidad educativa.
 
d).       Participar activa y responsablemente en todas las actividades emprendidas por el Consejo Directivo.
 
e).       servir de mecanismos de comunicación entre el Consejo y los estamentos representados por ellos.
 
f).        Plantear alternativas de solución a los conflictos internos que se presenten.
 
 
8). Deberes de todos los integrantes del Consejo Directivo:
 
Los deberes de cada integrante del Consejo Directivo están dados por el estricto cumplimiento de sus funciones.
 
Derechos de los Integrantes del Consejo Directivo:
 
a).       Derecho a renunciar, excepto el Presidente y la Secretaria.
 
b).       Derecho a ser citado a las reuniones con la debida anticipación.
 
c).        Derecho a opinar y a ser respetado en sus opiniones.
 
d).       Derecho a pedir explicaciones de los proyectos.
 
e).       Derecho a igualdad de oportunidades en el desempeño de sus funciones, especialmente en el uso de la palabra y del voto.
 
 
9). Estímulos:
 
Los integrantes del Consejo Directivo podrán ser estimulados por su buen desempeño y por sus aportes y servicios al mismo, mediante menciones especiales.
 
10). Sanciones:
 
Los miembros del Consejo Directivo que incumplan sus deberes podrán hacerse a las siguientes sanciones:
 
a).       Amonestación verbal en las reuniones.
 
b).       Amonestación escrita por los miembros del Consejo Directivo.
 
c).        Exclusión del Consejo Directivo, con notificación al estamento que representa, para efectos de que nombre su reemplazo.
 
 
 11). Programas y Acciones del Consejo Directivo:
 
a).       Estudio de la Ley General de Educación y su Decretos reglamentarios, Ley de infancia y adolescencia, ley 715 de 2.001, normas de carácter nacional, departamental y municipal, que tengan que ver con la administración educativa:
 
b).       Planeación del presupuesto del plantel y del plan de gastos.
 
c).        Implementación de los servicios de bienestar estudiantil.
 
d).       Implementación de proyección a la comunidad.
 
e).       Estudio de casos que incidan en la administración y aplicar los correctivos adecuados.
 
f).        Diseñar estrategias tendientes al mejoramiento de la calidad educativa que brinda el establecimiento.
 
g).       Establece vínculos con otras entidades e instituciones, con el fin de obtener mutua cooperación y mejor estar de la institución
 
h).       Establecer mecanismos de comunicación con personas y entidades que se proyectan mediante la capacitación de la comunidad educativa.
 
i).         Implementar acciones que propendan al mejoramiento del nivel intelectual y académico del profesorado del plantel.
 
 
12). Actividades y Procedimientos del Consejo Directivo:
 
a).       Reuniones ordinarias cada mes y extraordinarias cuando se requieren.
b).       Programar actividades culturales, deportivas, recreativas y de bienestar estudiantil.
c).        Crear estímulos para los alumnos sobresalientes en los diferentes aspectos, lo mismo para el personal docente y administrativo de la institución.
d).       Propiciar conferencias y actividades de formación en temas educativos y familiares.
e).       Mantener estrella relación con padres de familia y demás estamentos de la comunidad educativa para fomentar el progreso individual.
f).        Velar por el mejoramiento y funcionalidad de la planta física.
g).       Gestionar auxilios o colaboraciones ante entidades oficiales o privadas.
h).       Las decisiones del Consejo Directivo podrán ser reconsideradas a petición escrita de quién se sienta lesionado con ellas.
 
Cumplida la reconsideración, no habrá más apelación a nivel de la institución.
 
 
3.  CONSEJO ACADÉMICO:
 
El Consejo Académico está establecido en la Ley General de Educación en el Artículo 145 y hace parte del gobierno escolar que todo establecimiento educativo debe tener.
 
 
a. Objetivos:
 
Estudiar, modificar y ajustar el currículo, de conformidad con la Ley General de Educación y sus Decretos reglamentarios.
Definir y organizar el plan de estudios.
Participar de la evaluación anual de la institución.
Nombrar las Comisiones de Promoción y de Evaluación.
 
 
b. INTEGRANTES CONSEJO ACADEMICO
 
El Consejo Académico es convocado y presidido por el Rector, además estará integrado por:
 
1).       Los directivos docentes o Coordinadores académicos.
2).       Un docente por cada área o grado que ofrezca la institución y un docente de primaria por cada una de las sedes.
3).       El secretario será uno de los secretarios titulares de la institución.
 
c. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO:
 
1).       Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
2).       Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento establecido en el Decreto 1860/94.
3).       Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
4).       Participar en la evaluación anual de la institución.
e.         Establecer escalas conceptuales o numéricas para definir las equivalencias en caso de transferencia de un plantel a otro.
5).       Definir las formas, mecanismos, instrumentos, criterios y momentos para los registros o informes descriptivos que reemplazan los boletines y libro de calificaciones.
6).       Definir formatos y modelos del informe final de carácter evaluativo integral no acumulativo, que hará parte del archivo de la institución y servirá de base para las decisiones de las comisiones de promoción.
7).       Definir criterios de promoción para la educación media, y someterlos a consideración del Consejo Directivo, mientras el M.E.N., se pronuncia al respecto.
8).       Resolver las situaciones académicas de los alumnos que cursaron con planes de estudio y normas de evaluación vigentes, antes del decreto 1290 de 2009 y al sistema Institucional de evaluación2010, como: decreto 230 de 2002,  Ley 115/94,  decreto 1860 de 1994 y otras disposiciones departamentales y nacionales.
9).       Definir las fechas, y durante cuanto tiempo se realizarán las promociones al finalizar el grado.
10).     Definir las fechas de terminación de cada período académico, y tiempo destinado a las actividades de recuperación y refuerzo.
11).     Determinar los indicadores de logros para la promoción de cada grado, para lo cual puede asesorarse con los profesores de cada área.
12).     Fijar las fechas límites para la promoción anticipada de los alumnos.
13).     Nombrar las comisiones de docentes para las evaluaciones periódicas del rendimiento de los educandos y para la promoción de los mismos, asignarles sus funciones y supervisar su proceso su funcionamiento.
14).     Recibir y decidir sobre los reclamos que los alumnos presenten sobre la evaluación.
15). Hacer seguimiento a los procesos de evaluación y promoción
16). Analizar periódicamente los informes de evaluación para identificar prácticas escolares que estén afectando el desempeño e introducir modificaciones
17). Implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo a los estudiantes y dar recomendaciones
18). Intervenir y asesorar desde la normatividad y la pedagogía las situaciones y actuaciones de docentes que puedan están generando resultados académicos controversiales o generadores de insatisfacciones grupales.
19). Coordinar con el Consejo Directivo la solución a los desacuerdos o controversias que surjan en la ejecución del sistema institucional de evaluación y promoción
20). Resolver los recursos de reposición o apelación que le correspondan
21). El Consejo Académico establece el plan de evaluaciones, que consistirá en un examen integral de todas las áreas
22). Aprobar las solicitudes para los procesos de promoción anticipada
23). Programar y reglamentar la prueba semestral de todas las áreas
24). Reglamentar los parámetros de recuperaciones, según los resultados de los simulacros de pruebas Icfes y Saber
25). Programar actividades de apoyo y recuperación después de terminado el período, Cuando juzgue que por circunstancias especiales, como: alto porcentaje de pérdida de una o varias asignaturas, por períodos representativos de tiempo dejados de laborar u otras circunstancias que afectaron el desarrollo norma de las actividades de apoyo y recuperación.
26). Programar, fruto del análisis de lo procesos de evaluación, y ante situaciones críticas de rendimiento académico, exámenes integrales que abarquen varios períodos y reglamentar su sistema de calificación.
27) Aprobar en primera instancia el sistema institucional de evaluación y promoción proponer al Consejo Directivo las modificaciones posteriores.
28).La demás funciones afines o complementarias con las anteriores y que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.
 
 
d. Funciones de los Miembros del Consejo Académico:
 
1). Presidente:
 
a).       Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias.
b).       Citar a reuniones extraordinarias cuando lo considere pertinente o a solicitud de por los menos tres (3) miembros del Consejo Académico.
c).        Presentar criterios y procedimientos para la administración del currículo y para el manejo adecuado del proceso de evaluación.
d).       Firmar las actas del Consejo Académico.
e).       Presentar al Jefe de Núcleo y demás autoridades competentes los informes sobre currículo, evaluación y funcionamiento del consejo.
f).        Informar a la comunidad educativa sobre las decisiones tomadas en el Consejo Académico.
g).       Informar al Consejo Académico sobre las diferentes disposiciones emanadas del orden nacional, departamental o municipal.
h).       Coordinar las acciones de las Comisiones de Evaluación y Promoción.
 
2). Secretario:
 
a).       Asistir puntualmente a las reuniones.
b).       Elaborar las actas de las reuniones del Consejo Académico.
c).        Elaborar los informes que el Consejo requiera presentar.
d).       Firmar y leer las actas de las reuniones del Consejo.
e).       Llevar la correspondencia y el archivo del Consejo Académico de acuerdo con las técnicas apropiadas.
 
 
3). Directivos Docentes (Coordinadores Académicos):
 
a).       Asistir puntualmente a las reuniones.
b).       Reemplazar al rector en las reuniones, en que por alguna circunstancia no pueda asistir.
c).        Presentar proyectos que propendan por mejorar las actividades curriculares y de evaluación.
d).       Orientar las acciones emprendidas por las comisiones de Evaluación y de Promoción.
e).       Mediar entre los alumnos, los profesores y el Consejo Académico para armonizar y sacar adelante el plan curricular propuesto en beneficio de toda la comunidad educativa.
 
 
4).Docentes:
 
Serán nombrados en reunión del Consejo de Profesores para un período de un año lectivo; y sus funciones son:
 
a).       Asistir puntualmente a las reuniones.
b).       Representar a los docentes del área ante el consejo Académico.
c).        ser los voceros de los docentes del área y presentar sus propuestas e inquietudes ante el Consejo.
d).       Presentar propuestas con miras a mejorar el currículo y el proceso de evaluación.
e).       Liderar los proyectos que a nivel del currículo o innovaciones educativas se puedan presentar.
f).        Proponer logros e indicadores de evaluación.
g).       Plantear soluciones a los conflictos que se presenten en el desarrollo de los contenidos de cada área como en el proceso de evaluación.
h).       Colaborar con todas las funciones propias del Consejo.
i).         Hacer parte de las comisiones de Promoción y Evaluación en caso de ser elegido.
j).         Participar activa y responsablemente en todas y cada una de las acciones emprendidas por el Consejo Académico.
k).        Las demás que para el buen funcionamiento del Consejo Académico sean determinadas en las reuniones.
 
5). Deberes de los Integrantes:
 
Los deberes de los integrantes están dados por el estricto cumplimiento de sus funciones
 
6). Derechos de los Integrantes:
 
Los integrantes del Consejo Académico tienen los siguientes derechos:
 
a).       Derecho a renunciar al cargo, excepto el presidente, el secretario y directivos docentes (Coordinadores académicos).
b).       Derecho a ser citado a las reuniones con la debida anticipación.
c).        Derecho a opinar y ser respetado en sus conceptos.
d).       Derecho a pedir explicaciones sobre la administración del currículo y procesos evaluativos.
e).       Derecho a la igualdad de oportunidades en el desempeño de sus funciones, especialmente en el uso de la palabra y del voto.
f).        Derecho a ser nombrado para integrar las comisiones de evaluación y de promoción.
 
 7). Estímulos:
 
Los integrantes del Consejo Académico podrán ser estimulados por su buen desempeño y/o por los servicios prestados, a través de menciones especiales.
 
8). Sanciones:
 
Los integrantes del Consejo Académico que incumplan sus deberes tendrán las siguientes sanciones:
 
a).       Amonestación verbal en las reuniones
b).       Amonestación escrita firmada por los miembros del Consejo Académico.
c).        Exclusión del Consejo Académico con notificación a los profesores del área respectiva para que sea nombrado su reemplazo.
 
9). Programas y Acciones del Consejo Académico:
 
a).       Revisión y estructuración del currículo.
b).       Estudio de la Ley 115/94, decretos reglamentarios y modelos pedagógicos de la evaluación por procesos.
c).        Implementación de proyectos que propendan por el mejoramiento académico de la institución.
d).       Evaluar los resultados académicos y aplicar los correctivos para su optimización.
e).       Fomentar la capacitación y actualización del profesorado en temas de evaluación por procesos y administración curricular.
 
10). Actividades y Procedimientos:
 
a).       Reuniones ordinarias al finalizar cada período académico, y extraordinariamente cuando se considere conveniente.
b).       Crear estímulos para los alumnos que sobresalgan por su formación y buen desempeño académico.
c).        Adecuar recursos didácticos con miras a mejorar el proceso educativo.
d).       Programar conferencias con toda la comunidad educativa, propiciando espacios de reflexión y de formación en temas educativos y de familia.
e).       El Consejo podrá sesionar con la mitad más uno de sus integrantes.
f).        Las decisiones se tomarán por mayoría simple de los asistentes.
g).       Las votaciones podrán ser por escrito o por aclamación, de acuerdo con las circunstancias y según lo decida el propio consejo para la ocasión.
h).       Las decisiones del Consejo Académico podrán ser apeladas ante el Consejo Directivo del establecimiento.
 
  
4. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:
 
El Consejo Académico conformará las Comisiones de Evaluación y promoción que estarán integradas por los directores de grupo de cada grado, dos docentes que den clase en ese grado, un padre de familia que no sea docente de la Institución y el rector o su delegado, que será el coordinador académico.
 
 
  1.  PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN:
 
Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances
Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.
Determinar la promoción de los estudiantes
Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional
 
  1. Funciones de la Comisión de evaluación y promoción (Artículo 3, decreto 1290 de 2.009)
 
Analizar los resultados académicos al final de cada período y concertar con docentes, estudiantes y padres de familia acciones de mejoramiento.
Resolver los recursos de reposición y apelación que le correspondan
Diseñar planes de apoyo para estudiantes con bajos rendimientos académicos
Definir las promociones de los estudiantes al final del año lectivo
Oficializar el proceso de promoción de los alumnos repitentes que lo soliciten y cumplan con los requerimientos dentro del primer período académico
Protocolizar mediante un acta los procesos de promoción anticipada de los estudiantes durante el primer período académico.
Solicitar al Consejo académico su intervención en los procesos y resultados académicos.
Convocar a sus reuniones a los docentes que considere deben participar en los análisis de los procedimientos y resultados del sistema institucional de evaluación y promoción.
Colaborar con las acciones y orientaciones que imparta el Consejo académico
 
 
  1. PROCEDIMIENTO:
 
 
Habrá quórum con la mitad más uno de los integrantes de la Comisión
 
Los afectados podrán interponer recurso de reposición anta la misma Comisión, en un término máximo de 3 días hábiles después de su notificación. Si se negare la reposición, podrá apelarse ante el Consejo Académico dentro de los 5 días siguientes y ésta será la última instancia dentro de la institución
 
El debido proceso debe garantizar todos los derechos del estudiante, la práctica de pruebas, descargos, escuchar a las partes, evaluar circunstancias atenuantes o agravantes, obrar con imparcialidad, respetar la intimidad, velar por la integridad moral y por los derechos del menor, tener en cuenta a su representante legal, etc.
NOTA: Los miembros de la Comisión de Evaluación tendrán los mismos derechos, deberes, estímulos y sanciones contemplados para los integrantes del Consejo Directivo, Consejo Académico y Comisiones de Promoción.
 
El Período será de un año, pero podrán continuar en en sus cargos si no han sido reemplazados. Podrán ser reelegidos siempre y cuando sigan perteneciendo al estamento que representan.
 
 
  1. Recomendaciones para el procedimiento:
 
Tomar las decisiones por mayoría simple de los asistentes. Habrá quórum con la mitad más uno de los asistentes.
 
  1.  Reuniones - Quórum y Decisiones:
 
1).       La Comisión sesionará con la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros, es decir, las dos terceras partes.
 
2).       La Comisión se reunirá ordinariamente al final de cada período y al final del año lectivo, y extraordinariamente cuando se requiera, con previa citación del moderador de la comisión.
 
3).       La Comisión de Promoción será quien define el concepto final de promoción, mediante levantamiento de la respectiva acta, con voto secreto y mayoría absoluta.
 
4).       La toma de decisiones de promoción anticipadas, será por mayoría absoluta, es decir, las dos terceras partes, y mediante voto secreto.
 
  
f). Funciones de los Integrantes:
 
Moderador:
 
1).       Citar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias.
 
2).       Velar por el estricto cumplimiento de los procedimientos estipulados en el presente reglamento.
 
3).       Rendir los informes sobre las actuaciones de la Comisión que le sean solicitados por el Consejo Directivo, el Consejo Académico o le Rector.
 
4).       Firmar las actas e informes emitidos por la comisión.
 
 La reunión estará presidida por rector o en su defecto, el Coordinador académico
 
 
Secretario:
 
1).       Elaborar las actas y los informes correspondientes a las sesiones realizadas, las que reposarán en el archivo de la secretaría del plantel.
 
2).       Recibir y enviar la respectiva correspondencia.
 
3).       Firmar las actas e informes que se realicen.
 
NOTA: El secretario será elegido entre los miembros de la Comisión, por mayoría simple, mediante voto secreto y para un período de un año lectivo.
 
Funciones de los Profesores:
 
 
Participar en las comisiones de evaluación y promoción de cada período y final y aportar los cuadros de seguimiento y demás informaciones requeridas.
 
Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias que se programen.
 
Participar activa y responsablemente de las actividades, aportando ideas e iniciativas que contribuyan a la toma de decisiones acertadas.
 
Acatar las decisiones que la Comisión tome por mayoría absoluta y firmar las actas respectivas, por parte de todos los miembros.
 
4).       Ningún miembro de la Comisión está facultado para divulgar decisiones tomadas en las sesiones de la misma, a excepción del moderador.
 
  1. Derechos de los Miembros:
 
1).       Cada integrante tiene derecho a voz y voto.
 
2).       a presentar propuestas e ideas que propendan por el buen funcionamiento de la Comisión.
 
3).       A que se les respeten sus opiniones.
 
  1. Sanciones:
 
A los miembros de la Comisión que incumplan sus deberes les serán aplicadas las siguientes sanciones:
 
1)..      Amonestación verbal en las reuniones.
 
2).       Si reincide se hará amonestación escrita, firmada por los miembros de la Comisión y con copia a la hoja de vida.
 
 
 
5. MODIFICACIONES PARA EL SISTEMA DE RECUPERACIONES A PARTIR DEL AÑO 2009
 
 
a). RECUPERACIONES DE AÑO LECTIVO ACTUAL
 
1). PRUEBAS POR PERÍODO ACADÉMICO
 
El docente de cada área diseñará una prueba por cada periodo, donde se compilarán los temas vistos durante en el período respectivo. El resultado de esta prueba, según el porcentaje de logros adquiridos podrá servir como recuperación de la totalidad de logros alcanzados por el estudiante en ese período académico, además, el estudiante podrá continuar los procesos regulares de recuperación con los docentes.
 
La Coordinación Académica diseñará un cronograma de aplicación de las pruebas en todos los grados antes de terminar el periodo, la dará a conocer tanto a docentes y a estudiantes, ubicando la fecha, el grado, el área y el docente a cargo del área.
 
2).LA VALORACIÓN:
 
El estudiante deberá tener los siguientes porcentajes para aprobar la prueba y recibir la valoración de los logros en el período:
 
70% - 79%:    ACEPTABLE
80% - 89%:    SOBRESALIENTE
90% - 100%: EXCELENTE
 
 
b). RECUPERACION DE AÑOS ANTERIORES
 
Los docentes de área se reunirán y diseñaran una prueba integral por cada grado, donde se abarquen todos o la mayoría de los logros que deban los estudiantes. En este proceso se debe tener prelación en los calendarios por los estudiantes del grado undécimo del presente año lectivo o de otros años sin graduarse.
Los estudiantes conservan el derecho hacer las recuperaciones por el sistema anterior: logro por logro, basándose en las actividades de recuperación indicadas en el boletín final de calificaciones.
 
La prueba la aplicará el docente que sirve el área en el momento en el grado a recuperar.
 
La Coordinación Académica diseñara un cronograma de aplicación de las pruebas para recuperar años anteriores en periodos semestrales, el cual se hará en el horario de la tarde y se programará por área y grados, así cualquier estudiante que deba de ese grado podrá ir a presentar la prueba. 
 
Es muy importante que con una antelación de mínimo tres días, el estudiante se acerque al docente y le presente el boletín del 5 periodo del año a recuperar para este sacar la papelería necesaria y llevar a cabo la prueba. El estudiante asumirá el costo de las copias.
 
 
LA VALORACIÓN:
 
El estudiante deberá tener los siguientes porcentajes para aprobar la prueba y recibir la valoración de los logros en el período:
 
70% - 79%:    ACEPTABLE
80% - 89%:    SOBRESALIENTE
90% - 100%: EXCELENTE
 
Se continuará con la vigencia de criterios de recuperación, como: la homologación o reconocimiento de saberes, para ello debe existir comunicación entre los docente de las áreas, con el fin de determinar si un estudiante que cursa un grado superior al que tiene procesos de recuperación pendientes, le ha demostrado al docente que ya ha adquirido los logros pendientes en un área respectiva. Cuando esto se evidencie, cualquiera de los dos docentes podrá elaborar el acta de recuperación.
 
Acuerdo el Consejo Académico, mediante Acta NRO. 2 del 19 de Enero de 2009.
 
A partir del 6 de febrero del presente año, se establece un nuevo procedimiento para el diligenciamiento de las actas de recuperación:
 
Una vez el docente ha finalizado y comunicado al estudiante la aprobación de todos los logros de años anteriores no alcanzados, el estudiante entregará al docente el acta, para que éste la elabora en su totalidad y la entregue personalmente al Coordinador Académico, quien a su vez la registrará en un formato especial para tal efecto. Posteriormente, el Coordinador las entregará en la Secretaría para su registro en el sistema de notas.
 
El Coordinador académico deberá garantizar la celeridad oportuna para que el docente elabore el acta del estudiante que ya ha recuperado los logros de cada área. El docente deberá elaborar el acta de recuperación y entregarla a la Coordinación académica en un plazo no mayor a dos días después de finalizado el proceso de recuperación.
 
 
c). CRITERIOS PARA LOS PROCESOS DE RECUPERACIÓN DE AÑOS ANTERIORES AL 2.009, PARA LOS ESTUDIANTES MATRICULADOS
 
Los estudiantes que deban logros de años anteriores al año 2.009, recuperarán las asignaturas con la aprobación del 80% de los logros académicos vistos en el grado y año respectivo.
 
Para la verificación del porcentaje del 80% de aprobación, el estudiante deberá presentarle al docente los boletines de los cuatro períodos y el final.
Como en los años 2.003 al 2.006, el cuarto período se elaboraba como el final, donde se recopilaban los logros no ganados en el año, para poder determinar la totalidad de los logros vistos y su valoración, deberán buscarse en los diarios de campo los logros correspondientes al cuarto período.
 
Si no pudieran verificarse los logros del cuarto período de los años 2.003 al 2.006 por no existir el diario de campo, se establecerá el porcentaje sobre 8 logros cuando las asignaturas tengan una intensidad de una o dos horas semanales y 16 logros si las asignaturas tienen tres o más horas semanales.
 
Para la recuperación de los estudiantes que llegaron de otras Instituciones en años anteriores al 2.009 debiendo logros en uno o varios períodos o en la calificación final, y que sólo traen valoraciones en letras, y que no pueden aportar los textos de los logros, presentarán exámenes integrales de período, según los logros vistos en la Institución Educativa Juan de Dios Uribe. Esta prueba se ganará con la aprobación del 70% de los logros descritos en el examen. De no aprobarse el examen integral de período, según calendario que se le establezca, todos estos logros deberán tenerse en cuenta en el establecimiento del porcentaje del80% requerido para la aprobación de la recuperación.
 
Si el estudiante involucrado en el numeral No. 5, no aceptara dicho procedimiento deberá realizar el proceso de recuperación en la Institución donde cursó los períodos o el grado.
 
 
Para la recuperación de los estudiantes que en años anteriores al 2.009 ingresaron a la Institución al finalizar el primer período y que por esa causa no tienen registros de logros ganados o perdidos, deberán nivelarse en los logros vistos en el primer período y presentar prueba integral que se ganará con la aprobación del 70%. El resultado obtenido se tendrá en cuenta con los logros vistos y ganados en segundo, tercero y cuarto períodos, para la definición del 80% requerido para aprobar la recuperación.
 
Para el proceso de recuperación de los estudiantes que asistieron a la Institución Educativa Juan de Dios Uribe sin matricularse durante el primer período en años anteriores, y que no le fueron registradas sus valoraciones, los docentes deberán recurrir al diario de campo para contabilizar los logros vistos y ganados, y poder así, establecer el porcentaje total. De no existir el diario de campo, se tendrán en cuenta los períodos segundo, tercero y cuarto y el boletín final.
 
Cuando un estudiante no tenga todos los períodos en una o varias asignaturas porque no había docente y/o estaba incapacitado, se tomarán en cuenta los períodos registrados.
 
 Siempre que el boletín final remita al diario de campo para ver otros logros que deben recuperarse, deberá ejecutarse dicho procedimiento.
 
 Cuando a un estudiante le quedaran faltando logros ganados para completar el 80% requerido para aprobar el proceso de recuperación, el docente le asignará los logros que debe recuperar.
 
Para las recuperaciones de los grados cursados en años anteriores al 2.003, se consultarán los diarios de campo, de no existir los diarios de campo, el docente seleccionará el 80% de los logros del plan de estudios actual, los cuales deberá recuperar en su totalidad.
 
 
6. CRITERIOS PARA LA PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS EN EL AÑO 2.009
 
Los alumnos para ser promovidos en el año 2.009 deberán aprobar mínimo el 80% de los logros académicos vistos durante el año en cada asignatura.
 
Cuando los estudiantes provienen de otras Instituciones y sólo traen valoraciones en letras en uno más períodos, y algunas asignaturas figuran con conceptos de insuficiente o deficiente, antes del cálculo del 80%, al alumno se le deberá hacer un examen de los logros vistos en la Institución Educativa Juan de Dios Uribe durante el período o períodos donde presenta la asignatura perdida. Esta prueba se ganará con la aprobación del 70% de los logros descritos en el examen. De no aprobarse el examen integral de período, según calendario que se le establezca, todos estos logros deberán tenerse en cuenta en el establecimiento del 80% final.
 
Cuando algunos estudiantes ingresen a la Institución al finalizar el primer período y no se alcance a asignarle notas, deberán nivelar y recuperar los logros que hayan visto en el período, presentando pruebas de período que deben ganarse con el 70%, si aún quedaran los logros sin recuperar éstos se contabilizarán para el 80% final.
 
Si el estudiante asistió sin matricularse durante el primer período, los docentes deberán recurrir al diario de campo para recopilar las respectivas notas y registrarlas en el software académico de la secretaría.
 
Cuando un estudiante no tenga todos los períodos en una o varias asignaturas porque no había docente y/o estaba incapacitado, se tomarán en cuenta los períodos registrados.
 
Se tomará como documento oficial en la reunión de las comisiones de evaluación y promoción, el consolidado final del cuadro de seguimiento de logros académicos, donde deben consignarse la cantidad de logros académicos ganados y no ganados. De esta información se desprenderá la promoción final de las asignaturas, con el 80% o más de logros alcanzados.
 
El cuadro final de seguimiento de logros académicos que el docente presente en la reunión no podrá modificarse una vez finalice la reunión, excepto que haya una reclamación de los estudiantes o los acudientes por inconformidad frente lo allí consignado. Estos casos deberán llevarse a estudio de la comisión de evaluación y promoción respectiva y del docente que sirvió la asignatura.
 
En todo caso las notas registradas en los tres primeros períodos deberán tenerse en cuenta fielmente cuando se elabore el cuadro final de seguimiento de logros académicos. Igual parámetro deberá seguirse cuando se digite el cuarto período para que al estudiante le coincidan la cantidad de logros vistos ganados o no con el cuadro final de logros por asignatura.
 
Los estudiantes del grado undécimo que pasen a las universidad mediante la presentación de examen de admisión (Universidades de Antioquia o Nacional), y que sólo pierdan dos asignaturas en total, así sean de diferente grado, y que no pertenezcan al pénsum básico de la carrera, la comisión de evaluación y promoción, previa verificación, lo promoverá y autorizará su graduación.
 
La Institución deberá verificar la veracidad del paso del estudiante a la universidad, sólo así la comisión podrá proceder al análisis del caso.
 
Una vez realizada la reunión de la comisión de evaluación y promoción y los docentes del grado undécimo, y queden estudiantes perdiendo dos asignaturas en total, que pueden ser de un mismo grado o diferentes, la comisión analizará en forma integral a estos alumnos, y podrá o no promover dichos estudiantes y autorizar su graduación.
 
Los docentes de las áreas consideradas por la comisión de evaluación y promoción del grado undécimo y que sean objeto de promoción y de autorización para la graduación de estos estudiantes, ya sea porque pasaron a la universidad o porque sólo perdieron dos asignaturas en total, deberán elaborar y firmar las respectivas actas de recuperación. Si por cualquier circunstancia, el docente no lo hiciera, el Coordinador Académico podrá elaborarlas y firmarlas.
 
Si un estudiante llega de otra Institución durante el año 2.009 y en las notas que trae de uno o varios períodos no tiene ninguna valoración insuficiente o deficiente, y en el período o períodos vistos en esta Institución pierde logros en alguna o varias asignaturas, para establecer el 80% para la promoción, se cuantificarán la totalidad de los logros vistos en la Institución durante los cuatro períodos.
 
Cuando se presenten decimales en la cuantificación de los logros al aplicar el porcentaje del 80%, estos se aproximarán a la unidad inferior si el decimal es inferior al 0.5 y a la unidad superior si el decimal es de 0.5 o más.
Cualquier duda, caso no considerado o diferencia en la interpretación de lo              expuesto en este documento sobre el proceso de promoción para el año 2.009, será estudiado y decidido por el Consejo Académico.
 
 
7. CRITERIOS ESPECIALES ESTABLECIDOS POR EL CONSEJO ACADÉMICO PARA LA PROCLAMACIÓN O GRADUACIÓN DEL GRADO 11, AÑO 2.009
 
Los contemplado en el decreto 0230 de 2.002.
Si el estudiante queda debiendo logros en una o dos asignaturas, la Comisión de evaluación del grado 11, estudiará estos casos, analizando la integralidad del alumno y podrá determinar o no su proclamación.
Cuando un estudiante pasa a la Universidad mediante la presentación de examen de Admisión (Universidad de Antioquia y Universidad Nacional, y pierde en el año lectivo que está cursando, logros hasta en dos asignaturas, éste podrá ser proclamado y graduado, siempre y cuando las asignaturas perdidas no pertenezcan al pénsum básico de su carrera.
Los resultados de las pruebas ICFES, podrán convalidarse u homologarse, según los resultados obtenidos dentro de unos rangos de puntaje elaborados por cada docente. Estos puntajes harán acreedor a los estudiantes al reconocimiento de los logros de uno o varios años o grados.
 
B.MANUAL DE FUNCIONES
 
  1. COORDINADORES ACADÉMICO
 
Responder ante el Rector por el funcionamiento y buena marcha de las especialidades
 
Conceder permisos a los alumnos de su modalidad.
 
Cumplir y hacer cumplir el reglamento y todas las disposiciones rectorales para el corrector funcionamiento del plantel.
 
Supervisar que los profesores cumplan los programas, preparen bien sus clases y controlar el adelanto de los alumnos en cada asignatura.
 
Revisar la planeación de cada profesor y hacer las recomendaciones pertinentes.
 
Revisar y firmar los diarios de campo y los boletines de calificaciones.
 
Dirigir, controlar y asesorar los procesos académicos
 
Asesorar al Rector en todo lo referente a su modalidad.
 
Distribuir a los alumnos de su modalidad en cada grupo y cambiarlos de grupo cuando sea conveniente.
 
Llamar la atención a los profesores, empleados y alumnos, cuando sea necesario, con cortesía y prudencia.
 
Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación Institucional.
 
Asesorar a los profesores en la planeación y desarrollo de los programas.
 
 
Atender debidamente a los profesores, padres y alumnos.
 
Oír los reclamos y sugerencias que se planteen y tomar las decisiones.
 
Controlar la asistencia de los profesores y alumnos.
 
Presidir las reuniones de los equipos docentes cuando el rector no esté presente
Presidir las reuniones de las comisiones de evaluación y promoción
 
Velar por la buena presentación del personal y por el orden y aseo del plantel.
 
Informar oportunamente al Rector sobre cualquier irregularidad y rendir los demás informes que se le soliciten.
 
Informar a los padres de familia y a los alumnos que van a ingresar, todo lo referente a su modalidad, requisitos, etc..
 
Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.
 
Leer y explicar el reglamento a los alumnos.
 
Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales que le sean confiados.
 
Las demás funciones que se asignen de acuerdo con su cargo.
 
 
  1. FUNCIONES DEL COORDINADOR DE CONVIVENCIA
 
Velar por que se toque la campana oportunamente.
 
Velar por que las puertas se abran o cierren oportunamente.
 
Informarse de los profesores ausentes y ordenar lo pertinente a los grupos en que tengan clase.
 
Revisar la llegada oportuna de profesores y alumnos a clase.
 
Controlar las actividades de los alumnos que no tengan clase para evitar desórdenes y perturbaciones.
 
Enterarse de las faltas cometidas por los alumnos, iniciar las investigaciones y seguir los procedimientos legales para su sanción.
 
Aplicar sanciones a los estudiantes, según competencias dadas por el Manual de Convivencia.
 
Vigilar para que no entren al plantel animales o personas de la calle que puedan causar daños o desórdenes.
 
Procurar que las aulas estén abiertas oportunamente.
 
Conceder permisos a los alumnos para ausentarse del plantel y cerciorarse de que ellos informen al respectivo profesor.
 
Hacer respetar las aulas asignadas a cada grupo.
 
Cuidar que los enseres, mobiliario, etc. se conserven en los sitios adecuados.
 
Ejercer vigilancia constante para impedir daños, robos, desórdenes, etc..
 
Hacer observaciones generales o particulares para lograr la buena marcha de la disciplina del establecimiento.
 
Llamar la atención cortésmente a los alumnos cuando lo estime conveniente.
 
Velar por que todos los alumnos se presenten correctamente uniformados al plantel.
 
Informar a los coordinadores académicos o al rector sobre cualquier irregularidad que se suceda.
 
Rendir los informes que se le soliciten.
 
Cumplir las demás funciones acordes con su cargo que le sean asignadas.
 
  
  1. REGLAMENTO DE LA COMISIONES DE CONVIVENCIA
  
  1. OBJETIVOS:
 
Tomar las decisiones sobre los procesos disciplinarios cuando le competan según el manual de convivencia.
 
Aplicar los correctivos aconsejables pedagógicamente para solucionar las situaciones conflictivas que se presenten respecto a los alumnos.
 
Ofrecer los estímulos para aquellos grupos o personas que sobresalgan por su disciplina.
 
 
b.FUNCIONES:
 
Analizar periódicamente la disciplina general del establecimiento e informar por escrito a la comisión de evaluación
 
Proponer al Consejo Directivo estímulos para los alumnos o los grupos que sobresalgan por su excelente comportamiento disciplinario.
 
Determinar los correctivos disciplinarios según las facultades que le fueron asignadas por el manual de convivencia.
 
Estudiar y resolver los recursos de reposición o apelación que le correspondan
 
Prescribir acciones pedagógicas tendientes a lograr la convivencia armónica y pacífica de la comunidad educativa.
 
Asesorar y apoyar a los educadores y a los directivos del plantel para el mejoramiento continuo de la disciplina y el respeto permanente de los derechos de todos los estamentos de la comunidad educativa,
 
Promover campañas y actividades para optimizar el trato cortés y amable, lo mismo que las relaciones humanas, basadas en el respeto mutuo y en el reconocimiento de los valores humanos.
 
Comprometer a los padres de familia y demás estamentos en actividades de refuerzo y apoyo a las normas comportamentales de la institución
 
Favorecer el pleno desarrollo de los educandos en cuanto a su potenciación para tomar decisiones, adquisición de criterios propios, ejercicio de la responsabilidad y desarrollo de las habilidades comunicativas y de convivencia.
 
Realizar las investigaciones para los procesos disciplinarios que le competen
 
Aplicar las sanciones que le estipula el régimen de procedimientos de las faltas leves y graves.
 
 
c.CONFORMACIÓN DE LAS COMISIONES DE CONVIVENCIA
 
Las comisiones de convivencia estarán integradas por los directores de grupo, un docente que dé clase en el grupo y el coordinador de convivencia. En la básica primaria, cuando sólo hay un grupo por grado, la comisión de comportamiento estará integrada por el director de grupo y el coordinador de convivencia..
 
 
d.PROCEDIMIENTO:
 
Habrá quórum con la mitad más uno de los integrantes de la comisión.
 
El presidente de la comisión será el coordinador de convivencia y la comisión nombrará al Secretario de entre sus integrantes. El Presidente citará y presidirá las sesiones.
 
El Rector podrá asistir a las sesiones de la Comisión con carácter asesor.
 
No podrá haber suplentes entre sus miembros
 
Se levantará acta de cada sesión, firmada por su Presidente y Secretario.
 
Los análisis serán notificados por escrito por el Presidente exclusivamente a la Comisión de convivencia.
 
Todos los miembros obrarán con honestidad y sin incurrir en infidencias.
 
Expedir un acta de cada reunión.
 
Las resoluciones de los actos administrativos de las sanciones serán firmadas por el rector.
 
NOTA: Los miembros de las comisiones de convivencia tendrán los mismos derechos, deberes, estímulos y sanciones contemplados para los integrantes del Consejo Directivo, Consejo Académico y Comisiones de Promoción y Evaluación.
 
El Período será de un año, pero podrán continuar en sus cargos si no han sido reemplazados. Podrán ser reelegidos siempre y cuando sigan perteneciendo al estamento que representan.
 
 
4. FUNCIONES DE LOS PROFESORES:
 
  • Dictar las clases que le corresponden de acuerdo con el horario del plantel y con los programas oficiales.
  • Participar activamente en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área respectiva.
  • Asistir a las reuniones del Consejo de Profesores, de equipos docentes, etc..
  • Cumplir la jornada laboral que le corresponda.
  • Programar y organizar las actividades de enseñanza-aprendizaje de las asignaturas a su cargo.
  • Colaborar con la organización y disciplina del plantel.
  • Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza-aprendizaje.
  • Atender a las indicaciones del Rector o del Coordinador sobre metodología, procedimientos, tareas y demás aspectos pedagógicos.
  • Cumplir las comisiones que se le encomienden.
 
  • Rendir los informes que se le soliciten.
  • Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignada.
  • Participar en los actos de comunidad del plantel y en los comités en que sea requerido.
  • Observar una conducta adecuada a su cargo y cumplir fielmente sus obligaciones personales.
  • Colaborar en la vigilancia o calificación de exámenes extraordinarios.
  • Diligenciar correcta y oportunamente los libros reglamentarios: El diario de campo, los registro de asistencia y evaluaciones, planillas, los cuadros de seguimiento de logros académicos por período y los consolidaos finales y presentarlos al Coordinador Académico en las fechas determinadas.
  • Mantener el orden y la disciplina durante las clases.
  • Consignar en los libros de observaciones las faltas cometidas por los alumnos, durante las clases o fuera de ellas, dentro o fuera del plantel, y aunque se trate de alumnos de grupos o jornadas en las cuales no dicte clases y no obstante que no le corresponda el turno de disciplina.
  • Mantener con sus alumnos una prudente y adecuada amistad y observar una respetuosa y digna actitud en sus relaciones y trato con ellos.
  • Seguir el conducto regular en la solución de los conflictos con sus alumnos o con otras personas.
  • Atender con cortesía a los alumnos, padres de familia y demás personas.
  • Oír y analizar con actitud positiva las sugerencias y reclamos de sus alumnos y propiciar el diálogo con todos.
  • Cumplir y hacer cumplir las normas legales vigentes.
  • Participar en las actividades co-curriculares o extracurriculares.
  • Dar trato cortés a sus compañeros, alumnos y demás personas.
  • Hacer acompañamiento pedagógico en los descansos
  • Diligenciamiento oportunamente el diario de campo con todos sus elementos
  • Crear estrategias pedagógicas que aminoren las diferencias en los aprendizajes detectadas en el proceso de enseñanza aprendizaje
  • Evidenciar mediante las herramientas que le da el diario de campo y el trabajo de aula los diferentes ritmos de aprendizaje
  • Realizar el plan de estudios siguiendo los lineamientos curriculares y los estándares de competencias establecidos por el Ministerio de Educación Nacional.
  • Hacer ajustes metodológicos como consecuencia de los resultados académicos de los estudiantes
  • Realización de las actividades de apoyo inscritas en la planeación u otras que surjan de las relaciones pedagógicas docente alumno.
  • Identificación de ritmos de aprendizaje, limitaciones y destrezas de los estudiantes para los ajustes metodológicos, pedagógicos y de evaluación
  • Informar a los estudiantes oportunamente sobre las competencias a desarrollar en el período, los indicadores y actividades a evaluar.
  • Devolver las evaluaciones, trabajos, tareas, consultas a los estudiantes en un plaza máximo de 8 días.
  • Citar a los padres de familia y analizar conjuntamente con ellos el estado de desarrollo académico, en actitudes y en comportamiento y hacer acuerdo de superación.
  • Entregar en los plazos fijados los planes de estudio
  • Diligenciar a tiempo los instrumentos de evaluación y promoción a la secretaría para la elaboración de los boletines de período.
  • Participar en las comisiones de evaluación y promoción de cada período y final y aportar los cuadros de seguimiento y demás informaciones requeridas.
  • Informar a los estudiantes sobre las notas numéricas que éste ha sacado en las diferentes pruebas practicadas.
  • Entregar en la Coordinación académica todos los diarios de campo (físicos o virtuales) que le corresponde diligenciar.
  • Cumplir con los cronogramas de recuperación o actividades de apoyo
  • Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias que se programen.
  • Participar activa y responsablemente de las actividades, aportando ideas e iniciativas que contribuyan a la toma de decisiones acertadas.
  • Acatar las decisiones que las Comisión tomen por mayoría y firmar las actas respectivas.
  • Cumplir en su integridad con el sistema institucional de evaluación y promoción
  
5.         FUNCIONES DEL CONSEJO GENERAL DE PROFESORES:
 
 
El Consejo General de Profesores, o sea, la Asamblea de Docentes del plantel, reunidos formalmente, con quórum reglamentario, tendrá las siguientes funciones:
 
a.         Función básica: Asesorar al Rector en la fijación de objetivos específicos, políticas y normas disciplinarias.
 
b.         Actuar como organismo disciplinario, según las normas vigentes.
 
c.         Absolver las dudas sobre interpretación y aplicación del reglamento y determinar la gravedad de las faltas no especificadas en él.
 
d.         Comisionar a los profesores para actividades determinadas.
 
e.         Nombrar los representantes ante los organismos que tienen participación de los docentes.
 
  1. Proponer al Rector, Secretaría de Educación y autoridades, las actividades o disposiciones que propendan al adelanto del plantel o del personal docente.
  2. Analizar el desarrollo del sistema institucional de evaluación y promoción y proponer modificaciones.
  
6.         JORNADAS
 
La Institución ofrece dos jornadas: una jornada ordinaria, tanto en la sede de San Luis como en la Sede Luis Gutiérrez. En la sede tradicional de la Institución sirve los grupos desde preescolar hasta el grado undécimo y tiene las especialidades agropecuaria e industrial. En la sede Luis Gutiérrez se trabajan grupos desde preescolar hasta quinto de básica primaria. La otra jornada es la nocturna con especialidad académica y atiende los Cleis 2, 3, 4, 5 y 6.
 
La especialidad Académica Nocturno se rige por el decreto 3011 de 1997
 
La resolución de aprobación de estudios es la No. 0664 del año 2002
 
 
7.. FUNCIONES DE LOS EQUIPOS DOCENTES:
 
Están integrados por los profesores según los grados en los que dictan clases, conformándose uno por cada uno de ellos y uno por cada CLEI de la jornada nocturna. 
 
Sus funciones son:
 
Celebrar reuniones periódicas para analizar el rendimiento académico y comportamiento de los alumnos
 
Colaborar en los análisis para la promoción final de los alumnos
 
Proponer las acciones tendientes a mejorar la disciplina y el rendimiento académico.
 
Proponer al Coordinador los cambios de alumnos     de un grupo a otro, cuando se estime conveniente.
 
 
8. FUNCIONES DEL CONSEJO SECCIONAL DE PROFESORES:
 
 
Está constituido por el Coordinador Académico y los profesores de cada Especialidad. Sus funciones son las mismas del Consejo General de Profesores, pero circunscritas a la modalidad respectiva. En casos especiales será presidido por el Rector.
 
9. FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRUPO:
 
Ejecutar el programa de inducción de los alumnos de su grupo.
 
Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.
 
Orientar a sus alumnos en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico.
 
Establecer comunicación permanente con los padres de familia y con los demás profesores para coordinar la acción educativa y colaborar en la solución de los conflictos de sus alumnos.
 
Responder ante el coordinador académico por el correcto y oportuno diligenciamiento de los libros reglamentarios: ficha acumulativa, de seguimiento académico y disciplinario.
 
Servir de conducto regular entre sus alumnos y los demás profesores y directivos.
 
Mantener contacto permanente con sus alumnos y atender con amabilidad sus sugerencias, reclamos, etc.
 
Promover y dirigir actividades y estímulos entre sus alumnos.
 
Elaborar los boletines de calificaciones y asistencia, y entregarlos a los padres de familia en sus reuniones.
 
Idearse mecanismos adecuados para mejorar el rendimiento académico y el comportamiento de sus alumnos.
 
Rendir los informes que se le soliciten.
 
Ganarse la confianza de sus alumnos para lograr su colaboración.
 
 
10. FUNCIONES DE LAS ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES:
 
a.         Propender al desarrollo integral de la personalidad de los alumnos.
 
Descubrir y fomentar las aptitudes especiales no detectables dentro de las labores académicas normales.
 
Permitir al alumno su participación en la organización de actividades del establecimiento.
 
Buscar y fomentar la unión entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
 
e. Colaborar en la proyección del plantel a la comunidad.
 
Cooperar con el plantel en la prestación más eficiente de los servicios de bienestar estudiantil.
 
Despertar el espíritu cívico y proyectarlo a la comunidad.
 
NOTA: La institución facilitará toda la libertad posible para que los alumnos se organicen en diferentes actividades extracurriculares, bajo la orientación de uno o varios profesores. La participación del alumno es voluntaria.
 
 
11. PERFIL DEL CONCILIADOR ESTUDIANTIL:
 
a.         Será una persona que como joven tenga una personalidad madura
 
b.         Será una persona con capacidad de escucha, para poder lograr una mejor visión del problema.
c.         Será responsable con sigo mismo y con sus deberes en la institución.
 
d.         Será imparcial frente a la problemática dada.
 
e.         Será reservado frente a la problemática, sin hacer comentarios fuera de las instancias requeridas.
 
f.          Buscará constante información y asesoría para mejorar cada vez la calidad de su desempeño.
 
Deberá ser un alumno de los tres últimos grados que ofrece el plantel.
 
 
FUNCIONES DEL CONCILIADOR ESTUDIANTIL
 
a.         Conocer a cabalidad el Manual de Convivencia.
 
b.         Hacer del conflicto mismo una alternativa de mejoramiento.
 
c.         Buscar causas y consecuencias que generan los conflictos para mejor solución del problema.
 
d.         Concretar entre las partes implicadas los compromisos y tareas para mejorar dificultades.
 
e.         Realizar un seguimiento de los conflictos presentados con el fin de retroalimentar los procesos de mejoramiento.
 
f.          Debe consignar por escrito la problemática, causas, correctivos, compromisos y seguimiento del mismo, formado entre las partes respectivas.
 
g.         En caso de no solucionar el conflicto dentro de la concertación y el diálogo de ambas partes, el caso pasará a las instancias requeridas, dándose como cumplida la función del conciliador.
 
h.        Realizar dentro de la institución campañas educativas tendientes hacia la prevención del conflicto.
i.          Los alumnos deben acudir al conciliador entre las 24 horas siguientes al conflicto mismo.
 
j.          La institución se compromete a respetar la intermediación del conciliador y en caso de llegar a compromisos y tareas de cambio real por las partes, esto será tenido en cuenta en favor de los implicados ante la posible aplicación de las normas contempladas en al Manual de Convivencia.
 
 
 12. PERFIL QUE DEBE TENER UN ESTUDIANTE ASPIRANTE A LA PERSONERÍA, AL CONSEJO DIRECTIVO Y AL CONSEJO ESTUDIANTIL.
 
Un primer trabajo lo realizaron los estudiantes que participaron en el SEMINARIO DE LIDERAZGO, de allí surgió la necesidad de recoger el sentir de todos los estudiantes, para tener un marco de referencia que diera cuenta de la idoneidad de todos aquellos que se postulan para hacer parte de los distintos organismos del Gobierno escolar. Por lo tanto su elección no puede ser fruto de la improvisación, de empatías o antipatías.
Se consideró pertinente y urgente que estos estudiantes reúnan el siguiente perfil:
 
Tener más de un año de vinculación a la Institución.
Poseer una HOJA DE Vida que respalde su aspiración.
Conocedor y cumplidor de la norma (Manual de Convivencia)
Que su campaña no apunte tanto a hacer cosas materiales, que muchas veces no puede cumplir, sino a actividades que realmente lleven a la Comunidad Educativa a un crecimiento integral.
Debe saber tomar decisiones rápidas y eficaces.
Ser culto, disciplinado y que responda académicamente bien.
Ser líder positivo en el trabajo comunitario del Liceo.
Poseer y que sea realmente visible su sentido de pertenencia.
Que tenga compromiso y que éste sea respaldado con sus acciones.
Responsabilidad efectiva en todo su quehacer de estudiante.
Honestidad: Vivenciada en su ser de estudiante por todas sus acciones limpias y transparentes.
Organizado: Con alto sentido del orden y limpieza personal y escolar.
Respetuoso: Consigo mismo, con sus compañeros, educadores y Comunidad educativa en general.
Creativo , Tolerante y objetivo: Valores que vivenciará en todas sus acciones especialmente cuando haya que entrar a solucionar problemáticas personales o grupales.
Que tenga disponibilidad de tiempo, y que tenga clara sus metas y objetivos.
 
13. PERSONERO (A) DE LOS ESTUDIANTES: Decreto 1860 Art. 28.
 
Será un estudiante que curse el grado último ofrecido por la Institución y elegido democráticamente por los estudiantes matriculados o con renovación de matrícula para el año lectivo que es elegido el Personero. Tiene la responsabilidad de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes que consagran la Constitución Política de Colombia, las Leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
 
Esta responsabilidad la ejerce PARTICIPANDO como líder comprometido en todas las actividades que se realicen en la Comunidad Educativa.
 
  1.  FUNCIONES DEL PERSONERO (A) Decreto 1860/94
 
Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes.
Recibir y evaluar las quejas y reclamos que te presenten sus compañeros cuando consideren que se han lesionado sus derechos.
Así mismo, las formuladas por las personas de la Comunidad que consideren que los estudiantes están alterando la convivencia en la comunidad.
Acudir al Consejo Directivo cuando sea necesario para apelar las decisiones del Rector en relación con las peticiones que ha presentado.
Estar atento y actuar para que se conozca y se cumpla el Manual de Convivencia.
Promover la participación en el estudio y elaboración del Proyecto Educativo Institucional PEI y el Manual de Convivencia.
Actuar como conciliador entre directivos, administradores, profesores, estudiantes y Padres de Familia cuando se presenten conflictos.
Promover espacios y dinámicas para la construcción de valores y propuestas de convivencia.
Con autoridad moral, de tal manera que lo que exija, esté respaldado por sus acciones.
Ser puntual en todos los eventos escolares.
Que hable siempre con la verdad y que respete las ideas de los demás aunque no comparta muchos puntos de vista.
Ser ejemplo para los demás estudiantes dentro y fuera del plantel.
Tener buenas relaciones con las demás Instituciones.
 
  
b.FUNCIONES DEFINIDAS EN LA CIRCULAR 000256 DEL 3 DE NOVIEMBRE DE 1.998 SEDUCA-DIRECCIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN EDUCATIVA.
 
Defender los derechos y deberes de los estudiantes.
Promover y velar porque el estudiante actúe con libertad y respeto de conciencia.
Estar atento al Manual de Convivencia.
Asesorar con objetividad al estudiante que sea sancionado para que interponga los recursos ante las autoridades del Plantel educativo.
Instruir debidamente a los estudiantes que manifiesten la intención de formular alguna petición o queja.
Promover la ejecución de las leyes, disposiciones administrativas y Manual de Convivencia, que se refieren a la organización y actividad del establecimiento educativo.
Adelantar las averiguaciones que considere necesarias sobre los hechos que a su juicio impliquen situaciones irregulares y formular las recomendaciones quejas e inquietudes a que hubiere lugar.
Promover ante las autoridades que conforman el gobierno escolar, lo que estime conveniente para el mejoramiento y prosperidad del Plantel educativo.
Estar atento al correcto funcionamiento y desarrollo de las actividades que deben cumplir las autoridades del gobierno escolar.
Velar y promover el correcto funcionamiento de la participación de la Comunidad Educativa, en las diferentes elecciones y actividades que se desarrollen en el establecimiento educativo.
Denunciar ante las autoridades competentes, hechos que puedan ser constitutivos de la violación de la ley.
 
c. DERECHOS DEL PERSONERO
 
Como Personero de los Estudiantes TIENES DERECHOS que te ganarás con tu compromiso, capacidad de gestión, imparcialidad, transparencia, solidaridad, lealtad e independencia.
En síntesis como LÍDER COMPROMETIDO con los estudiantes y la Comunidad.
 
Tienes derecho a ser reconocido y apoyado como gestor de paz y convivencia.
A ser tenido en cuenta cuando se tomen decisiones, especialmente las que están relacionadas con los derechos y deberes de los estudiantes.
A recibir información oportuna sobre las decisiones y actividades relacionadas con tu labor.
A recibir Capacitación sobre temas útiles para tu eficaz desempeño y crecimiento personal.
A utilizar los medios como la emisora, los altoparlantes, el periódico mural y otros que puedas crear con la colaboración de los estudiantes.
A organizar foros, mesas de trabajo, talleres.
A integrar grupos de trabajo para constituir la personería de los estudiantes.
 
El Personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo.
El ejercicio del cargo de Personero de los estudiantes es incompatible con el representante de los Estudiantes al Consejo Directivo.
La elección del Personero se realizará por mayoría absoluta, la mitad más uno de los votantes y mediante voto secreto.
 
El procedimiento será el siguiente:
 
Cada candidato inscribe su nombre en la Rectoría, o coordinación del Plantel, según las fechas estipuladas y difundidas para ello, cumpliendo los siguientes requisitos:
 
 
Una foto
Hoja de Vida
Dos testigos elegidos de sus compañeros estudiantes
Propuesta de campaña, basada en las funciones anteriormente descritas.
 
Una vez inscrito inicia su campaña presentando su propuesta. Podrá hacer uso de la publicidad en los espacios destinados para ello. No podrá colocar ningún aviso publicitario en las paredes o sitios prohibidos, hacerlo será objeto de sanción disciplinaria y perderá el derecho de continuar con la campaña.
 
Las elecciones se realizarán en la fecha sugerida por Seduca y se hará de la siguiente manera:
Apertura: Himno nacional
Cada votante matriculado confirmará su nombre en la lista de cada mesa y lo subrayará. Posteriormente el estudiante procederá a ingresar al cubículo para elegir en el tarjetón que le ha sido entregado, el candidato que responda a sus expectativas. Realizada la votación depositará el voto en la urna destinada para ello.
 
Terminado un tiempo límite, se escuchará el himno Antioqueño, quedando cerrada la votación y procediendo a los escrutinios.
Se inicia el conteo de votos. Los jurados asignados para cada una de las mesas son responsables de la honestidad de este proceso.
Terminado el conteo y registrado en el acta, se llevará a la Rectoría de la Institución, quien revisará las actas y dará el veredicto final.
 
Una vez proclamado por el Rector el nuevo personero (a), se escuchará el Himno nacional y se dará por terminada la jornada.
 
NOTA: Las decisiones respecto a las solicitudes del personero de los estudiantes serán resueltas en última instancia por el Consejo Directivo o el organismo que haga las veces de suprema autoridad del establecimiento.
 
d. REQUISITOS PARA SER ELEGIDO REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO.
 
Ser estudiante del grado Undécimo
Haber sido un estudiante de la Institución por un lapso no inferior a un año y acreditar una excelente hoja de vida.
Haber manifestado y vivenciado un alto sentido de pertenencia por la Institución
Haber guardado las normas de Ética y Moral en sus comportamientos, dentro y fuera de la Institución.
Haber tenido buena respuesta académica durante su permanencia en el Liceo.
Tener aptitudes de líder positivo, reconocidas por el personal docente y dicente.
Conocer las funciones para el Consejo Directivo, estipuladas en el decreto 1860/94.
 
 
14. FUNCIONES DE LA SECRETARIA
 
a.         Llevar los libros de matrículas, calificaciones, asistencia y  demás reglamentarios.
 
b.         Revisar la documentación de los alumnos para su matrícula.
 
c.         Asistir a las reuniones de Profesores, padres de familia y demás que tengan   relación con el plantel, y elaborar las actas respectivas.
 
d.         Llevar la correspondencia y el archivo del establecimiento.
 
e.         Preparar las resoluciones que deba expedir el Rector.
 
f.          Rendir informes diversos, autorizados por el Rector.
 
g.         Expedir certificados de estudio, de tiempo de servicio, constancias y demás documentos solicitados, previo visto bueno del Rector.
 
h.        Firmar y hacer firmar las actas de exámenes y otros documentos que requieran esta formalidad.
 
i.          Suministrar a los profesores y demás empleados las listas, actas de calificaciones, planillas y demás papelería que requieran.
 
j.          Elaborar los documentos, cartas, copias mimeografiadas, etc., que ordene el Rector
 
l.          Atender al público y contestar al teléfono con cortesía, llamar a los profesores, empleados o alumnos cuando se justifique.
 
ll.         Informar por cartelera sobre fechas de exámenes y otras, resultados de pruebas, nomenclaturas de grupos, etc.
m. Organizar el archivo académico físico y digital y garantizar su cuidado y conservación.
 
ñ. Llevar al día Sistema de Información de matrículas, SIMAT
 
m. Cumplir las demás funciones inherentes al cargo, que le asignen.
 
n.        Cumplir con la jornada laboral, de acuerdo al horario establecido.
ñ. Firmar con el rector los libros reglamentarios, los diplomas y las actas de grado
 
NOTA: La responsabilidad de la correcta elaboración y exactitud de lo consignado en todos los libros reglamentarios y documentos, será del Rector y de la Secretaria Académica, de conformidad con las normas vigentes.
 
 
15.  FUNCIONES DE LA BIBLIOTECARIA
 
Hacerse cargo de la biblioteca del plantel, la que recibirá por inventario y organizará de acuerdo con las indicaciones del Rector.
 
Recibir, catalogar y clasificar los libros, revistas, periódicos demás publicaciones que lleguen a la biblioteca.
 
Mantener en servicio la Biblioteca en el horario establecido.
 
Cuidar de la buena presentación y conservación de los libro y demás elementos de su dependencia.
 
Llevar los inventarios de la Biblioteca.
 
Propender por el enriquecimiento de la Biblioteca y estimular la lectura.
 
Crear un ambiente adecuado para la lectura y la investigación
 
Las demás que le asigne el Rector.
 
24. FUNCIONES DEL PAGADOR
 
Programar, elaborar, ejecutar y controlar el presupuesto del plantel, en coordinación con el Rector.
 
Velar por la custodia y buen manejo de los fondos.
 
Manejar con el rector las cuentas bancarias autorizadas por el Consejo Directivo
 
Llevar en forma ordenada los registros de control de ingresos y egresos.
 
Analizar y conceptuar sobre estados financieros y presupuestales, disponer cambios de procedimientos y operaciones.
 
Efectuar y mantener actualizados los registros en los libros de contabilidad.
 
Presentar los informes a la Contraloría y a las entidades oficiales que los soliciten
 
Rendir informes periódicos de las actividades desarrolladas en la Tesorería.
 
Las demás funciones propias de su cargo que le asigne el superior inmediato.
 
 
16. FUNCIONES DE LA JUNTA TÉCNICA DEL ITA:
 
NOTA: Para la planeación de la granja existe un Comité Técnico o Junta, integrada por el Rector, Coordinador Académico de Agropecuaria, el Tesorero de la Unidad Educativa, un profesor de asignaturas agrícolas y otro de    pecuarias, el mayordomo de la granja. Sus funciones son:
 
a.         Elaborar los planes de producción agropecuaria.
 
b.         Estudiar y buscar soluciones a los problemas relacionados con la coordinación entre la enseñanza técnica y los trabajos del campo.
 
c.         Estudiar y aprobar los programas de prácticas supervisadas de los alumnos.
 
d.         Establecer normas de calidad, clasificación y precio para el uso y la venta de los productos de la granja e intervenir activamente en el mercadeo de estos productos.
 
e.         Evaluar semestralmente el desarrollo de los proyectos y prácticas.
 
f.          Elaborar un inventario de recursos y pasar oportunamente a la rectoría la lista de los implementos y semovientes que sea necesario adquirir o dar de baja.
 
g.         Las demás que le sean asignadas.
 
 
 
17..     FUNCIONES DEL COMITÉ TÉCNICO INDUSTRIAL:
 
Lo integran: El Rector, el Coordinador Académico de Industrial, los encargados de talleres de cada especialidad, el Tesorero de la Unidad Educativa. Son sus funciones:
 
Asesorar al Rector en la administración de las actividades propias de la modalidad.
 
Planear y organizar el funcionamiento del Comité.
 
Diagnosticar periódicamente las condiciones de funcionamiento de los talleres y demás actividades de la modalidad.
 
Colaborar en la definición de criterios y procedimientos para la administración del área técnica.
 
Establecer mecanismos de evaluación en la parte técnica, dentro de la evaluación institucional y sugerir los correctivos.
 
Emitir conceptos en lo pertinente a la modalidad, ante consultas presentadas por los diferentes estamentos.
 
Decidir qué estudiantes deben continuar a partir del grado octavo en la modalidad y distribuirlos en las diferentes especialidades, mediante el análisis de resultados de la exploración vocacional.
 
Distribuir equitativamente el presupuesto asignado para la compra de maquinaria, equipo, herramientas y materiales entre las especialidades existentes.
 
Fijar el precio de los trabajos elaborados en los talleres y aprobar la venta a particulares.
 
Estudiar, presupuestar y disidir la ejecución de los trabajos a particulares y los proyectos de producción.
 
 
18. FUNCIONES DE LOS TALLERES Y LABORATORIOS:
 
a.         Brindar la oportunidad de otorgar enseñanza práctica, como complemento de la teórica.
 
b.         Permitir el entrenamiento en el manejo de los instrumentos herramientas, máquinas, materiales, etc.
 
c.         Desarrollar en el alumno hábitos de seguridad y prevención de accidentes de trabajo.
 
d.         Proporcionar a los alumnos los medios para aprender haciendo.
 
e.         Desarrollar en los alumnos hábitos de iniciativa, creatividad y seguridad.
 
f.          Colaborar en el mantenimiento e incremento del equipo del plantel.
 
g.         Colaborar y proyectarse a la comunidad.
 
NOTA: Para prestar servicios remunerados o no, a cualquier persona o entidad, diferentes al plantel, será indispensable la autorización del Coordinador y de la administración del establecimiento.
 
 
19. FUNCIONES DE LA GRANJA EXPERIMENTAL:
 
Servir para las clases prácticas de las asignaturas agropecuarias.
 
Familiarizar al alumno con las técnicas agrícolas y pecuarias.
 
Enseñar al alumno las técnicas para el manejo, cuidado y conservación de maquinaria agrícola.
 
Buscar que el alumno, mediante el conocimiento directo y la experiencia en las labores agropecuarias, demuestre su verdadera vocación por esta clase de estudios.
 
Procurar que el alumno conozca las técnicas y métodos de administración de empresas agropecuarias.
 
Facilitar el desarrollo de proyectos dirigidos y supervisados del Club de Futuros Agricultores de Colombia.
 
Proporcionar instrucción a los adultos campesinos en el área agropecuaria.
 
Promover la extensión de sus servicios a la comunidad y a la Región.
 
Dar oportunidades de experimentación en cultivos, variedad de plantas, cría de animales, cruces, aclimatación, etc.
 
Promover la educación en ecología y protección ambiental.
 
 
 
20.      FUNCIONES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE:
 
a.         Facilitar a los profesores y alumnos del área agropecuaria su movilización a la granja y demás lugares de práctica.
 
Prestar servicios extraordinarios, cuando sea posible a Instituciones de la entidad, con fines de bienestar estudiantil o proyección a la comunidad.
 
Efectuar los acarreos de materiales y productos del establecimiento.
 
Transportar al personal directivo y administrativo del plantel en desarrollo de sus funciones.
 
Cumplir con las normas de tránsito vigentes
 
El día sábado será destinado para el mantenimiento y aseo del vehículo
 
NOTA: El servicio de transporte será pagado por los usuarios, de acuerdo con las tarifas que fije el Consejo Directivo de la Institución.
 
 
21. FUNCIONES DEL ENCARGADO DE LA PISCINA:
 
a. Responder ante el Rector por la marcha normal del servicio de la piscina.
 
b. Dar mantenimiento permanente a la piscina y atender las sugerencias que se le hagan.
 
c. Hacer cumplir las normas específicas para el uso de este servicio.
 
d. Informar oportunamente al Rector las fallas, daños o imperfecciones que se observen en la piscina.
 
e. Cumplir cabalmente sus obligaciones e indicaciones sobre revisión y mantenimiento de la piscina.
 
f.          Conservar la piscina y sus instalaciones de todo daño o despojo.
 
g.         No intervenir en asuntos propios del personal del plantel.
 
h.        Recibir y entregar por inventario los elementos de trabajo mantenerlos en la mejor forma posible.
 
i.          Velar por las normas de seguridad en la piscina.
 
j.          Las demás que se le asignen, propias de su cargo.

2. FUNCIONES DE LA CAFETERÍA:
 
a. Ofrecer a los alumnos y Profesores los servicios propios de su género a precios favorables.
 
Facilitar, hasta donde sea posible, la adquisición de cuadernos, textos y demás útiles de estudio, a precios razonables.
 
Permitir un mejor control disciplinario, al evitar que los alumnos tengan que estar saliendo del plantel a hacer compras de artículos que pueden hallarse en la cafetería.
 
23. FUNCIONES DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO:
 
FUNCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN:
 
Velar porque todas las dependencias del plantel se conserven en buen estado de funcionamiento, aseo, presentación y seguridad.
 
Ordenar oportunamente las reparaciones y modificaciones que se requieran.
 
Adquirir los materiales e insumos necesarios.
 
Asignar horarios y ubicación al personal adscrito.
 
Delegar funciones para racionalizar el servicio.
 
Atender y estudiar las sugerencias presentadas para el mejoramiento de instalaciones, dotación y servicios.
 
Supervisar la prestación de los servicios.
 
 
24. FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR DE LA GRANJA EXPERIMENTAL:
 
Cuidar y vigilar la propiedad escolar, en lo referente a finca, semovientes, equipos, herramientas, productos entre otros.
Distribuir y recibir las herramientas y materiales de trabajo para la práctica y exigir su devolución en buen estado.
 
Recibir por inventario los elementos bajo su cuidado y responsabilizarse de los mismos.
Acatar las órdenes del Rector, del Tesorero y del Coordinado de la Granja.
 
Abstenerse de entregar ningún elemento bajo su      cuidado, sin la orden correspondiente.
 
Llevar el control de las herramientas y enseres que se entreguen a los alumnos.
 
Llevar el control de lo que se preste a la comunidad mediante órdenes escritas de la Rectoría.
 
Ayudar a la recolección, almacenamiento y mercadeo de los productos de la Granja.
 
Vender los productos que le sean señalados por la Junta Técnica, a los precios fijados por la misma, y consignar diariamente su recaudo a la tesorería.
 
Solicitar oportunamente todo lo necesario para el buen funcionamiento de la Granja y de todos sus elementos.
 
Velar por el mantenimiento y conservación de las cercas.
 
Cumplir con los trabajos que se le asignen de acuerdo con sus capacidades y necesidades de la Granja.
 
Informar a sus superiores cualquier anomalía que se presente.
 
No inmiscuirse ni tratar de intervenir en los asuntos propios del personal docente o de los alumnos del plantel.
 
No ausentarse de la granja sin el permiso del Rector.
 
Ayudar al control y vigilancia de los obreros de la Granja.
 
Colaborar con los profesores en las prácticas.
 
Las demás que se le asignen.
 
 
25. FUNCIONES DEL CONDUCTOR:
 
Función básica: Responder ante el Rector y el Coordinador de Agropecuaria por la marcha normal del servicio de transporte.
 
Conducir el vehículo con cuidado y atender cortésmente las ordenes y sugerencias que se le hagan.
 
Conservar el vehículo en perfecto estado de aseo, presentación y mantenimiento.
 
Mantener en regla los requisitos que para conducir y para el tránsito del vehículo se exigen legalmente.
 
Informar oportunamente al Coordinador de Industrial la fallas, daños o imperfectos que observe el vehículo.
 
Cumplir estrictamente las obligaciones e indicaciones sobre revisión y mantenimiento del vehículo.
 
Cuidar el vehículo mientras permanezcan estacionado y estar disponible para prestar sus servicios; no recibir órdenes de personas no autorizadas.
 
Conservar y cuidar las propiedades, posesiones y pertenencias del vehículo de todo daño o despojo.
No prestar servicio a ninguna persona, sin autorización de la Rectoría o de la Coordinación de Agropecuaria.
 
No inmiscuirse ni tratar de intervenir en los asuntos propios del personal docente o de los alumnos del plantel.
 
 Estar siempre dispuesto a servir en casos extraordinarios.
 
Observar conducta intachable dentro y fuera del plantel.
 
Recibir y entregar por inventario los elementos de trabajo y mantenerlos en la mejor forma posible.
 
 Responder por los elementos y productos que transporte.
 
Velar por el estricto cumplimiento de las normas de seguridad y prevención de accidentes.
 
Las demás que le asignen, propias de su cargo.
 
cumplir las normas de tránsito vigentes
 
Los días sábados los debe dedicar al aseo y mantenimiento del vehículo.
 
26. FUNCIONES DE LOS CELADORES:
 
Función básica: Vigilar los bienes que se le confíen y controlar el acceso de personas, vehículos o animales a las instalaciones bajo su cuidado.
 
Cumplir los turnos de vigilancia que se le asignen.
 
Cuidar que las oficinas y demás dependencias permanezcan cerradas, fuera del horario de trabajo.
 
Abrir las puertas de las dependencias en las horas de trabajo.
 
Controlar que existan las autorizaciones respectivas para retirar los bienes de una dependencia.
 
Registrar la entrada y salida de bienes.
 
Hacer cumplir el reglamento establecido en cuanto a entrada a edificios e instalaciones.
 
Comunicar inmediatamente cualquier irregularidad que observe.
 
Cumplir las normas de seguridad y velar por la seguridad de los demás.
 
No inmiscuirse ni tratar de intervenir en los asuntos propios del personal docente o del alumnado del plantel
 
 No ingerir bebidas alcohólicas o sustancias tóxicas durante su trabajo, presentarse al lugar del mismo bajos los efectos de éstas.
 
No abandonar en ningún momento la dependencia a su cuidado, mientras esté de turno.
 
Las demás que se le asignen, propias de su cargo.
 
 
27.      FUNCIONES DE LOS GRANJEROS:
 
Incorporar al servicio de la institución toda su capacidad de trabajo en el desempeño de sus funciones.
 
Asistir puntualmente a su trabajo y cumplir su horario legal.
 
Desempeñar las labores con diligencia, esmero y cuidado, durante su tiempo útil.
 
Cumplir las reglas y normas disciplinarias y acatar las órdenes de sus superiores.
 
No ingerir bebidas alcohólicas o sustancias tóxicas durante su trabajo, ni presentarse al lugar del mismo bajo los efectos de éstas.
 
Conservar y precaver las propiedades, posesiones y pertenencias del plantel, de todo daño o despojo.
 
Observar una conducta social y laboral ceñida a la moral y respeto a las normas de la institución.
 
Ejecutar labores auxiliares en la explotación, fomento y conservación de los recursos de la entidad.
 
Conservar en buen estado las herramientas y demás utensiliosque se le suministren para sus labores.
 
No inmiscuirse ni tratar de intervenir en asuntos propios del personal docente o del alumnado del plantel.
 
Buscar su capacitación para un mejor desempeño, aprovechando las enseñanzas de los prácticos y especialistas.
 
Informar oportunamente cualquier anormalidad que se observe.
 
Las demás que se le asignen, relativas a su cargo.
 
 
28. FUNCIONES DE LAS ASEADORAS:
 
Función básica: Atender a la limpieza de las instalaciones, equipos y mobiliarios de la institución.
 
Lavar periódicamente las paredes, pisos, vidrios, ventanas y muros del área de trabajo asignada.
 
Hacer buen uso de los elementos que se les suministren para el desempeño de sus funciones.
 
Conservar y cuidar las pertenencias del plantel de todo daño o despojo.
 
Informar oportunamente cualquier irregularidad que observen.
 
No inmiscuirse ni tratar de intervenir en asuntos propios del personal docente o del alumnado.
 
Permanecer ocupadas durante el tiempo laborable, según su horario.
 
Las demás que se les asignen, propias de su cargo.
 
 
 
C. PADRES DE FAMILIA
 
  1. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA (DECRETO 1286 DEL 27 DE ABRIL DE 2.005).
 
 Los principales derechos de los padres de familia en relación con la educación de sus hijos son los siguientes:
a) Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la ley;
b) Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo;
c) Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional;
d) Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la institución educativa;
e) Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional;
f) Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos;
g) Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos;
h) Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos;
i) Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos;
j) Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacita ción de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos.
 
 
 
  1.  DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.
 
Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos, corresponden a los padres de familia los siguientes deberes:
a) Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria;
b) Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales;
c) Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual de convivencia, para facilitar el proceso de educativo;
d) Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa;
e) Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes;
f) Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional;
g) Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos;
h) Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo.
 
3. FUNCIONES DE LOS ACUDIENTES:
 
a.         Hacer que sus acudidos cumplan todas las obligaciones estudiantiles.
 
b.         Proporcionarles los útiles y elementos de estudio.
 
c.         Cubrir oportunamente los costos educativos legales.
 
d.         Pagar los daños que ocasione el alumno en el establecimiento.
 
e.         Asistir a las reuniones y a los llamados que le hagan las directivas          del plantel.
 
f.          Informarse periódicamente sobre la marcha del alumno.
 
g.         Informar por escrito las causas de inasistencia del alumno.
 
h.        Propender al progreso moral, intelectual y material del plantel.
 
i.          Apoyar y colaborar con la Asociación de Padres de Familia.
j.          Participar en el Consejo Directivo, Asociaciones o Comités para velar por la adecuada prestación del servicio educativo.
 
 
4. FINALIDADES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA (Decreto 1286 del 27 de abril de 2.005
 
 Las principales finalidades de la asociación de padres de familia son las siguientes:
a) Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo;
b) Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa;
c) Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia;
d) Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje;
e) Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los conflictos y compromiso con la legalidad;
f) Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de con lo establecido en el artículo 315 del decreto 2787 de 1.987.
 
 
5.FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA.
 
 Corresponde al consejo de padres de familia:
a) Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado;
b) Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes;
c) Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad;
d) Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados;
e) Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño;
f) Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa;
g) Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la ley;
h) Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente;
i) Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002;
j) Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994;
k) Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º del presente decreto.
Parágrafo 1º. El rector o director del establecimiento educativo proporcionará toda la información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus funciones.
Parágrafo 2º. El consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.
 
 
 
D.REGLAMENTO PARA DOCENTES DEL LICEO “JUAN DE DIOS URIBE”
 
Los Docentes se regirán por las normas legales vigentes contempladas en el Estatuto Docente (Decreto-Ley 2277/79), Decreto, Ley 115/94 en su Artículo 125 y Ley 734 de 2.002, ley 715 de 2.001, decreto 1850 de 2.002, decreto 1278 de 2.002.
 
Se tendrán en cuenta especialmente los siguientes Artículos, pero en todos los casos se respetará el Debido Proceso:
 
 
ESTATUTO DOCENTE:
 
  1. Deberes de los Docentes (Artículo 44). Son deberes de los Docentes vinculados al servicio oficial:
 
a.         Cumplir la constitución y las Leyes de Colombia
 
b.         Inculcar en los educandos el amor a los valores históricos y culturales de la Nación y el respeto a los símbolos patrios.
c.         Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de su cargo.
 
d.         Cumplir las órdenes inherentes a sus cargos que les impartan sus superiores jerárquicos.
 
e.         Dar un trato cortés a sus compañeros y a sus subordinados y compartir las tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósito.
 
f.          Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de sus cargo.
 
g.         Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes que le sean confiados.
 
h.        Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo.
 
i.          Las demás que para el personal docente determinen las leyes y los reglamentos.
 
Artículo 45. Prohibiciones: A los Docentes les está prohibido abandonar sus labores injustificadamente o sin autorización previa.
 
Artículo 46. Causales de mala conducta: Los siguientes hechos debidamente comprobados constituyen causales de mala conducta:
 
a.         La asistencia habitual al sitio de trabajo en estado de embriaguez o la toxicomania.
 
b.         El homosexualismo o la práctica de aberraciones sexuales.
 
c.         La malversación de fondos y bienes escolares o cooperativos.
 
d.         El tráfico con calificaciones, certificados de estudio, de trabajo o documentos públicos.
 
e.         La aplicación de castigos denigrantes o físicos a los educandos.
 
f.          El incumplimiento sistemático de los deberes y la violación reiterada de las prohibiciones.
 
g.         El ser condenado por delito o delitos dolosos.
 
h.        El uso de documentos o informaciones falsas para inscripción o ascenso en el escalafón, o para obtener nombramientos, traslados, licencias o comisiones.
 
i.          La utilización de la cátedra para hacer proselitismo político.
 
j.          El abandono del cargo.
 
  1. Abandono del cargo Artículo 47): El abandono del cargo se produce cuando el Docente sin justa causa, no reasume sus funciones dentro de los 3 (tres) días siguientes al vencimiento de una licencia, una comisión o de las vacaciones reglamentarias; cuando deja de concurrir al trabajo por tres días consecutivos; cuando en caso de renuncia, hace dejación del cargo antes de que se le autorice para separarse del mismo o antes de transcurridos quince (15) días después de presentada y cuando no asume el cargo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se comunique un traslado. En estos casos la autoridad nominadora, sin concepto previo de la respectiva Junta de Escalafón, presumirá el abandono del cargo y podrá decretar la suspención provisional del docente mientras la Junta decide sobre la sanción definitiva de acuerdo con los plazos establecidos en el Artículo 53 del presente decreto.
 
  1. SANCIONES:
 
Las contempladas en la Ley 734 DE 2.002, los servidores públicos estarán sometidos a las siguientes sanciones principales:
 
a.         Amonestación escrita
b.         Multa con destino a la entidad correspondiente, hasta el equivalente de noventa días del salario devengado en el momento de la comisión de la falta.
 
c.         Suspensión de funciones sin remuneración hasta por noventa (90) días, para quienes se encuentren vinculados al servicio.
 
d.         Destitución
 
e.         Suspensión del contrato de trabajo o de prestación de servicios hasta por noventa (90) días.
 
f.          Terminación del contrato de trabajo o de prestación de servicios personales.
 
g.         Remoción
 
h.        Desvinculación del cargo de conformidad con lo previsto en el numeral 1º Artículo 278 de la Constitución Política.
 
i.          Pérdida de la investidura para los miembros de las corporaciones públicas, de conformidad con las normas de la Constitución y la Ley que la regule.
 
j.          Las demás sanciones que se establezcan en regímenes disciplinarios especiales aplicables a la fuerza pública.
 
k.         La destitución de un cargo de libre nombramiento y remoción para el cual fue comisionado un servidor de carrera, o que se desempeñe por encargo, implica la pérdida del empleo de carrera del cual es titular y la pérdida de los derechos inherentes a ésta.
 
Para la selección o graduación de las sanciones se tendrán en cuenta la gravedad de la falta, el resarcimiento del perjuicio causado, así fuera en forma parcial, la situación económica del sancionado y el estipendio derivado de su trabajo y las demás circunstancias que indiquen su posibilidad de pagarla.
 
Para efectos de una sanción las faltas disciplinarias se clasifican, de acuerdo con el Artículo 24 de la Ley 200/95, en:
 
 
1º.       Gravísimas
2º.       Graves
3º.       Leves
 
La clasificación de la falta la hace el superior inmediato.
 
Decreto Nacional 2480/86
 
  1. Deberes de los educadores: De conformidad con el literal i del Artículo 44 del Decreto 2277 de 1979, son además deberes de los educadores:
 
a.         Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y con relación a sus alumnos.
 
b.         Abstenerse de solicitar préstamos en dinero o cualquier otro beneficio económico a sus alumnos.
 
c.         Abstenerse de solicitar a los alumnos y al personal del plantel la prestación de servicios personales.
 
d. Informar veraz y oportunamente al competente sobre la comisión de hechos que puedan constituir causal de mala conducta y de las cuales tenga conocimiento.
 
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN:
 
d.  Acoso Sexual: Se adiciona a las causales de mala conducta establecidas en el Artículo 46 del Decreto 2277 de 1979, el acoso sexual y, en consecuencia, a quien incurra en ella se el aplicará lo previsto en el Artículo 53 del mencionada Decreto y la sanción definitiva de exclusión del escalafón, de conformidad con el Estatuto Docente.
 
 
 
  1.  DERECHOS Y ESTÍMULOS: El Estatuto Docente (artículo 36): Derechos de los educadores.
 
Los Educadores al servicio oficial gozarán de los siguientes derechos:
 
a.         Formar Asociaciones con capacidad legal para representar a sus afiliados en la formulación de reclamos y solicitudes ante las autoridades del orden nacional y seccional.
 
b.         Percibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado en el escalafón.
 
c.         Ascender dentro de la carrera docente.
 
d.         Participar de los programas de capacitación y bienestar social y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan
 
e.         Disfrutar de vacaciones remuneradas.
 
f.          Obtener el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales de ley.
 
g.         Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.
 
h.        Permanecer en el servicio y no ser desvinculado o sancionado, sino de acuerdo con las normas y procedimientos que se establezcan en el presente Decreto.
 
i.          No ser discriminado por razón de sus creencias políticas o religiosas, ni por distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales.
 
j.          Los demás establecidos o que se establezcan en el futuro.
 
Los estímulos son los contemplados en los Artículos 37 al 43 del Estatuto Docente: Tiempo doble para el ascenso, preferencias para traslados, ascenso por estudios superiores, prelación y garantías especiales para los hijos de los educadores, equivalencia de cursos dictados para ascenso, ascenso por obras escritas y comisiones de estudio.
 
Fuera de esto, el plantel estableció una condecoración anual para los educadores seleccionados por votación de los alumnos.
 
  
 
 
CAPÌTULO XVII:
 
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÒN
 
                                                         
ACUERDO Nº 01
(del 20 de abril de 2.010)
 
 
Por medio del cual se reglamenta y adopta el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes, SIEPE, de la INSTITUCION EDUCATIVA JUAN DE DIOS URIBE del Municipio de ANDES a partir del año 2010.
 
El Consejo Directivo de la Institución Educativa JUAN DE DIOS URIBE, en uso de sus funciones conferidas por la ley 115 de 1994, el Decreto 1860 de 1994, y las establecidas en el Decreto 1290 de 2009, y 
 
 
CONSIDERANDO
 
 
Que el artículo 2° del decreto 1290 del 16 de abril de 2009 reglamentó la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media, que deben realizar los Establecimientos Educativos.
Que según el artículo 8° del decreto 1290 de 2.009, los Establecimientos Educativos deben crear el sistema institucional de evaluación de los estudiantes
Que el artículo 11° le asigna a los Establecimientos Educativos la responsabilidad de definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de los estudiantes, después de su aprobación por el Consejo Académico.
Que el artículo 11° del decreto 1290 de 2.009 determina que se deben incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación, las estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos por el Consejo Directivo.
Que realizados los análisis del decreto 1290 de 2.009 por los diferentes estamentos de la comunidad educativa, se creó el sistema institucional de evaluación y promoción y se sometió a la aprobación del Consejo Académico.
Que le corresponde al Consejo Directivo adoptar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes, SIEPE, de acuerdo a la estructura y requerimientos señalados específicamente en el Artículo 4° del Decreto 1290 de 2009.
Que en sesión del de octubre de los corrientes, según consta en el Acta del Consejo Directivo N° de la fecha, este Consejo adopta oficialmente el SIEPE y en consecuencia, 
 
 
 
ACUERDA
 
Artículo 1. Aprobar el sistema institucional de evaluación y promoción de la Institución Educativa Juan de Dios Uribe del municipio de Andes, con base en el decreto 1290 del 16 de abril de 2.009, que contiene los siguientes elementos:
 
 
CAPITULO 1
 
 
CONCEPTOS GENERALES – IDENTIFICACION INSTITUCIONAL
 
 
ARTICULO PRIMERO. IDENTIFICACION INSTITUCIONAL
 
 VISIÓN
  
 En el año 2.011, la Institución Educativa Juan de Dios Uribe tendrá educación técnica y tecnológica, que forme profesionales con proyección empresarial y formación humanística, capaces de desempeñarse laboralmente en procesos agroindustriales pertinentes al municipio y la región.
 
 
MISIÓN: 
 
Formar estudiantes en los campos tecnológico y científico, conscientes de las necesidades, carencias y valores del entorno, y conectados con una realidad universal, que los haga críticos, pensantes y transformadores, así mismo, abiertos a un nuevo concepto de relaciones hombre-naturaleza y valoradores de los principios humanos y sociales.
 
Desarrollar acciones curriculares que formen a los estudiantes en competencias generales laborales y específicas en las especialidades agropecuaria e industrial, para su inserción en el mundo laboral, en el emprendimiento, y la preparación para el acceso a la educación superior.
 
Implementar la política inclusión de grupos de niños y jóvenes excluidos del sistema educativo por extraedad, por tener necesidades educativas especiales o por pertenecer   a población vulnerable.
 
Integrar los procesos formativos, pedagógicos, deportivos, recreativos y culturales de las dos sedes, como una estrategia que dinamiza y que valora los contextos sociales de la comunidad educativa.
 
 
 FILOSOFÍA:
 
La Institución Educativa Juan de Dios Uribe propende por la formación humanística, basada en el respeto de los derechos humanos, que forme ciudadanos íntegros, capaces de reconocer y desarrollar sus capacidades y habilidades, que sean autogestores de su propio desarrollo, desempeñándose en el campo laboral o intelectual del municipio, del departamento y de la nación, con criterios de diversidad, integralidad, participación, solidaridad y reflexión crítica, científica, investigadora, con innovación para la preservación del medio ambiente.
 
 
1.4 PRINCIPIOS EDUCATIVOS:
 
La Institución Educativa se guiará en sus procesos formativos por principios que finalmente, permitirán ciudadanos formados en el arte del buen vivir.
 
 LA FORMACIÓN INTEGRAL DE LOS JÓVENES:
 
Se promoverá la formación de personas críticas, reflexivas, con proyectos de autorrealización que tengan en cuenta la realidad nacional y global.
 
 
 EDUCACIÓN PARA LA AUTONOMÍA Y LA RESPONSABILIDAD:
 
Nuestros jóvenes serán seres humanos con capacidad para tomar decisiones libres, autónomas y responsables, en armonía con el medio en el que se desenvuelven.
 
 RESPETO POR LAS DIFERENCIAS INDIVIDUALES Y COLECTIVAS:
 
Un ser humano, ciudadano del mundo, consciente de la diversidad en la cual se desenvuelve.
 
 PROMOCIÓN DE LOS VALORES FAMILIARES:
 
Formando seres humanos capaces de participar activamente en la formación de la unidad familiar, mediante el cumplimiento de sus responsabilidades y la manifestación de valores como la ternura, es respeto, y la tolerancia,
 
 LA CIVILIDAD Y LA PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA:
 
Generando procesos de participación democrática y conocimiento de la Constitución, además de la promoción y práctica de los derechos y deberes de todos los seres.
 
 
 LA INVESTIGACIÓN EN ARMONÍA Y RESPETO A LA NATURALEZA:
 
Desarrollando comportamientos éticos como seres humanos miembros de una familia y una comunidad, futuros profesionales que favorezcan el equilibrio armónico con la naturaleza, abiertos a nuevas realidades y paradigmas desde la investigación, la autocrítica y la confrontación productiva.
 
 
1.5 OBJETIVOS
 
Preparar a los estudiantes en emprendimiento y competencias laborales específicas en las especialidades agropecuaria e industrial.
Incorporar el proceso la investigación al proceso cognoscitivo 
Formar estudiantes en los campos tecnológico y científico, conscientes de las necesidades, carencias y valores del entorno.
 Incentivar la formación de la capacidad crítica y reflexiva sobre los múltiples aspectos de la realidad y el ejercicio de los valores éticos, morales, religiosos y de convivencia en sociedad.
   Ampliar y profundizar el razonamiento lógico y analítico para la interpretación y solución de los problemas de la ciencia, la tecnología y la vida cotidiana.
   Propiciar el conocimiento y comprensión de la realidad nacional para consolidar los valores propios de la nacionalidad colombiana, tales como: la solidaridad, la democracia, la justicia, la convivencia social y la cooperación.
Estructurar procesos de gestión para la vinculación de las instancias locales, regionales y nacionales, para el afianzamiento de los programas y proyectos institucionales.
Buscar la creación de espacios de participación, con el fin de favorecer la convivencia, prevención de riesgos socio-afectivos y físicos.
Fomentar en los alumnos procesos de aprendizaje significativos, que involucren sus estructuras de pensamiento hacia las formas del ser y el hacer en contexto.
Formar estudiantes en las modalidades industrial y agropecuaria, en competencias laborales, generales y específicas, que generen procesos de transformación a través de acciones de emprendimiento en la región.
 
 
 
1.6VALORES
 
REFLEXIÓN CRÍTICA: La razón debe prevalecer sobre la emoción y considerar las conclusiones razonables. La mente debe permanecer abierta a interpretaciones alternativas y a nuevas ideas y perspectivas.
 
 No puede darse pie a la manipulación de las ideas ni a la imposición, lo que debe conseguirse la formación de un pensamiento crítico, independiente y sustentado en la verdad y el respeto por los demás.
 
AUTOCUIDADO: Comprende las dimensiones físicas y mentales y se evidencia como la facultad de valoración de las facultades y las instancias en que se ejercitan.
 
Esto puede conllevar al desarrollo de la autoestima y abstenerse de lo que pueda dañar estos niveles de satisfacción, como la drogas sicoactivas u otras amenazas de carácter social y sexual.
 
SOLIDARIDAD: Se propende porque la formación de los niños y jóvenes consolide su inclinación a compartir y a ayudar a los demás, poniendo al alcance de ellos nuestras fortalezas. Esta sensibilidad se empieza a tejer desde las aulas para que se consolide en la sociedad.
 
PARTICIPACIÓN: La participación es necesaria para construir la democracia. Suaviza los conflictos y favorece los acuerdos.
 
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”
 
La participación puede ser además un acicate de la eficacia, un nuevo estímulo para mejorar la calidad, porque la participación abre el campo de las iniciativas, y mejora el contenido y el modo de la crítica. Por otra la participación adquiere un significado especial para cada uno de los distintos sectores que integran la comunidad escolar. La participación de los alumnos ha de ser considerada como importante contribución a su formación cívica.
 
RESPETO A LA DIFERENCIA: Los escenarios escolares son propensos a los conflictos por las diferencias de toda índole, lo que conlleva a ambientes escolares tensos. La convivencia y la pedagogía deben integrarse para que los estudiantes afiancen el respeto a las diferencias, mirando éstas como otras opciones valederas de sus compañeros, en pensamiento y acciones.
 
ARTICULO TERCERO: CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
 
Continua y permanente: Se debe hacer durante todo el proceso. No tiene momentos predeterminados para hacerla.
Objetiva: Valora el desempeño de los estudiantes con base en los indicadores de los estándares asumidos por la Institución con base en el contexto: Evaluar significa valorar en función de una medida preestablecida.
Valorativa del desempeño: Nivel y grado de alcance. Fortalezas y debilidades del estudiante para su progreso integral.
Integral: En cuanto a la persona evaluada y los procesos educativos desarrollados.
       No evalúa sólo el aprendizaje en términos de desempeño, sino las características personales, intereses,               ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje de los estudiantes, para valorar sus avances.
La valoración del desempeño será integral.
Formativa: Se hace dentro del proceso para implementar estrategias pedagógicas con el fin de apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo, y da información para consolidar o reorientar los procesos educativos.
 
Equitativa: Tiene en cuenta las diferencias individuales y sociales, emotivas y los ritmos de aprendizaje. (equidad)
“Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que     presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo”.
“Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes”.
 
Incluyente: “Los procesos de autoevaluación de los estudiantes”.
Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
Los establecimientos educativos deberán adoptar criterios y procesos para facilitar la promoción al grado siguiente de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo anterior.
Los programas de nivelación
 
ARTÍCULO CUARTO: PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN:
 
Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances
Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.
Determinar la promoción de los estudiantes
Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional
 
 
 CAPITULO DOS
 
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
 
ARTICULO SEGUNDO: CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES
 
 
2.1 En la Institución Educativa Juan de Dios Uribe, los criterios de evaluación de los estudiantes son los siguientes:
 
Los estándares nacionales básicos de competencias en lenguaje, matemáticas, ciencias y ciudadanas propuestos por la comunidad académica nacional y mandados por el Ministerio de Educación Nacional para todo el país y en los lineamientos curriculares de las otras áreas.
Los logros y competencias que se derivan de los estándares y lineamientos nacionales en las diferentes áreas.
Los avances en las dimensiones del desarrollo humano: Saber, Saber Hacer, el Ser y Convivir.
Los resultados de las pruebas ICFES para ingreso a la educación superior y las pruebas SABER.
Otros estándares que se incluyan en el PEI de la Institución, según las características de la población de estudiantes y las necesidades del contexto.
La autoevaluación de los estudiantes.
El Grado PREESCOLAR se evalúa y promueve de conformidad con el Artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre Educación Preescolar.
 
 
2.2 Criterios de promoción:
 
Criterios de promoción institucionales:
 
Un estudiante será promovido si gana todas las áreas con desempeño básico, alto o superior.
Un estudiante será promovido si no pierde más de dos áreas con desempeño bajo.
 
No será promovido al grado siguiente, el estudiante que haya dejado de asistir al plantel el 20 % del año escolar sin excusa debidamente justificada y aceptada por el colegio.
 
El niño de los grados 1° y segundo no será promovido si pierde español y matemáticas (que no sepa leer y escribir ni operaciones básicas).
 
Los resultados de las pruebas ICFES y SABER, cuando se cumplan los rangos que establezcan los docentes de las asignaturas y/o el Consejo académico.
 
Los desempeños tendrán una escala valorativa entre 0 y 5, correspondiendo a la escala nacional, según los siguientes rangos:
 
            Desempeño bajo                            Entre 0      y   2.99
            Desempeño básico                                    Entre 3.0   y   3.99
            Desempeño alto                             Entre 4.0   y   4.50
            Desempeño superior                     Entre 4.51 y   5.00
 
 
 Los parámetros para la promoción se establecen en una tabla porcentual para el Saber, el Saber Hacer, el Ser, el Convivir y la Autoevaluación, así:
 

SABER Y SABER HACER
               80%
EL SER
 
   10%
EL CONVIVIR
 
          5%
LA AUTOEVALUACIÓN
 
                5%
TOTAL
DESEMPEÑO
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 
Al menos el 50% de las evaluaciones que se registren en la columna conjunta del Saber y el Saber Hacer, deben corresponder a la dimensión del Saber Hacer.
 
Los indicadores de desempeño y las pruebas practicadas deberán permitir evidenciar el cumplimiento de este requisito.
 
DIMENSIÓN DEL SER:
 
En la dimensión del ser se evaluarán: Las actitudes de los estudiantes frente al conocimiento que se imparte, frente al acto de enseñanza y aprendizaje en el aula o espacio donde se desarrolle la clase teórica y/o práctica.
 
 Los conceptos que desarrollan los indicadores de desempeño son: Puntualidad en la llegada a clases, participación en clase, responsabilidad, interés, trabajo en equipo, la atención, cumplimiento de tareas, permanencia en el salón, respeto por las ideas del otro, esfuerzo y constancia, puntualidad en la entrega de tareas y trabajos, presentación de los exámenes, creatividad, sentido de investigación, la realización de actividades distintas a la asignatura de la clase y en general, cualquier actitud personal frente al proceso de enseñanza aprendizaje.
 
En la dimensión del convivir se evaluarán los siguientes conceptos: Los comportamientos que favorezcan o interfieran el desarrollo normal de las actividades de clase o afecten el clima de entendimiento y respeto entre compañeros y entre éstos y docentes:
 
DIMENSIÓN DEL CONVIVIR:
 
En la dimensión del convivir se evaluarán los siguientes conceptos:
 
Disciplina, relaciones interpersonales, respeto a la palabra del otro, tolerancia, capacidad de escucha, hábitos y normas de higiene, respeto por la diferencia, burlas o ridiculización de los compañeros, comportamientos generales en clase que interrumpan o impidan su trámite normal , cuidado y protección de los útiles o bienes de los compañeros, de los docentes o de la Institución, indelicadeza o agresividad al expresarse.|
 
AUTOEVALUACIÓN
 
La autoevauación deberá ser responsable y concertada con el docente, con quien se realizarán al menos dos sesiones por período.
 
 
2.4 PERÍODOS ACADÉMICOS
 
Se determinan cuatro períodos académicos con un valor del 25% cada uno con una duración de 10 semanas de clase cada uno, y una de de las ellas se dedicará a las recuperaciones.
 
En los Cleis 5 y 6 se trabajan dos períodos por ser semestralizados. Cada período tiene un valor del 50%.
 
2.,5 SISTEMA DE PROMOCIÓN DE LAS ÁREAS
 
Un área será promovida al final del año si al sumar los promedios finales de las asignaturas que la componen, su promedio final es de 3.0 o más.
 
Si el estudiante pierde una o más asignaturas de un área, pero al sumar y promediar todas las asignaturas de dicha área, su promedio final es de 3.0 o más, no tiene que recuperar la asignatura o asignatura perdidas.
 
Si el estudiante pierde una o más asignaturas de un área, pero al sumar y promediar todas las asignaturas de dicha área, su promedio final es inferior a 3.0, deberá recuperar los indicadores de desempeño que haya perdido en dicha asignatura (as) en los períodos donde su nota haya sido inferior a 3.0.
 
 
2.6 PROMOCIÓN ANTICIPADA:
 
El alumno solicita en forma escrita, y con la aprobación del padre de familia o del acudiente, al Consejo Académico que se le practiquen las pruebas para acceder a la promoción anticipada. Estas pruebas deberán practicarse y aprobarse durante el primer período académico.
 
El Consejo Académico establece el plan de evaluaciones, que consistirá en un examen integral de todas las áreas, de tal manera que incluya los estándares para el grado. La prueba será aprobada con la calificación mínima de 3.0, lo que equivale al desempeño básico.
 
La comisión de evaluación y promoción del grado en que el alumno está matriculado protocolizará mediante un acta la promoción anticipada y quedará consignada en un libro creado a propósito para esta clase de promociones . En este libro deberán quedar consignadas las calificaciones de cada asignatura y cada área, y deberá, además, elaborarle el respectivo boletín para el sistema de registro académico institucional.
 
Igualmente, la comisión emitirá un concepto sobre las dimensiones del ser y convivir del alumno candidato a la promoción anticipada, según sus actuaciones durante el tiempo transcurrido antes de darle el resultado final.
Los docentes y/o el director de un grupo podrán solicitar al Consejo Académico la promoción anticipada de algunos alumnos y éste órgano emitirá un concepto con la asesoría de los docentes del grupo sobre la iniciación o no del proceso.
 
Una vez finalizado el proceso y con base en un acta que se enviará al Consejo Directivo debidamente sustentada, este órgano producirá el Acuerdo y el Rector emitirá una resolución para comunicar la decisión final sobre la promoción anticipada.
 
El estudiante en caso de ser promovido en forma anticipada, deberá responder por los contenidos e indicadores de desempeño que en el nuevo grupo se hayan trabajado, en consecuencia deberá presentar los respectivos exámenes y trabajos.
 
 
2.7 PRUEBAS RECUPERACIÓN
 
La Institución deberá programar pruebas de nivelación o recuperación para los estudiantes que habiendo ganado el año quedaron pendientes en indicadores de desempeño o competencias del año inmediatamente anterior, bajo las normas del decreto 1290 de 2.009.
 
El Consejo Académico trazará las políticas pertinentes y la coordinación académica las pondrá en ejecución y establecerá los calendarios respectivos.
 
 
PRUEBAS DE NIVELACIÓN
 
Los referentes para las nivelaciones de los estudiantes nuevos o de transferencia serán los estándares de competencias y sus indicadores de desempeño que la Institución está trabajando, excepto que ellos traigan las descripciones textuales de lo que aún deben. Si el estudiante presentara indicadores perdidos que no corresponden al plan institucional también deberá presentar pruebas de recuperación de ellos.
 
Cuando un estudiante ingrese después de iniciado el primer período deberá presentar pruebas de nivelación con base en los indicadores de desempeño vistos hasta el momento del ingreso. Si al finalizar dicho período el estudiante no se presenta a las evaluaciones, su nota en dichos indicadores será de 0.
 
Los referentes para las nivelaciones de los estudiantes nuevos o de transferencias que no presenten la descripción de indicadores, logros o competencias que hayan perdido en otra Institución, serán los indicadores de desempeño trabajados en uno o en varios períodos.
 
A un estudiante nuevo o de transferencia que presenten los textos de sus deudas académicas, la Institución deberá evaluarlo sólo con las descripciones presentadas.
 
 
2.8 PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES REPITENTES:
 
Durante el primer período académico los estudiantes que no fueron promovidos y que voluntariamente soliciten el plan de recuperaciones y las actividades de apoyo de las asignaturas no ganadas, podrán acceder a la promoción para el grado siguiente.
 
El estudiante por escrito, previa autorización del acudiente lo solicitará al Consejo Académico, quien establecerá el plan y cronograma respectivo de actividades de apoyo y de recuperación.
 
Para este proceso se aplicará la tabla de porcentajes usada para la promoción en las dimensiones del Saber, Saber Hacer, el Ser y el Convivir. Para estas dos últimas se analizarán sus actitudes y comportamientos durante las actividades académicas del curso al cual está asistiendo y en las actividades de apoyo y recuperación.
 
La comisión de evaluación y promoción del grado que está repitiendo será la que oficialice los resultados de este proceso.
 
El estudiante repitente en caso de ser promovido dentro del primer período académico, deberá responder por los contenidos e indicadores de desempeño que en el nuevo grupo se hayan trabajado, en consecuencia deberá presentar los respectivos exámenes y trabajos.
 
 
2.9 PROCESOS DE RECUPERACIÓN Y ACTIVIDADES DE APOYO:
 
Durante el desarrollo del año lectivo y en cada período se realizarán recuperaciones así:
 
Al final de cada período se practicará un examen integral de lo visto y con una calificación mínima de 3.5 se recuperan todos los logros, competencias, acciones de producción de conocimiento, estándares específicos o indicadores de desempeño vistos en período. Se procederá, entonces, a cambiar todos los indicadores perdidos (notas inferiores a 3.0) por la nota de la prueba integral (3.5 o más).
 
Los exámenes bimestrales o de período los deberán presentar los alumnos que en la columna correspondiente al Saber y Saber Hacer obtengan un porcentaje inferior a 3.0 en el 80%.
 
Durante el período se programarán actividades de apoyo y recuperaciones para los estudiantes con dificultades de aprendizaje, de tal manera que mediante ellas, se logren mejoramientos en las asignaturas o áreas.
 
El estudiante que obtenga 3.0 en la calificación definitiva de un período no tendrá que participar en los procesos de recuperación.
 
El estudiante que no obtenga 3.0 en la calificación definitiva de un período tendrá que participar en los procesos de recuperación de los indicadores, competencias, estándares específicos, subprocesos y acciones de producción de conocimiento no aprobados.
 
El consejo académico podrá programar una prueba al final del primer semestre, que incluya los contenidos trabajados en los dos períodos.
 
Los procesos de recuperación se concentrarán en cada período y no se programarán en otros períodos. La inasistencia de un estudiante a las actividades de apoyo y procesos de recuperación no le da derecho a solicitar la repetición de estos procesos.
 
Se podrán hacer recuperaciones usando los simulacros que ofertan instituciones externas y las elaboradas por la Institución y los padres de familia deberán asumir los costos y serán de obligatoria presentación. En estas pruebas, según lo reglamente el Consejo Académico, podrán recuperarse asignaturas o áreas por ciclos y/o niveles.
 
En los procesos de recuperación se tendrán en cuenta las dimensiones del ser y del convivir según las manifestaciones que el estudiante tenga en las actividades de apoyo y/o en las clases normales.
 
Cuando el Consejo Académico juzgue que por circunstancias especiales, como: alto porcentaje de pérdida de una o varias asignaturas, por períodos representativos de tiempo dejados de laborar u otras circunstancias que afectaron el desarrollo norma de las actividades de apoyo y recuperación, podrá programar actividades de apoyo y recuperación después de terminado el período.
 
Igualmente, el Consejo Académico podrá programar, fruto del análisis de lo procesos de evaluación, y ante situaciones críticas de rendimiento académico, exámenes integrales que abarquen varios períodos y reglamentar su sistema de calificación.
Los simulacros de pruebas icfes y saber podrán ser usados como instrumentos de recuperación, según lo reglamente el Consejo Directivo. La presentación de estos simulacros es de carácter obligatorio, y en consecuencia, deben los acudientes pagar sus costos.
 
 
3.0 RECUPERACIONES PENDIENTES SEGÚN EL DECRETO 230 DE 2.002:
 
Las recuperaciones de los logros que quedaron pendientes de años anteriores y según el decreto 230 de 2.002 se realizarán según las siguientes cláusulas:
 
Continuarán evaluándose con la tabla de valoración de esta misma norma: excelente, sobresaliente, aceptable, insuficiente, deficiente
 
Cuando el estudiante demuestre que ha recuperado el 80% de la totalidad de los logros académicos vistos durante el año, se le considera que ya ha ganado el proceso de recuperación. Para iniciar y para el transcurso de de este proceso, el estudiante deberá presentar al docente respectivo los cuatro boletines de los períodos y el boletín final del año fruto del análisis.
 
Si una vez realizado este procedimiento no completa el 80%, el docente le asignará los logros a recuperar que le hagan falta para completar el 80%.
 
El estudiante podrá presentar una prueba integral de la asignatura y la recuperará ganando el 70% de los logros o podrá optar por recuperar logro por logro, debiendo ganar el 80% de los logros que se vieron en la Institución en el año respectivo.
 
Para resolver cualquier situación se tendrán en cuenta los logros académicos vistos en el año que figuren en los boletines de la Institución Educativa Juan de Dios Uribe, en los diarios de campo cuando el boletín haga la remisión a este documento.
 
Si por alguna circunstancia no existieren logros en los certificados traídos de otros establecimientos, se procederá a evaluar los logros vistos en el período o períodos correspondientes en la Institución Educativa Juan de Dios Uribe.
 
Si en los archivos de la Institución fuera imposible ubicar los logros a recuperar de grados anteriores a la vigencia del decreto 1290, éstos se asimilarán a los que tenga la Institución Educativa en los planes de estudio actuales o en los boletines actuales.
 
Si fuera necesario hacer recuperaciones de contenidos regidos por el decreto 1860 o normas anteriores para el registro académico de las notas se utilizará la escala que corresponda a dicha normatividad.
 
Cualquier situación, conflicto o diferencia que se presentare y no esté contemplada en este sistema, será resuelto por el Consejo Académico.
 
Los bachilleres que de años anteriores que no fueron proclamados también podrán acogerse a las anteriores cláusulas.
 
 
3.0. ESTRATEGIAS DE APOYO:
 
Representan un camino alternativo de la enseñanza regular, a través del cual los alumnos con problemas de aprendizaje pueden alcanzar los logros y desempeños previstos en un tiempo determinado para el área o un grupo de áreas, mediante la modificación de las actividades de enseñanza programadas con carácter general, o de adaptaciones curriculares o modificación de los criterios de evaluación, para que se adapten, de forma particular, al modo en que cada alumno o un pequeño grupo de alumnos aprende.
 
En la Institución Educativa Juan de Dios Uribe se implementarán las siguientes actividades de apoyo:
 
Presenciales.
 
Asesorías grupales por temas o grupos de temas relacionados
Talleres con complementación expositiva
Uso de alumnos monitores
Trabajos en equipo con revisión y explicación de los docentes
Prácticas en laboratorios, talleres y la granja
Salidas de campo con rendición de informes
Simulaciones en el Internet
Uso de software educativo
Empleo de material didáctico creativo
Elaboración de mapas conceptuales y mapas mentales
Creación de maquetas
Aplicación de teorías en la construcción de equipos
Lecturas dirigidas en la biblioteca
Actividades lúdicas
 
No presenciales:
 
Empleo de la plataforma educativa
Uso de las herramientas de las redes tecnológicas: Chat, foros, correos electrónicos, el Internet
Desarrollo de talleres virtuales elaborados por los docentes
Videos tomados del Internet o puestos allí por los docentes
Uso de softwares educativos
Talleres regulares para ser expuesto en la siguiente actividad, con solución de dudas
 
Las estrategias de apoyo se constituyen en una responsabilidad impostergable de los docentes y deberá realizarlas por iniciativa propia, aun en caso que la coordinación académica no establezca calendarios.
 
 
3.0  INSTANCIAS Y MECANISMOS DE RECLAMACIÓN
 
Recursos de reposición y apelación:
 
Cuando haya una reclamación por resultados académicos, en primera instancia ser hace ante el docente de la asignatura o el área, quien deberá responderla por escrito dentro de los días hábiles siguientes a la recepción del recurso.
 
Si la explicación o decisión comunicada por escrito por el docente, no fuera de la satisfacción del estudiante, éste podrá hacer uso del recurso de apelación ante la comisión de evaluación y promoción del grado, que tiene tres días hábiles siguientes a la recepción del recurso para fallar.
 
Cuando el recurso de reposición sea contra una decisión de la comisión de evaluación y promoción, el recurso de apelación surtirá efecto ante el Consejo académico.
 
Si una decisión fuera del Consejo Académico fuera objeto de un recurso de reposición, el de apelación lo estudiará el Consejo Directivo.
 
Para todas las instancias se aplican los mismos plazos: tres días hábiles siguientes a la recepción del respectivo oficio y debe tramitarse y responderse por escrito.
Si cualquiera de los órganos no fallara dentro los plazos establecidos operará el silencio administrativo y se considera fallada a favor del solicitante.
 
 
4.0 ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
 
 
4.1 Docentes:
 
 Diligenciamiento del diario de campo:
 
 Para el docente se constituye en un instrumento que cohesiona los propósitos establecidos en la planeación de estándares por competencias y proporciona evidencias de la secuencia lógica en los procesos de enseñanza y aprendizaje.
 
El hecho que las áreas en forma coherente hayan programado las competencias por períodos, niveles y grados constituye un referente de organización, seguimiento y control, además, de proporcionarle al docente una herramienta para el establecimiento de los ritmos de aprendizaje de sus alumnos y grupos por los avances comparativos entre unos y otros.
 
Los registros del diario de campo proporcionan una visión integral de los avances en las dimensiones del desarrollo humano de los estudiantes, lo que derivará en un asidero metodológico para los ajustes pedagógicos que aminoren las diferencias en los aprendizajes.
 
Como el diario de campo se constituye en un historial académico, actitudinal y de comportamiento, será el soporte para dilucidar hacia el futuro cualquier inconsistencia o para confirmar resultados para procesos de recuperación o expedición de certificados.
 
Para la Institución es una ruta que consolida un propósito y unas metas educativas y para el Ministerio de Educación el cumplimiento de unas tareas conducentes a la obtención de unos fines, establecidos por medio de los estándares de competencias y los lineamientos curriculares.
 
Llevar el diario con todos sus elementos y diligenciarlo oportunamente es una acción que garantizará el cumplimiento del sistema de evaluación y promoción.
 
Ajustes metodológicos como consecuencia de los resultados académicos de los estudiantes
Realización de las actividades de apoyo inscritas en la planeación u otras que surjan de las relaciones pedagógicas docente alumno.
Identificación de ritmos de aprendizaje, limitaciones y destrezas de los estudiantes para los ajustes metodológicos, pedagógicos y de evaluación
Informar a los estudiantes oportunamente sobre las competencias a desarrollar en el período, los indicadores y actividades a evaluar.
Devolver las evaluaciones, trabajos, tareas, consultas a los estudiantes en un plazo máximo de 8 días
Citar a los padres de familia y analizar conjuntamente con ellos el estado de desarrollo académico, en actitudes y en comportamiento y hacer acuerdo de superación.
Entregar en los plazos fijados los planes de estudio
Diligenciar a tiempo los instrumentos de evaluación y promoción a la secretaría para la elaboración de los boletines de período.
Participar en las comisiones de evaluación y promoción de cada período y final y aportar los cuadros de seguimiento y demás informaciones requeridas.
Informar a los estudiantes sobre las notas numéricas que éste ha sacado en las diferentes pruebas practicadas.
Entregar en la Coordinación académica todos los diarios de campo (físicos o virtuales) que le correspondía diligenciar.
Cumplir con los cronogramas de recuperación o actividades de apoyo
 
 
4.2 Acciones del Consejo Académico:
 
Hacer seguimiento a los procesos de evaluación y promoción.
Analizar periódicamente los informes de evaluación para identificar prácticas escolares que estén afectando el desempeño e introducir modificaciones.
Implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo a los estudiantes y dar recomendaciones.
Intervenir y asesorar desde la normatividad y la pedagogía las situaciones y actuaciones de docentes que puedan están generando resultados académicos controversiales o generadores de insatisfacciones grupales.
Coordinar con el Consejo Directivo la solución a los desacuerdos o controversias que surjan en la ejecución del sistema institucional de evaluación y promoción
Resolver los recursos de reposición o apelación que le correspondan.
Proponer al Consejo Directivo las modificaciones que considere deben hacerse al sistema institucional de evaluación y promoción.
 
 
4.3 Comisiones de evaluación y promoción
 
Analizar los resultados académicos y concertar con docentes, estudiantes y padres de familia acciones de mejoramiento.
Resolver los recursos de reposición y apelación que le correspondan
Diseñar planes de apoyo para estudiantes con bajos rendimientos académicos
Oficializar las promociones de los estudiantes al final del año lectivo
Colaborar con las acciones y orientaciones que imparta el Consejo académico
 
 
4.4 Coordinación Académica
 
Hacerle un seguimiento minucioso al cumplimiento a la planeación por estándares por competencias de las asignaturas y áreas
Establecer diálogos con los docentes cuando se detecte un incumplimiento en la ejecución de los planes de estudio
Orientar la operatividad del sistema de evaluación y promoción institucional
Informar a las instancias superiores: Consejo académico, rector y Consejo Directivo sobre las situaciones académicas que ameriten un estudio o unas medidas especiales.
Realizar frecuencia análisis a los resultados académicos y orientar acciones de mejoramiento
 
4.5. Consejo Directivo 
 
Oficializar las promociones anticipadas de los alumnos que demuestren un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa.
Velar porque en el sistema institucional de evaluación y promoción se cumplan: los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; las estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes.
Aprobar el sistema institucional de evaluación y promoción y sus modificaciones posteriores.

 


 
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